El Supremo avala la retirada de cruces que homenajean solo a v¨ªctimas del bando franquista en la Guerra Civil
El tribunal, que se pronuncia sobre el caso de una localidad alicantina, concluye que el mero listado de los nombres conlleva una ¡°exaltaci¨®n de la sublevaci¨®n militar¡±
El Tribunal Supremo ha avalado la retirada de la cruz falangista de Callosa de Segura (Alicante, 19.300 habitantes), que fue desmontada en 2018 por incumplir la Ley de Memoria Hist¨®rica de 2007. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha respaldado la decisi¨®n tomada por el Ayuntamiento ¡ªgobernado entonces por un tripartito encabezado por el PSPV-PSOE¡ª y explica que dicho s¨ªmbolo no era una elemento ¡°neutral¡±, sino que implicaba una ¡°exaltaci¨®n¡± del bando golpista que se levant¨® en armas contra la II Rep¨²blica y que, tras provocar una guerra civil, propici¨® una dictadura.
La sentencia va m¨¢s all¨¢, incluso, de este caso concreto y afirma lo siguiente: ¡°Una cruz, con un listado de personas fallecidas de uno solo de los bandos contendientes en la Guerra Civil, supone exaltaci¨®n de la sublevaci¨®n militar, de la Guerra Civil y de la represi¨®n de la dictadura¡±. El fallo del Supremo, fechado el d¨ªa 14 de diciembre, rechaza el recurso presentado por la Plataforma Ciudadana en Defensa de la Cruz. Este colectivo impuls¨® durante a?os las protestas contra la decisi¨®n del consistorio de Callosa de Segura, que en 2016 aprob¨® la retirada del monumento, pero que no pudo ejecutar la medida hasta dos a?os despu¨¦s debido a las protestas de una parte de los vecinos ¡ªde hecho, dos personas fueron detenidas por resistirse a la autoridad durante el desmontaje de la cruz¡ª.
El s¨ªmbolo falangista se encontraba ubicado junto a la puerta de la iglesia arciprestal de San Mart¨ªn. En su peana constaba un listado con los nombres de los vecinos del bando franquista que lucharon y murieron durante la Guerra Civil (1936-1939). Adem¨¢s, tambi¨¦n hab¨ªa contado con una placa que ¡°mencionaba a Jos¨¦ Antonio Primo de Rivera y a los h¨¦roes falangistas¡±, pero esta ya se hab¨ªa retirado antes de que el Ayuntamiento procediera al desmontaje definitivo del monumento.
Todos estos ¡°elementos¡± han provocado que, en opini¨®n del Supremo, la cruz no pueda considerarse como un ¡°mero s¨ªmbolo art¨ªstico o art¨ªstico-religioso¡±, ya que conten¨ªa caracter¨ªsticas que ¡°impiden reconocerle un valor neutral¡±. ¡°Por el contrario, su presencia en un espacio p¨²blico permite apreciar un acto de exaltaci¨®n, en cuanto contribuye a realzar el m¨¦rito de aquella contienda civil con la inclusi¨®n del listado de fallecidos de un solo bando, lo que, impl¨ªcitamente, tambi¨¦n conlleva la reprobaci¨®n del bando contrario en la percepci¨®n social¡±, dice la sentencia, que a?ade que la retirada de la cruz de Callosa de Segura ¡°no pretende m¨¢s que retirar del primer plano cuanto signifique, represente o simbolice el enfrentamiento civil¡±. ¡°Ese prop¨®sito no es incompatible con la libertad religiosa, ni supone negar o desconocer las creencias de nadie¡±, inciden los jueces.
El alto tribunal distingue igualmente el caso de la cruz de Callosa de Segura de otros s¨ªmbolos de Galicia y Navarra, que la justicia respald¨® mantener tras eliminar de ellos ¡°todos los elementos de exaltaci¨®n de la Guerra Civil y de la dictadura¡±. A su vez, los magistrados dicen que el monumento de Callosa tampoco tiene nada que ver con el caso de la Cruz de la Muela de Orihuela, tambi¨¦n en Alicante, que el Supremo orden¨® conservar en su sitio en 2014 al concluir que formaba parte ¡°de la tradici¨®n cultural de la localidad y de su entorno¡±, ya que era un ¡°s¨ªmbolo profundamente arraigado en aquella poblaci¨®n¡± y su presencia no ¡°compromet¨ªa la aconfesionalidad del Estado y su neutralidad¡±.
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