La macrocausa de los avales de la Junta andaluza por corrupci¨®n se archivar¨¢ al completo
La Audiencia de Sevilla dar¨¢ carpetazo al segundo caso, Avales II, tras una d¨¦cada de investigaci¨®n judicial
La macrocausa de los avales de la Junta en Andaluc¨ªa toca a su fin. La investigaci¨®n, iniciada hace una d¨¦cada para analizar ayudas p¨²blicas millonarias concedidas a empresas por la agencia p¨²blica Idea durante la etapa socialista, concluir¨¢ con un carpetazo tras una resoluci¨®n fundamental que este mi¨¦rcoles la aboca al cierre total.
El Juzgado de Instrucci¨®n 6 de Sevilla inici¨® las pesquisas por malversaci¨®n y prevaricaci¨®n en 2014 y hace un a?o la Audiencia de Sevilla archiv¨® por un defecto formal de avales reglados -concedidos bajo una orden de la Consejer¨ªa de Innovaci¨®n de 2008-, pero que dej¨® vivos para investigar los avales excepcionales que se concedieron fuera de orden. Ahora los magistrados de la Audiencia han corregido su propio criterio y, por otro error formal similar, han archivado la primera de las 19 investigaciones que componen estas ayudas excepcionales. De este modo, por coherencia procesal, se cerrar¨¢n las 19 piezas sobre avales que permanec¨ªan en investigaci¨®n y la causa, que el PP tild¨® como ¡°el mayor caso de corrupci¨®n de la democracia¡± protagonizado por los Gobiernos socialistas, se diluir¨¢ con un archivo al completo.
La resoluci¨®n de los jueces concluye que el Juzgado de Instrucci¨®n 6, donde se inici¨® el caso de los ERE fraudulentos en 2011, ha vulnerado los plazos legales para investigar seg¨²n el art¨ªculo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tambi¨¦n con el grupo de avales excepcionales, no solo con los reglados. El auto de la Audiencia aclara que la pieza de la firma Tartessos Car, que recibi¨® un aval de 1,5 millones, est¨¢ unida por un hilo conductor con la causa matriz, por lo que deb¨ªa respetar los tiempos estipulados en la ley y las consiguientes pr¨®rrogas obligatorias.
La tesis de la Guardia Civil
La tesis inicial de la Guardia Civil en la macrocausa era que ex altos cargos de la Junta favorecieron supuestamente desde 2008 a decenas de empresas al desviar fondos p¨²blicos ¡°de forma arbitraria, con falta de publicidad y sin autorizaci¨®n de la Comisi¨®n Europea¡± despu¨¦s de que estas mismas compa?¨ªas ya resultaran beneficiadas por el fondo de los ERE.
A pesar de que el juzgado abri¨® en 2017 la causa Avales II para que las pesquisas se separaran en dos grupos, Avales I y Avales II; en 2021 la macrocausa se uni¨® de nuevo por orden del juez Jos¨¦ Ignacio Vilaplana. Por eso, ahora los jueces razonan que esta causa de Tartessos Car no deb¨ªa haberse desgajado en un principio, puesto que su objeto procesal ya se ven¨ªa investigando desde la causa matriz. Es decir, manten¨ªa un hilo conductor con la investigaci¨®n inicial y, por tanto, deb¨ªa respetar los tiempos procesales de la causa original.
¡°Tanto los hechos objeto de investigaci¨®n como las personas imputadas con relaci¨®n a los mismos (¡) lo estaban siendo ya con anterioridad en el procedimiento matriz, antes incluso de que la causa avales tuviese nombre propio¡±, subraya el auto de la Secci¨®n Primera de la Audiencia. Y abundan: ¡°El aval concedido a la empresa Tartessos Car aparec¨ªa ya contemplado en la investigaci¨®n matriz desde el a?o 2013, se hab¨ªan acordado adem¨¢s declaraciones con la condici¨®n de investigado¡±. Por eso consideran los jueces que el auto de complejidad de la causa en 2017 se dict¨® fuera de plazo.
Los magistrados matizan por qu¨¦ la divisi¨®n de la macrocausa fue contra natura: ¡°Una cosa es formar piezas separadas para investigar hechos nuevos (o personas) revelados en el curso de una investigaci¨®n, y otra bien distinta hacerlo por meras razones pr¨¢cticas para simplificar y agilizar el procedimiento, pero con el mismo objeto que la causa matriz, en cuyo caso habr¨¢n de respetarse los plazos instructorios aplicables a esta¡±.
Una de las defensas que recurri¨® a esta v¨ªa de la conexi¨®n de la causa con la matriz, Juan Carlos Alf¨¦rez del bufete Constituci¨®n 23, ensalza sobre el carpetazo judicial: ¡°La resoluci¨®n es de una enorme altura jur¨ªdica y dirime con solvencia una cuesti¨®n jur¨ªdica de enorme calado y complejidad. En la pr¨¢ctica, nuestros clientes quedar¨¢n sobrese¨ªdos, pues todos fueron llamados al proceso en fechas posteriores a la fecha de caducidad que la Audiencia nos ha estimado¡±.
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