Villarejo, absuelto de grabar una conversaci¨®n del CNI sobre ¡®El Peque?o Nicol¨¢s¡¯
La Audiencia de Madrid concluye que no hay pruebas de que el comisario participara en la captaci¨®n de un audio de una reuni¨®n del servicio secreto y la Polic¨ªa
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al comisario jubilado Jos¨¦ Manuel Villarejo; a su esposa, Gemma Alcal¨¢, y al periodista Carlos Mier de los delitos de descubrimiento y revelaci¨®n de secretos de los que estaban acusados por supuestamente grabar y participar en la difusi¨®n del audio de una reuni¨®n que, el 20 de octubre de 2014, mantuvieron agentes de la Polic¨ªa Nacional y del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) para tratar diferentes aspectos de la detenci¨®n, poco antes, de Francisco Nicol¨¢s G¨®mez Iglesias, El Peque?o Nicol¨¢s, por hacerse pasar por enviado del Gobierno y de la Casa Real.
En la sentencia, el tribunal concluye que durante el juicio, celebrado entre noviembre y diciembre pasado, no ha resultado probado que Villarejo o alguien por orden suya manipulara el terminal telef¨®nico de uno de los participantes en aquella reuni¨®n, el tambi¨¦n comisario Marcelino Mart¨ªn Blas, para registrar aquella conversaci¨®n, que posteriormente se hizo p¨²blica a trav¨¦s de diferentes medios de comunicaci¨®n. En el juicio, la Fiscal¨ªa hab¨ªa pedido cuatro a?os de c¨¢rcel para el polic¨ªa jubilado como presunto autor de los hechos, y tres a?os para los otros dos acusados, como cooperadores necesarios. La sentencia a¨²n no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.
La acusaci¨®n sosten¨ªa que, tras el arresto del Peque?o Nicol¨¢s en septiembre de 2014, Villarejo grab¨® aquella reuni¨®n, de la que tuvo conocimiento por el puesto que ocupaba en la Direcci¨®n Adjunta Operativa (DAO) de la Polic¨ªa Nacional, con el ¡°prop¨®sito de difundirla posteriormente¡± y ¡°lograr as¨ª obstaculizar, entorpecer o bloquear la investigaci¨®n en curso¡±. Para ello, continuaba el relato de la acusaci¨®n, se vali¨® supuestamente de un programa inform¨¢tico malicioso introducido en el terminal telef¨®nico del comisario Mart¨ªn Blas que presuntamente se activ¨® con una llamada de otro de los acusados, Carlos Mier, y as¨ª registr¨® aquella reuni¨®n en un audio de algo menos de siete minutos y baja calidad.
Sin embargo, los magistrados concluyen en su fallo que si bien durante la vista oral ha quedado probado que alguien capt¨® el sonido de aquella reuni¨®n y lo grab¨® ¡°a trav¨¦s de una comunicaci¨®n telef¨®nica¡±, a¨²n ¡°subsisten dudas no explicadas respecto a c¨®mo se realiz¨® la grabaci¨®n¡± y qui¨¦n lo hizo. Por ello, acuerda absolver de todas las acusaciones al comisario jubilado y a los otros dos acusados. En la sentencia, el tribunal sustenta su decisi¨®n en la falta de ¡°coherencia l¨®gica¡± pruebas de dos de los argumentos esgrimidos por la Fiscal¨ªa para mantener la acusaci¨®n contra el polic¨ªa.
En primer lugar, la supuesta capacidad de Villarejo para instalar la aplicaci¨®n maliciosa en el tel¨¦fono del comisario Mart¨ªn Blas, que los magistrados consideran no probada. Para ello, el fallo recuerda que durante el juicio los peritos que declararon aseguraron que para hacer esa manipulaci¨®n era necesario alterar el sistema operativo del terminal, algo para lo que era ¡°indispensable acceder f¨ªsicamente al dispositivo y disponer de ¨¦l varios minutos para conectarlo a un ordenador y manipularlo¡±. La sentencia recalca que no ha resultado probado que el tel¨¦fono del alto mando policial hubiera estado en alg¨²n momento ¡°a disposici¨®n de ninguno de los acusados¡± ni que estos o una tercera persona por indicaci¨®n de ellos ¡°hubiera instalado en el citado terminar una aplicaci¨®n o programa malicioso que permitiera su control remoto¡± y la grabaci¨®n.
Seg¨²n el tribunal, la segunda inconsistencia del relato de la acusaci¨®n es la llamada que hizo el periodista Carlos Mier al comisario Mart¨ªn Blas y que, seg¨²n esta, activ¨® el programa malicioso que grab¨® la conversaci¨®n. El tribunal destaca que, efectivamente, se produjo esa llamada poco antes de la seis de la tarde de aquel d¨ªa, como reconoci¨® el propio periodista, pero recalca que sobre los detalles de las misma y su contenido hay hasta tres versiones, contradictorias entre si. ¡°No sabemos y no podemos establecer c¨®mo fue esta comunicaci¨®n y su contenido¡±, destaca el tribunal, por lo que concluye que antes estas dudas ¡°debe prevalecer la interpretaci¨®n m¨¢s favorable a los acusados.
El fallo detalla otra media docena de ¡°defectos probatorios¡± de la acusaci¨®n, entre ellos que no ha resultado acreditado que Villarejo ¡°tuviera inter¨¦s directo o indirecto¡± en la investigaci¨®n sobre el Peque?o Nicol¨¢s, como afirmaba la Fiscal¨ªa en sus escritos, o que el comisario conociera con car¨¢cter previo la existencia de la investigaci¨®n que desemboc¨® en la detenci¨®n de esto. Todo ello lo califica el tribunal de ¡°mera suposici¨®n¡± de la Fiscal¨ªa.
¡°Contradicci¨®n desoladora¡±
Los magistrados muestran en el fallo su preocupaci¨®n por el hecho de que tres altos cargos policiales que declararon como testigos en la causa ¨Del comisario Mart¨ªn Blas, el entonces m¨¢ximo responsable de la Polic¨ªa Nacional, el tambi¨¦n comisario Eugenio Pino, y un ayudante de este, el inspector jefe Jos¨¦ ?ngel Fuentes Gago¨D mantuvieran ante el tribunal versiones ¡°manifiestamente contradictorias entre s¨ª¡± que les llevan a concluir que alguno ha mentido. ¡°Esta contradicci¨®n resulta no solo sorprendente, sino desoladora para el tribunal, en tanto que procede de funcionarios que formaban parte de la c¨²pula policial de este pa¨ªs al tiempo de los hechos¡±, se?ala la sentencia, que destaca que este hecho supuso una ¡°grave obst¨¢culo¡± para en enjuiciamiento de la causa.
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