La Fiscal¨ªa pide mantener las condenas por malversaci¨®n en el ¡®caso de los ERE¡¯ pero revisar las impuestas por prevaricaci¨®n
De aplicarse las tesis de los fiscales del Constitucional no se modificar¨ªan las penas de prisi¨®n impuestas por el desv¨ªo de fondos p¨²blicos
La Fiscal¨ªa del Tribunal Constitucional ha pedido la estimaci¨®n parcial de los recursos presentados ante el ¨®rgano de garant¨ªas por ocho de los doce condenados por el caso de los ERE de Andaluc¨ªa que fueron condenados por el delito de prevaricaci¨®n, entre ellos los expresidentes de la Junta Andaluza Manuel Chaves y Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n.
En aplicaci¨®n del art¨ªculo 25.1 de la Constituci¨®n ¡ªque impide condenar por hechos que no est¨¦n tipificados como delitos en el momento de cometerse¡ª, la Fiscal¨ªa ha apoyado ¨²nicamente los motivos de amparo basados en el principio de legalidad penal frente a la calificaci¨®n como delito de prevaricaci¨®n en la elaboraci¨®n y aprobaci¨®n de los anteproyectos de Ley de Presupuestos de Andaluc¨ªa y su remisi¨®n al Parlamento andaluz. El informe enviado al Constitucional considera que deben rechazarse otras alegaciones, como las dirigidas contra las condenas por malversaci¨®n, con lo cual en el caso de admitirse las tesis de la Fiscal¨ªa las condenas de inhabilitaci¨®n impuestas solo se revisar¨ªan a la baja en cuanto a la pena de prevaricaci¨®n, no a las de prisi¨®n que impusieron la Audiencia de Sevilla y que posteriormente ratific¨® el Supremo.
Los fiscales del Constitucional argumentan que la estimaci¨®n de la conducta de los acusados al aprobarse los presupuestos como constitutiva de prevaricaci¨®n ¡°mediante su consideraci¨®n como resoluciones adoptadas en asunto administrativo, excede el tenor literal¡± de dicha figura delictiva. A?aden que los razonamientos empleados en las sentencias de instancia y casaci¨®n a tal efecto ¡ªlas que dictaron los tribunales ordinarios¡ª no son conformes con la interpretaci¨®n y aplicaci¨®n de los tipos penales y la jurisprudencia consolidada del propio Tribunal Constitucional¡±.
En concreto, la Fiscal¨ªa ante el Constitucional expone en sus alegaciones que la consideraci¨®n como delito de prevaricaci¨®n del ejercicio de la iniciativa legislativa presupondr¨ªa introducir un control de la Jurisdicci¨®n penal respecto de la forma e incluso el contenido de dicha iniciativa legislativa ¡°que tanto el orden jurisdiccional contencioso-administrativo como la propia jurisdicci¨®n constitucional sistem¨¢ticamente han rechazado ejercer¡±. De ah¨ª ¡ªexplican los fiscales¡ª que ¡°el razonamiento judicial (de las sentencias condenatorias) conduzca a una consecuencia incompatible con los principios constitucionales de separaci¨®n de poderes y autonom¨ªa parlamentaria¡±.
El escrito a?ade que la eventual estimaci¨®n de este motivo de amparo debe limitarse, por tanto, a ¡°la revisi¨®n de las penas impuestas por el delito continuado de prevaricaci¨®n en relaci¨®n con la elaboraci¨®n y aprobaci¨®n de los anteproyectos de ley¡±.
En el caso de los ERE fueron condendos por prevaricaci¨®n a penas de inhabilitaci¨®n el expresidente Manuel Chaves y el exconsejero de Presidencia Gaspar Zarr¨ªas, la exconsejera de Hacienda Magdalena ?lvarez y su exviceconsejero Rafael Salgueiro. Tambi¨¦n lo fueron Antonio Vicente Lozano, ex director general de Presupuestos; y Jacinto Ca?ete, ex director general de IDEA, ente p¨²blico que libraba los pagos de los ERE. Ocho acusados fueron declarados asimismo autores de malversaci¨®n junto al expresidente de la Junta Jos¨¦ Antonio Gri?¨¢n, aunque dos magistradas del Supremo presentaron votos en contra estimando que esta condena no se ajustaba a derecho. Gri?¨¢n no ingres¨® en prisi¨®n tras recibirse informes m¨¦dicos que as¨ª lo aconsejaron por el tratamiento que recibe por un c¨¢ncer de pr¨®stata.
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