La controversia de los nombramientos del Ejecutivo para el Constitucional puede llevar al choque de trenes entre instituciones
El tribunal de garant¨ªas tendr¨¢ que decidir si admite a los magistrados designados por el Gobierno o si veta su ingreso
El nombramiento de los cuatro magistrados que deben ser designados en este turno de renovaci¨®n del Constitucional viene siendo objeto de fuerte controversia desde hace meses. Sobre todo desde junio, cuando termin¨® el mandato del tribunal con su actual composici¨®n. Dos de esos magistrados han de ser designados por el Gobierno y los otros dos por el Consejo General del Poder Judicial. Pero el sector conservador del CGPJ se ha negado con todo tipo de excusas a proponer siquiera un candidato, bloqueando la renovaci¨®n, que debi¨® producirse antes del 13 de septiembre. Ahora, con el nombramiento de los dos magistrados que le corresponde efectuar al Ejecutivo, la pregunta es si podr¨¢n incorporarse al tribunal de garant¨ªas, o si cabe la posibilidad de que el propio tribunal vete su ingreso, y c¨®mo deber¨ªa resolverse un conflicto planteado en estos t¨¦rminos.
En el Constitucional se tem¨ªa que llegara este momento, por la divisi¨®n que puede originarse. En principio, el sector conservador del ¨®rgano de garant¨ªas era partidario de bloquear la llegada de los magistrados que nombrara el Gobierno, si no ven¨ªan acompa?ados de los dos del Poder Judicial. El Ejecutivo ha sido consciente de este estado de cosas, y por eso ha esperado casi tres meses a que los vocales conservadores propusieran a su candidato. Se quer¨ªa evitar el choque de trenes.
Pero el Gobierno ha puesto fin a la espera, mientras en el Constitucional tambi¨¦n ha habido una evoluci¨®n interna. No han cambiado las opiniones, pero s¨ª el estado de ¨¢nimo. El sector conservador sigue pensando que la Constituci¨®n es rotunda cuando prev¨¦ que el tribunal se renovar¨¢ por tercios cada tres a?os. La lectura que hace este bloque pasa por constatar que un tercio de 12 ¡ªn¨²mero total de magistrados¡ª es cuatro, y que han de llegar todos a la vez o no entra ninguno, porque permitirlo ser¨ªa inconstitucional. Pero los magistrados conservadores ¡ªque ahora tienen una mayor¨ªa de seis votos, frente a los cinco del grupo progresista¡ª no desean pasar a la historia del tribunal como quienes cerraron la puerta a los dos nombrados por el Gobierno.
El sector progresista, a su vez, defiende que las designaciones del Ejecutivo no deben frenarse, porque una instituci¨®n ¡ªel Consejo del Poder Judicial¡ª no puede impedir el correcto funcionamiento de otra, el Gobierno. Su tesis es que ambos deben tener la capacidad de actuar de forma aut¨®noma y que hay antecedentes que avalan la posibilidad de que no coincidan en el tiempo las incorporaciones de los dos magistrados que ha de nombrar el Poder Judicial y los dos que ha de designar el Ejecutivo. Entre estos precedentes, la formaci¨®n del primer Constitucional, al que se incorporaron primero los dos magistrados nombrados por el Gobierno, a la espera de que el Consejo del Poder Judicial echara a andar.
Otro antecedente importante es la sentencia 191/2016 del Constitucional. Se resolvi¨® en ese fallo que Congreso y Senado pudieran ir desacompasados en la renovaci¨®n del tribunal si una de las dos C¨¢maras se retrasaba en los nombramientos de los dos magistrados que le corresponde designar. ¡°Cada C¨¢mara ¡ªexpuso el Constitucional¡ª es ¨®rgano a se; esto es, cada una ostenta la potestad, y la responsabilidad consiguiente, de designar, en el tiempo legalmente prescrito, los vocales de su elecci¨®n. (¡) Una potestad, sin duda, pero tambi¨¦n, al tiempo, un deber¡±. La paradoja, si ahora el Constitucional rechaza a los magistrados nombrados por el Gobierno, es que se plantear¨ªa un conflicto entre instituciones del Estado que deber¨ªa resolver el propio tribunal de garant¨ªas, con la ¨²nica alternativa de un pacto pol¨ªtico in extremis para salir del laberinto.
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