El Gobierno aprueba la ley que sustituye los juzgados unipersonales por tribunales de instancia
La norma de eficiencia organizativa contempla cambiar los juzgados de paz por oficinas de justicia m¨¢s amplias
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de ley de eficiencia organizativa, el tercer pilar del plan de transformaci¨®n de la Administraci¨®n de Justicia en el que viene trabajando el Gobierno desde la legislatura pasada. El adelanto electoral del 23 de julio dej¨® en el limbo las llamadas leyes de eficiencia y el Ejecutivo opt¨® por aprobar casi ¨ªntegramente dos de ellas (la de eficiencia digital y la de eficiencia procesal) mediante dos reales decretos, uno al final de la legislatura pasada y otro, al principio de esta. Pero quedaba pendiente la de eficiencia organizativa, una ley org¨¢nica que implica un cambio sustancial en la organizaci¨®n de los juzgados tal y como han venido funcionando hasta ahora. Tiene que estar aprobada a finales de 2024 y fuentes del Gobierno conf¨ªan en que la tramitaci¨®n parlamentaria, ya muy avanzada y negociada con los grupos en la legislatura pasada, no sufra contratiempos. Estas fuentes ponen el foco en que, en tres meses de legislatura, el Gobierno ya ha aprobado todas las medidas de eficiencia que dar¨¢n lugar a lo que el Ejecutivo ha presentado como el mayor impulso reformista en materia de Justicia en d¨¦cadas.
El proyecto que se ha llevado este martes al Consejo de Ministros ¡ªbajo el t¨ªtulo ley org¨¢nica de Eficiencia del Servicio P¨²blico de Justicia y de Acciones Colectivas para la Protecci¨®n y Defensa e Intereses de los Consumidores y Usuarios¡ª es m¨¢s amplio del que se tramit¨® en la anterior legislatura, porque incluye una parte de la ley de eficiencia procesal que no se incorpor¨® al real decreto y una directiva europea de 2020 de acciones colectivas de consumidores que ten¨ªa que haberse aprobado ya y por el que la UE hab¨ªa abierto a Espa?a un procedimiento de infracci¨®n. El grueso del texto, no obstante, es el de la llamada ley de eficiencia organizativa, un proyecto que pretende dejar atr¨¢s la organizaci¨®n judicial tradicional basada en la proliferaci¨®n de juzgados unipersonales que, seg¨²n coinciden todos los operadores jur¨ªdicos, han dificultado la especializaci¨®n y favorecido la dispersi¨®n de medios y las desigualdades en la carga de trabajo y en el tiempo de resoluci¨®n de asuntos.
La base de la nueva organizaci¨®n son los tribunales de instancia, unos ¨®rganos que sustituyen a los 3.800 juzgados unipersonales que hay en la actualidad. De ellos se pasa a 431 tribunales, uno por partido judicial, integrado como m¨ªnimo por una Secci¨®n Civil y otra de Instrucci¨®n (que puede ser ¨²nica). En algunos casos, se pueden integrar otras secciones especializadas (de Familia, de lo Mercantil, de Violencia de G¨¦nero, de lo Social¡) que, hasta ahora, constitu¨ªan juzgados individuales. El objetivo es primar la toma de decisiones colegiadas, lo que, seg¨²n ha defendido el Gobierno durante la tramitaci¨®n de la norma, asegura f¨®rmulas de gesti¨®n y organizaci¨®n m¨¢s eficientes y aumentar¨¢ la previsibilidad de las resoluciones judiciales, al establecer criterios comunes entre los miembros del tribunal a la hora de valorar asuntos pr¨¢cticamente iguales. Los ¨®rganos de gobierno de estos tribunales ser¨¢n elegidos por los jueces de forma participativa y las normas por las que se rija el reparto de asuntos entre los miembros deber¨¢n ser p¨²blicas.
Este cambio de organizaci¨®n no afecta a los ¨®rganos colegiados (audiencias provinciales, tribunales superiores de justicia o Tribunal Supremo), pero s¨ª a todos los unipersonales, incluidos los de la Audiencia Nacional, donde ahora se crear¨¢ el Tribunal Central de Instancia. El Gobierno pretende pactar los plazos de puesta en marcha de estos ¨®rganos con los grupos parlamentarios, y lo previsible es que se contemplen plazos distintos seg¨²n el tama?o de los juzgados. No obstate, el texto que se aprueba este martes establece una serie de plazos provisionales que pasan por que entre el 1 de enero y el 1 de julio de 2025 se haya consumado la transformaci¨®n de todos los juzgados.
El segundo gran pilar de la ley son las Oficinas de Justicia de los Municipios, que sustituyen a los actuales juzgados de paz, los m¨¢s de 7.000 ¨®rganos que dan servicio a los municipios que no tienen juzgado propio y que habitualmente se asocian a localidades peque?as, pero que son tambi¨¦n la ¨²nica puerta a la Administraci¨®n de Justicia en municipios como San Cugat del Vall¨¨s, Boadilla o Torrelodones. Las nuevas oficinas de justicia est¨¢n llamadas a seguir cumpliendo esa funci¨®n, pero aumentando los servicios y facilitando los actos y tr¨¢mites procesales de manera telem¨¢tica para que las personas que residen en estos municipios no necesiten, con car¨¢cter general, desplazarse a una capital de provincia, como hasta ahora. La norma obliga a las comunidades aut¨®nomas con competencias en materia de justicia a cooperar entre ellas a trav¨¦s de proyectos comunes que garanticen unos est¨¢ndares de calidad homog¨¦neos en todo el Estado.
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