La Abogac¨ªa del Estado se suma a la tesis de la Fiscal¨ªa y pide que Puigdemont sea perseguido por el nuevo delito que sustituye a la sedici¨®n
El representante jur¨ªdico del Estado reprocha al juez Llarena que ¡°limite¡± el derecho de las acusaciones a pedir en un futuro que el expresidente catal¨¢n sea juzgado por des¨®rdenes p¨²blicos
La Abogac¨ªa del Estado se ha sumado este mi¨¦rcoles a la tesis de la Fiscal¨ªa al fijar su posici¨®n sobre c¨®mo afecta a Carles Puigdemont la reforma legal del Gobierno, que ha derogado la sedici¨®n y modificado el delito de malversaci¨®n. El representante del Estado en los tribunales ha recurrido la reciente decisi¨®n del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena de no aplicar al expresidente catal¨¢n huido en B¨¦lgica el nuevo delito de des¨®rdenes p¨²blicos agravados, castigado con hasta cinco a?os de c¨¢rcel y ocho de inhabilitaci¨®n. En su escrito, la abogada del Estado Rosa Mar¨ªa Seoane reclama al juez que persiga a Puigdemont por ese delito, adem¨¢s de por malversaci¨®n y desobediencia. Seoane no concreta si comparte la interpretaci¨®n de Llarena de no aplicar al expresident la nueva modalidad atenuada de malversaci¨®n y mantener la acusaci¨®n por el tipo agravado, en contra de lo que pretend¨ªa el Gobierno al pactar con ERC la reforma penal.
La Abogac¨ªa impugna la decisi¨®n de Llarena de no atribuir a Puigdemont un delito de des¨®rdenes p¨²blicos porque entiende que eso ¡°limita indebidamente el derecho¡± a formular las acusaciones con arreglo al tipo delictivo que consideren aplicable. Si el magistrado del Supremo no pide la entrega por des¨®rdenes p¨²blicos del expresidente catal¨¢n y el resto de los exdirigentes independentistas huidos de la justicia, la Fiscal¨ªa y la Abogac¨ªa del Estado no podr¨¢n luego acusarlos de ese delito ni pedir que sean juzgados por ¨¦l. La Abogac¨ªa censura a Llarena por haber hecho ¡°un ejercicio de subsunci¨®n t¨ªpica [¡] excediendo los contornos propios de la fase instructora¡± que, en la pr¨¢ctica, ¡°invade¡± la funci¨®n del tribunal al que, en un futuro, le corresponda juzgar a los acusados.
Seoane se apoya en la sentencia del Tribunal Supremo de 2019 que conden¨® por sedici¨®n a Oriol Junqueras y otros ocho l¨ªderes independentistas, y destaca la ¡°semejanza¡± entre algunas afirmaciones de esta y la exposici¨®n de motivos de la reforma penal por la que se ha creado el nuevo delito de des¨®rdenes p¨²blicos agravados. Estas coincidencias (ambos hablan de la necesidad de diferenciar los delitos habituales contra el orden p¨²blico de aquellos capaces de alterar la paz p¨²blica) permiten, seg¨²n la Abogac¨ªa, ¡°albergar como m¨ªnimo una posible interpretaci¨®n¡± acerca de la posibilidad de aplicar la nueva modalidad a los hechos atribuidos a Puigdemont, ¡°sin que pueda excluirse de plano, como hace el auto impugnado, su aplicaci¨®n¡±.
¡°En definitiva¡±, advierte Seoane, ¡°el pronunciamiento excluyente del auto impugnado conlleva la imposibilidad de que el procedimiento pueda seguirse en ning¨²n caso por los delitos en ¨¦l excluidos, impidiendo que la instrucci¨®n, una vez se levante la suspensi¨®n del procedimiento por cesar la situaci¨®n de rebeld¨ªa [de Puigdemont], pudiera tener por objeto esas otras conductas ni que las acusaciones puedan formular acusaci¨®n por esos otros tipos delictivos¡±.
La abogada del Estado recuerda en su escrito que fue necesaria la celebraci¨®n de un juicio para que el Tribunal Supremo se pronunciara sobre c¨®mo deb¨ªa tipificarse el desaf¨ªo independentista encabezado por la Generalitat y que desemboz¨® en la celebraci¨®n del refer¨¦ndum del 1 de octubre de 2017. Seoane subraya que, tras el juicio, el tribunal ¡°se apart¨®¡± de la tesis que hab¨ªa mantenido en el auto de procesamiento (al cambiar la acusaci¨®n de rebeli¨®n inicial por una condena de sedici¨®n). ¡°Y si ello fue posible fue por haberse podido formular acusaciones distintas que se apartaron del juicio de subsunci¨®n provisional realizado por el instructor¡±, advierte.
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