El Congreso tacha de ¡°injerencia¡± el conflicto de competencias planteado por el Senado a cuenta de la amnist¨ªa
La C¨¢mara baja considera ¡°improcedente¡± la iniciativa e insta a los senadores a desistir del choque institucional, tramitar la ley y no discutir su constitucionalidad
La Mesa del Congreso de los Diputados, su ¨®rgano de gobierno, aprobar¨¢ el martes un informe jur¨ªdico en el que califica de ¡°improcedente¡± el in¨¦dito conflicto de competencias entre las dos C¨¢maras que el Senado aprob¨® la semana pasada para intentar paralizar la tramitaci¨®n de la ley de amnist¨ªa. El documento, que ha sido repartido este lunes a los grupos con representaci¨®n en la Mesa, concluye que el objeto de esa actuaci¨®n del Senado, donde el PP dispone de mayor¨ªa absoluta, ¡°no constituye un conflicto de atribuciones sino, en su caso, un recurso de inconstitucionalidad¡±. El informe insiste en que es ¡°improcedente¡± e implica incluso ¡°una injerencia¡± por parte del Senado intentar modificar un acuerdo del Congreso ¡ªla aprobaci¨®n inicial de la amnist¨ªa¡ª que la C¨¢mara baja ha adoptado en el ejercicio de sus funciones.
El pleno del Senado aprob¨® la semana pasada ¡ªcon 148 votos a favor (144 del PP, 3 de Vox y uno de Coalici¨®n Canaria), la abstenci¨®n de UPN y el voto en contra del resto del hemiciclo (112 senadores)¡ª plantear un conflicto de atribuciones entre ambas C¨¢maras, una iniciativa que no se hab¨ªa producido nunca. El PP de Alberto N¨²?ez Feij¨®o ya hab¨ªa advertido, desde el inicio de esta XV legislatura y desde que el PSOE asumi¨® la ley de amnist¨ªa que exig¨ªan los partidos independentistas, de que usar¨ªa todos los instrumentos y mecanismos a su alcance para intentar bloquear esa norma.
En esa estrategia, los populares modificaron el Reglamento del Senado ¡ªpara alargar la tramitaci¨®n de la ley¡ª o encargaron y revalidaron informes de letrados para sustentar sus tesis de que la ley de amnist¨ªa es una ¡°aberraci¨®n democr¨¢tica¡±. Los populares sostienen que se trata de ¡°una reforma constitucional encubierta¡± que el Gobierno de Pedro S¨¢nchez ha impulsado con ¡°arbitrariedad¡± porque necesita el apoyo de Junts y ERC para seguir en La Moncloa; y, con ese argumento, han adoptado su ¨²ltimo movimiento: plantear un conflicto de atribuciones sosteniendo que el Congreso no era competente para impulsar en solitario esa supuesta ¡°reforma constitucional¡±.
El Congreso ten¨ªa hasta el 11 de mayo para responder al requerimiento del Senado, pero ha optado por hacerlo cuanto antes, entre otras razones porque la Presidencia de esa C¨¢mara quiere zanjar r¨¢pidamente lo que considera una utilizaci¨®n partidista de la instituci¨®n por parte del PP. Una vez que el Congreso ha rechazado el conflicto, el Senado ¡ªes decir, el PP, que tiene mayor¨ªa absoluta en esa C¨¢mara¡ª debe decidir si da el siguiente paso: acudir al Tribunal Constitucional.
El informe que refrendar¨¢ la Mesa del Congreso se apoya en varias sentencias del Constitucional para sostener que la votaci¨®n del pasado 14 de marzo en la que la C¨¢mara baja aprob¨® la proposici¨®n de ley de amnist¨ªa no es ¡°objeto id¨®neo del conflicto de atribuciones¡±. En ese sentido, llega a catalogar de ¡°invasora¡± la iniciativa del Senado. A la Mesa, prosigue el informe, ¡°no le corresponde efectuar un control de constitucionalidad, siquiera liminar, de las iniciativas parlamentarias¡±. Y en esa l¨ªnea argumenta que, si se aceptara el intento del Senado de invocar sus competencias para tumbar la mera discusi¨®n de la propuesta legislativa aprobada en el Congreso, eso ¡°supondr¨ªa ignorar el derecho de los parlamentarios, tanto diputados como senadores, a la tramitaci¨®n de las iniciativas por los cauces constitucionales y reglamentariamente establecidos y a su aprobaci¨®n por las mayor¨ªas requeridas en cada caso¡±.
La presidenta del Congreso, la socialista Francina Armengol, ya avanz¨® a primera hora de este lunes su posici¨®n: ¡°Hemos recibido el requerimiento y vamos a responder desde la lealtad institucional, desde el entendimiento que debe haber entre las C¨¢maras, sin politizaci¨®n sino intentando mantener la institucionalidad del Congreso para dar respuesta desde el rigor y siempre pensando en la ciudadan¨ªa¡±, afirm¨®.
El documento que avalar¨¢ la Mesa del Congreso cuestiona tambi¨¦n los argumentos de fondo del Senado, esto es, que la amnist¨ªa supone ¡°una reforma constitucional o una ley inconstitucional¡±. Esa premisa, dice el Congreso, ¡°pone de relieve, una vez m¨¢s, que la verdadera pretensi¨®n del conflicto planteado es la de procurar un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de la norma por parte del Tribunal, lo que no procede en esta fase del procedimiento legislativo¡±. Un intento que se descalifica como ¡°encubierto y extempor¨¢neo¡±.
El Congreso rebate las alegaciones incluso formales del Senado sobre la tramitaci¨®n de la proposici¨®n de ley de amnist¨ªa y las tacha de ¡°clara injerencia en el principio de autonom¨ªa parlamentaria, en su vertiente reglamentaria¡±. Cita en ese punto el art¨ªculo 72 de la Constituci¨®n, que establece que ¡°la funci¨®n de controlar c¨®mo ha aplicado su Reglamento el Congreso corresponde, en su caso, al Tribunal Constitucional, no pudiendo el Senado asumir funciones de fiscalizaci¨®n del funcionamiento interno de otros ¨®rganos constitucionales¡±.
La Mesa insiste en que ha ejercido sus funciones como fija la Constituci¨®n y que ¡°no puede el Senado, bajo la apariencia de la defensa de sus atribuciones, intentar subvertir las leg¨ªtimamente ejercidas por el Congreso¡±. Y concluye que el pretendido conflicto institucional impulsado por el Senado ¡°supondr¨ªa as¨ª un artificio para evitar cumplir su obligaci¨®n constitucional y suplantar al Congreso¡±. ¡°Semejante pretensi¨®n supondr¨ªa un incumplimiento directo y evidente de la doctrina del Tribunal Constitucional¡±, remata.
El ¨®rgano de gobierno del Congreso argumenta, finalmente, que ¡°el conflicto planteado es improcedente por referirse a decisiones que no constituyen el objeto propio de un conflicto de atribuciones, sino, en su caso, de un recurso de inconstitucionalidad¡±. El Congreso defiende as¨ª que actu¨® ¡°correctamente, ejerciendo su propia competencia, en sus justos t¨¦rminos¡±, y que, por tanto, ¡°no procede acceder al requerimiento¡± del Senado. Incluso se permite formular un consejo a la C¨¢mara alta: ¡°Resulta pertinente instar al Senado a desistir del planteamiento en este conflicto y dar cumplimiento al deber de tramitaci¨®n de la iniciativa legislativa conforme a lo establecido en la Constituci¨®n¡±.
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