El Supremo ve ¡°indicios¡± de incompatibilidad en el nombramiento de Delgado como fiscal de Memoria
La sentencia que anula la designaci¨®n de la ex fiscal general considera que el puesto puede chocar con la actividad de su pareja, el exjuez Garz¨®n, en una fundaci¨®n de Derechos Humanos
El Tribunal Supremo ve ¡°indicios¡± de que el nombramiento de Dolores Delgado como fiscal de sala de Memoria Democr¨¢tica es incompatible con el ejercicio profesional de su pareja, el exjuez Baltasar Garz¨®n, porque este preside una fundaci¨®n que se dedica a los derechos humanos y la memoria hist¨®rica, los mismos temas que debe tratar Delgado en ese puesto. As¨ª lo expone la Sala de lo Contencioso-Administrativo en la primera de las tres sentencias que ten¨ªa pendientes de notificar despu¨¦s de que, el pasado 7 de mayo, anulara la designaci¨®n de la exfiscal general del Estado Dolores Delgado para ese puesto. La sentencia cuenta con un voto particular de la magistrada Pilar Teso, que apunta que sus compa?eros apartan a Delgado en una especie de recusaci¨®n ¡°preventiva¡± basada en ¡°conjeturas¡±.
La decisi¨®n del Supremo sobre esa plaza otorgada a Delgado volvi¨® a poner en cuesti¨®n la pol¨ªtica de nombramientos del fiscal general del Estado, ?lvaro Garc¨ªa Ortiz, despu¨¦s de que en noviembre pasado, la misma sala revocara el ascenso de su predecesora a fiscal de sala (la m¨¢xima categor¨ªa de la carrera) por considerar que supuso un ejercicio de ¡°desviaci¨®n de poder¡±. En el caso resuelto ahora, el tribunal descarta que se d¨¦ este supuesto, pero s¨ª considera que ha podido incumplirse unos preceptos legales en el procedimiento de provisi¨®n de una Fiscal¨ªa de Sala: el art¨ªculo 58.1 del Estatuto Org¨¢nico del Ministerio Fiscal, que establece que los fiscales no podr¨¢n ejercer sus cargos ¡°en las Fiscal¨ªas que comprendan dentro de su circunscripci¨®n territorial una poblaci¨®n en la que su c¨®nyuge o persona a quien se halle ligado de forma estable por an¨¢loga relaci¨®n de afectividad ejerza una actividad industrial o mercantil que obstaculice el imparcial desempe?o de su funci¨®n, a juicio del Consejo Fiscal¡±.
La Fiscal¨ªa de Sala de Memoria es un puesto que nombra el Gobierno a propuesta del fiscal general, que tiene potestad para proponer a quien considere. Debe escuchar antes al Consejo Fiscal, pero la opini¨®n de este ¨®rgano no es vinculante. No obstante, las asociaciones conservadoras y un fiscal que aspiraba a esa plaza impugnaron la elecci¨®n de Garc¨ªa Ortiz porque este rechaz¨® que se examinara si exist¨ªa un conflicto de intereses en Delgado por ser la pareja del ex juez Garz¨®n.
El art¨ªculo del Estatuto que cita el Supremo es el que invocaron siete de los 12 miembros del Consejo Fiscal ¡ªlos seis de la mayoritaria Asociaci¨®n de Fiscales (AF), de tendencia conservadora, y el vocal de la Asociaci¨®n Profesional Independiente de Fiscales (APIF)¡ª para oponerse de entrada al nombramiento. Reclamaron al fiscal general que, antes de designar a Delgado, se examinara si era id¨®nea para ocupar ese puesto, pero Garc¨ªa Ortiz lo rechaz¨® porque, a su juicio, ese art¨ªculo del Estatuto no era aplicable al caso de Delgado y la Inspecci¨®n Fiscal hab¨ªa hecho, como ocurre en todos los nombramientos, un examen previo de todos los candidatos para analizar si concurren los requisitos legales y hab¨ªa establecido que s¨ª. Ese debate que fren¨® el fiscal general es el que impone ahora el Supremo, que anula el real decreto del Gobierno por el que se la nombr¨® y obliga a Garc¨ªa Ortiz a consultar al Consejo Fiscal sobre si su sucesora cumple los requisitos para el puesto.
El tribunal no se pronuncia, pero advierte de que hay ¡°indicios¡± de esa incompatibilidad porque la pareja de Delgado est¨¢ al frente de un despacho jur¨ªdico y de una fundaci¨®n ¡°que puede reputarse de car¨¢cter mercantil¡± y cuya materia ¡°coincide significativamente con la materia sobre la que versa la Fiscal¨ªa para la que ha sido nombrada la Sra. Delgado Garc¨ªa: los derechos humanos y la defensa de las v¨ªctimas de su violaci¨®n¡±. Ahora ser¨¢ el Consejo Fiscal el que deba decidir sobre si existe esta supuesta incompatibilidad.
La sentencia del Supremo est¨¢ suscrita por cuatro de los cinco jueces que formaron el tribunal que revis¨® el caso. La quinta, la magistrada Pilar Teso, ha firmado un voto particular en el que acusa a sus compa?eros de actuar ¡°por si acaso¡±. ¡°La incompatibilidad que se solventa mediante la abstenci¨®n no puede resolverse antes de que se produzca¡±, advierte Teso, para quien ¡°la aplicaci¨®n preventiva de una eventual incompatibilidad reviste especial gravedad¡±. Para la magistrada parece ¡°aventurado¡± afirmar que la actividad de Garz¨®n al frente de una fundaci¨®n encaje en la prohibici¨®n que establece el art¨ªculo 58.1 del Estatuto y reprocha al resto del tribunal que corte la ¡°promoci¨®n profesional¡± de Delgado ¡°por meras conjeturas y suposiciones¡±.
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