El Supremo advierte en la sentencia del ¡®caso Arandina¡¯ de que adaptar la pena de los agresores sexuales a la ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª¡¯ es ¡°obligatorio¡±
El alto tribunal insta a examinar caso por caso para ¡°ajustar¡± las condenas a la nueva norma
El Tribunal Supremo ha notificado ya la sentencia con los argumentos jur¨ªdicos que le llevaron agravar las penas de dos de los exfutbolistas de la Arandina condenados por forzar a una adolescente de 15 a?os en noviembre de 2017. La Sala de lo Penal ha estimado los recursos del fiscal y las acusaciones para que se incrementara el castigo a los dos condenados, pero les ha impuesto nueve a?os de c¨¢rcel, una pena un a?o inferior a la que habr¨ªa correspondido antes de la reforma de la Ley de Garant¨ªa Integral de la Libertad Sexual, la conocida como ley del solo s¨ª es s¨ª, y en su resoluci¨®n advierte de que ¡°acomodar¡± la pena a la nueva ley es ¡°obligatorio¡± por aplicarse la retroactividad de la ley penal ma?s favorable al reo. ¡°La pena ahora impuesta es el resultado de ajustar la proporcionalidad de la culpabilidad a la penalidad imponible¡±, se?ala la sala.
La sentencia del caso Arandina es la primera que dicta el alto tribunal afectada por la ley de libertad sexual, que ha derivado en decenas de rebajas de pena a agresores que fueron condenados con la anterior legislaci¨®n. El pronunciamiento del Supremo se esperaba como una oportunidad de unificar criterio para acabar con la discrepancia de interpretaciones entre la Fiscal¨ªa y varias audiencias provinciales. Pero la Sala de lo Penal, por ahora, descarta fijar una doctrina r¨ªgida y se limita a se?alar que la nueva ley debe aplicarse en beneficio del condenado cuando fije una pena inferior a la que corresponder¨ªa con la antigua, pero analizando siempre caso por caso y no de forma generalizada.
La revisi¨®n que ha hecho el Supremo del caso Arandina no es una revisi¨®n de sentencia con condena firme como las que est¨¢n haciendo las audiencias provinciales, sino la respuesta al recurso de casaci¨®n sobre la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n, que impuso tres y cuatro a?os de c¨¢rcel a los dos exfutbolistas. No obstante, en la sentencia difundida este mi¨¦rcoles, la sala se?ala que el proceso de revisi¨®n de penas abierto tras la entrada en vigor de la nueva ley alcanza no solo a las que se encuentren en fase de ejecucio?n, sino, tambie?n, a las que est¨¢n en fase de dictado de sentencia, ya sea a la espera de la primera resoluci¨®n tras la celebraci¨®n del juicio o tras la imposici¨®n de recursos, como ha sido este caso. En todas estas situaciones, a?aden los magistrados, el tribunal debe valorar ¡°si la pena a imponer puede ser ma?s beneficiosa¡±.
La interpretaci¨®n del Supremo se aparta del criterio de la Fiscal¨ªa, que rechaz¨® las reducciones de pena ¡°como regla general¡± siempre que el castigo impuesto con la anterior ley siga siendo posible con la nueva. Los magistrados del alto tribunal respaldan la lectura que la mayor¨ªa de los tribunales est¨¢n haciendo del art¨ªculo 2.2 del C¨®digo Penal (¡°tendr¨¢n efecto retroactivo aquellas leyes penales que favorezcan al reo, aunque al entrar en vigor hubiera reca¨ªdo sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena¡±), pero instan a estudiar individualmente cada caso.
En el caso Arandina fueron juzgados tres futbolistas de este club (Carlos Cuadrado, Lucho, de 24 a?os; V¨ªctor Rodr¨ªguez, Viti, de 22, y Ra¨²l Calvo, de 19) que en noviembre de 2017 invitaron a una adolescente de 15 a?os a su casa en Aranda de Duero (Burgos) para mantener relaciones sexuales con ella. Una vez all¨ª, ella se neg¨® y ellos la forzaron. La Audiencia Provincial de Burgos conden¨® inicialmente a los tres exjugadores a 38 a?os de prisi¨®n, pero el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y Le¨®n absolvi¨® a uno de ellos y rebaj¨® el castigo de los otros dos a cuatro y tres a?os de c¨¢rcel al cambiar la calificaci¨®n de agresi¨®n a abuso y por ¡°la cercan¨ªa de edad y la proximidad en el grado de madurez¡± de los deportistas y la menor (el C¨®digo Penal elev¨® la edad de consentimiento sexual de los 13 a los 16 a?os en 2015).
La Fiscal¨ªa recurri¨® esa sentencia al Supremo y antes de que entrara en vigor la nueva ley hab¨ªa pedido 10 a?os de prisi¨®n para los dos futbolistas condenados por el tribunal auton¨®mico, una petici¨®n que mantuvo con la nueva norma. Siguiendo el criterio marcado por el fiscal general del Estado, ?lvaro Garc¨ªa Ortiz, el ministerio p¨²blico considera que las penas no deb¨ªan rebajarse porque entraban dentro de la horquilla prevista en la ley del solo s¨ª es s¨ª para estos delitos. En el caso de que se estimara el recurso, los hechos, seg¨²n la Fiscal¨ªa, deber¨ªan ser castigados con entre seis y 12 a?os de c¨¢rcel, por lo que la pena de 10 a?os que se ped¨ªa para ellos entra dentro de esa horquilla. Y si el Supremo desestimaba el recurso, la Fiscal¨ªa reclamaba que se mantuvieran igualmente los castigos impuestos por el tribunal auton¨®mico, que tambi¨¦n entraban en el tramo previsto por la ley del solo s¨ª es s¨ª (de entre dos a?os y tres meses y cuatro a?os y medio).
Nueve a?os y un d¨ªa
El tribunal ha estimado el recurso y ha suprimido la atenuante que aplic¨® el tribunal auton¨®mico, basada en la cercan¨ªa en edad entre los agresores y la v¨ªctima y el grado de madurez de esta, y que implic¨® una fuerte rebaja de pena. Sin embargo, la Sala Penal no accede a los 10 a?os que ped¨ªa la Fiscal¨ªa, sino que deja el castigo en nueve a?os y un d¨ªa. La petici¨®n del ministerio p¨²blico era la pena m¨ªnima prevista en el anterior C¨®digo Penal para el tramo aplicable a los dos acusados (de 10 a 12 a?os, la horquilla superior de la pena prevista en el antiguo art¨ªculo 183 4b). Pero la ley del solo s¨ª es s¨ª ampl¨ªa esta horquilla a entre 9 y 12 a?os y el Supremo ha aplicado al caso Arandina la nueva m¨ªnima prevista.
En contra de la decisi¨®n mayoritaria de la sala ha votado el magistrado ?ngel Luis Hurtado, quien entiende que se debi¨® mantener la atenuante que ya aplic¨® el Tribunal Superior de Justicia, con una leve reducci¨®n de penas, al considerar tambi¨¦n m¨¢s beneficiosa la nueva norma.
La ministra de Defensa, Margarita Robles, ha salido este mi¨¦rcoles en defensa de los jueces frente a las criticas de su compa?era de Gabiente, la ministra de Igualdad, Irene Montero, quien asegur¨® la ley del solo s¨ª es s¨ª est¨¢ bien redactada y atribuy¨® la rebaja masiva de penas para los agresores sexuales al machismo de la magistratura. ¡°Si hay un fallo, es de la ley y no de los jueces¡±, ha enfatizado la ministra, quien ha recordado que los tribunales no hacen las leyes sino que se limitan a aplicarla y los ha presentado como ¡°baluartes del Estado de Derecho¡±. Robles, magistrada de profesi¨®n, ha pronunciado estas palabras en el Senado, durante la entrega de los premios Montero R¨ªos y Iurisgama, ante un auditorio perteneciente en su mayor parte al mundo judicial, informa Miguel Gonz¨¢lez.
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