El Supremo fija el criterio para las rebajas de penas por la ¡®ley del solo s¨ª es s¨ª¡¯
El pleno de la Sala Penal debatir¨¢ sobre 29 recursos contra reducciones de condena concedidas o denegadas por tribunales inferiores
La revisi¨®n de sentencias firmes a agresores sexuales tras la entrada en vigor de la ley del solo s¨ª es s¨ª llega al Tribunal Supremo. La Sala Penal tiene previsto revisar esta semana un total de 29 recursos presentados por la Fiscal¨ªa, v¨ªctimas o agresores contra rebajas de penas acordadas o rechazadas por otros tribunales desde octubre de 2022, cuando la aplicaci¨®n de la ley de libertad sexual, que redujo el castigo para algunos delitos, empez¨® a dejar un reguero de revisiones de condenas. Seg¨²n el ¨²ltimo balance del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), hasta el 1 de mayo se hab¨ªan acordado 1.079 rebajas y 108 excarcelaciones. La reforma penal impulsada por el Ministerio de Igualdad ya ha sido modificada a partir de una propuesta promovida por el PSOE, que agrava el castigo para las agresiones con violencia o intimidaci¨®n o cuando la v¨ªctima tenga anulada su voluntad, pero la nueva norma solo se aplica para las agresiones cometidas a partir de su entrada en vigor (el 29 de abril). Para las anteriores, las revisiones de condena siguen adelante, por lo que las bases que siente esta semana el Supremo resultan esenciales para limitar las discrepancias de criterio entre los tribunales.
El Supremo se ha pronunciado ya en medio centenar de ocasiones sobre c¨®mo aplicar la ley de libertad sexual, y en al menos una veintena ha decidido rebajar la pena. Pero todos estos pronunciamientos han sido sobre sentencias que no eran firmes cuando entr¨® en vigor la ley de libertad sexual. Se trataba de condenas que hab¨ªan sido recurridas en casaci¨®n ante el alto tribunal, pero, como el C¨®digo Penal cambi¨® antes de que el Supremo llegara a examinarlas, los magistrados han tenido que resolver ya esos recursos teniendo en cuenta las penas fijadas en la ley del solo s¨ª es s¨ª. Aunque el Supremo en las primeras sentencias en las que tuvo que pronunciarse se?al¨® que las rebajas de penas eran ¡°obligatorias¡± tanto para las condenas firmes como para las que no lo son, en varias de sus posteriores resoluciones ha matizado esta afirmaci¨®n y ha avanzado que la llegada de los recursos sobre sentencias firmes requer¨ªa fijar un nuevo criterio.
Para fijarlo, el presidente de la Sala Penal, Manuel Marchena, ha optado por convocar un pleno con los 14 magistrados de la sala, que se reunir¨¢n entre hoy y ma?ana para deliberar sobre 29 recursos distintos, en los que se dan muchas de las casu¨ªsticas que se est¨¢n repitiendo en las revisiones de sentencias acordadas por tribunales inferiores. Algunos de los casos que va a ver el alto tribunal son impugnaciones presentadas por la Fiscal¨ªa contra revisiones de sentencias firmes acordadas por tribunales superiores y audiencias provinciales que han implicado rebajas de penas, pero hay tambi¨¦n recursos de v¨ªctimas y de agresores que pretenden que el Supremo les conceda la reducci¨®n de condena que le ha negado un tribunal inferior.
La ponencia de los recursos se ha repartido entre todos los miembros de la sala de manera que cada magistrado se ha hecho cargo de dos, excepto el presidente, que es ponente de uno. Las fuentes del tribunal consultadas se?alan de que es imposible unificar criterio a partir de un solo asunto porque no hay ninguno que contenga todos los supuestos que se han visto afectados por la reforma del C¨®digo Penal. Por eso se ha optado por seleccionar casi una treintena con los que se pretende abarcar un abanico amplio de casu¨ªsticas.
Uno de los debates que abordar¨¢ la sala es c¨®mo afecta a las revisiones el hecho de que la ley del solo s¨ª es s¨ª careciera de una disposici¨®n transitoria, similar a la que se incluy¨® en la reforma del C¨®digo Penal de 1995, que establec¨ªa c¨®mo hab¨ªa que revisar las sentencias firmes. Una sentencia del Supremo del pasado 27 de febrero se refer¨ªa a este hecho: ¡°Dejando a un lado la pol¨¦mica doctrinal acerca de la posibilidad de aplicaci¨®n directa de estas normas, orientadas espec¨ªficamente a la aplicaci¨®n de la Ley Org¨¢nica 10/1995, a la aplicaci¨®n de otras normas posteriores, es posible atender al criterio contenido en las mismas, reiterado en modificaciones posteriores del mismo C¨®digo Penal¡±, se?ala la sala.
Este criterio, que limitar¨ªa la rebajas de penas a los casos en los que la condena que se le impuso al agresor con la antigua ley quedara fuera de la horquilla prevista para ese delito en la ley del solo s¨ª es s¨ª, es el que defiende la Fiscal¨ªa en los m¨¢s de 230 recursos que ha presentado ante el Supremo. Es compartido tambi¨¦n por algunos magistrados del Supremo, que sostienen que hay que aplicar la disposici¨®n transitoria de 1995 de forma estricta, lo que implicar¨ªa revocar muchas de las rebajas de penas decretadas por las audiencias y los tribunales superiores. Pero otro sector de la Sala Penal considera, en cambio, que no se puede aplicar esa tesis porque aunque el castigo impuesto con el anterior C¨®digo Penal se pueda imponer con el nuevo, puede no ser proporcional.
¡°Derogaci¨®n¡±
Magistrados que discrepan de la Fiscal¨ªa consideran, adem¨¢s, que la disposici¨®n transitoria no se puede aplicar tal cual porque es una ¡°derogaci¨®n¡± del art¨ªculo 2.2 del C¨®digo Penal, el que recoge la retroactividad de la ley m¨¢s favorable al reo. Estos jueces sostienen que esa disposici¨®n transitoria estaba justificada en 1995 porque se hab¨ªa cambiado el C¨®digo Penal casi en su totalidad, lo que obligaba a revisar cientos de miles de causas, por lo que se opt¨® por establecer una regla excepcional para facilitar el trabajo de los jueces. Pero, seg¨²n estos jueces, no se debe adoptar ahora una regla que perjudica al reo si el legislador no lo dej¨® as¨ª dicho en la ley del solo s¨ª es s¨ª.
La sala tambi¨¦n debatir¨¢ sobre uno de los supuestos m¨¢s habituales en las rebajas de penas acordadas por audiencias y tribunales superiores: casos en los que se impuso el castigo m¨ªnimo previsto para el delito por el que fue condenado el agresor y ahora, al revisar la sentencia, los jueces est¨¢n rebajando autom¨¢ticamente si la ley del solo s¨ª es s¨ª redujo la pena m¨ªnima. Si el Supremo desautoriza esta tesis, decenas de rebajas de penas ya acordadas podr¨ªan verse revocadas en el futuro.
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