El Supremo insiste en no aplicar la amnist¨ªa a los condenados por el ¡®proc¨¦s¡¯ por malversaci¨®n
El alto tribunal rechaza los recursos presentados por la Fiscal¨ªa, la Abogac¨ªa del Estado y varios procesados, como Junqueras
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo reitera que la ley de amnist¨ªa no ampara a los condenados por el delito de malversaci¨®n en la causa del proc¨¦s. El alto tribunal ha rechazado este lunes los recursos presentados por la Fiscal¨ªa, la Abogac¨ªa del Estado y varios sentenciados por el desaf¨ªo independentista de octubre de 2017 ¡ªentre ellos el exvicepresidente catal¨¢n Oriol Junqueras y los exconsejeros Jordi Turull, Ra¨¹l Romeva y Dolors Bassa¡ª. Al igual que dijeron en julio, cuando negaron por primera vez la aplicaci¨®n de la medida de gracia en este caso, los magistrados insisten en que los acusados obtuvieron un ¡°beneficio personal de car¨¢cter patrimonial¡± al cometer la malversaci¨®n que se les atribuye, y ¡°que el legislador ha excluido expresamente [este delito] del ¨¢mbito de la amnist¨ªa¡±.
La decisi¨®n la ha tomado el Supremo por una amplia mayor¨ªa. Cinco de los seis magistrados que han compuesto el tribunal (Manuel Marchena, Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta, Juan Ram¨®n Berdugo, Antonio del Moral y Andr¨¦s Palomo) han rechazado de nuevo amnistiar a los dirigentes secesionistas. Solo Ana Ferrer ha emitido un voto discrepante, como ya hizo en la primera ocasi¨®n. Ferrer acusa a sus compa?eros de moverse en una ¡°ficci¨®n jur¨ªdica¡± para evitar as¨ª aplicar el ¡°inequ¨ªvoco prop¨®sito legislativo de amnistiar la aplicaci¨®n de fondos p¨²blicos a la celebraci¨®n de los refer¨¦ndums que tuvieron lugar en Catalu?a en los a?os 2014 y 2017 (y, con car¨¢cter general, todos los gastos asumidos por el erario p¨²blico siempre que buscaran hacer realidad lo que el legislador denomina ¡®el proceso independentista catal¨¢n¡¯)¡±.
La decisi¨®n de este lunes del Supremo se refiere a los pol¨ªticos independentistas que ya fueron juzgados y condenados en 2019. La parte relativa a los que se encuentran pendientes de juicio (como el expresident Carles Puigdemont) est¨¢ en manos del magistrado instructor Pablo Llarena, que tambi¨¦n le ha negado la amnist¨ªa al l¨ªder de Junts.
La nueva resoluci¨®n del alto tribunal carga duramente contra la redacci¨®n de la ley, impulsada por el Gobierno de Pedro S¨¢nchez tras las elecciones generales de 2023 al exig¨ªrselo los partidos independentistas a cambio de apoyar la investidura del l¨ªder socialista. ¡°Solicitar de esta Sala que interpretemos la Ley de Amnist¨ªa sin otra referencia que la que proporciona la voluntad del legislador es pedir que abdiquemos de nuestra funci¨®n como jueces¡±, exponen los magistrados del Supremo, que rechazan que ellos deban ejercer como una especie de ¡°boca muda¡± que se limite a ¡°proclamar las consecuencias jur¨ªdicas que fluyan de la literalidad de la norma¡±.
¡°No basta con la voluntad pol¨ªtica para amnistiar un hecho¡±, resume el dictamen de la Sala de lo Penal: ¡°Es necesario que el texto legal que traduce ese ideario defina su ¨¢mbito objetivo con la precisi¨®n reforzada que es exigible a una norma que tan radicales efectos va a producir en principios estructurales del proceso penal¡±. Y prosigue: ¡°Las leyes no pueden interpretarse como un mandato verbal dirigido por el poder pol¨ªtico a los jueces. Los textos legales, en cuanto textos escritos, encierran un mandato que se encuentra inserto en su propia letra. De la voluntad del legislador no queda m¨¢s que el lenguaje y los conceptos jur¨ªdicos mediante los que ha querido materializar su prop¨®sito. Por consiguiente, el imperio de la ley solo puede garantizarse una vez el texto legal publicado es sometido a una interpretaci¨®n judicial verificada¡±.
El ¡°enriquecimiento¡±
Para fundamentar su decisi¨®n, la mayor¨ªa del Supremo defiende que los condenados obtuvieron un beneficio econ¨®mico que no est¨¢ amparado por la ley de amnist¨ªa. La norma excluye del perd¨®n a aquellas personas que, al malversar, hubiesen obtenido un ¡°enriquecimiento personal¡±; pero especifica que no puede considerarse ¡°enriquecimiento¡± la ¡°aplicaci¨®n de fondos p¨²blicos¡± a ¡°los actos cometidos con la intenci¨®n de reivindicar, promover o procurar¡± la independencia cuando ¡°no se haya tenido el prop¨®sito de obtener un beneficio personal de car¨¢cter patrimonial¡±.
En opini¨®n de los magistrados, esta redacci¨®n ¡°desliza una contradicci¨®n¡± que ¡°dificulta sobremanera su combinada interpretaci¨®n¡±. Aun as¨ª, seg¨²n insisten los jueces, se debe entender que el Legislativo quiso que la malversaci¨®n no estuviera amparada en todos los casos. En concreto, mantiene el tribunal, se excluy¨® de la amnist¨ªa ¡°el enriquecimiento (entendido como ejercicio de la capacidad de disposici¨®n sobre esos fondos p¨²blicos)¡± que ¡°supone un beneficio patrimonial¡±. Y la tesis de la mayor¨ªa de la Sala es que los l¨ªderes pol¨ªticos del proc¨¦s s¨ª obtuvieron un beneficio ¡°patrimonial¡±, porque se ahorraron el dinero que habr¨ªan tenido que poner de su bolsillo para financiar el desaf¨ªo independentista si no hubieran desviado esos fondos p¨²blicos.
Seg¨²n los magistrados, esta interpretaci¨®n ¡°es la ¨²nica que permite aplicar en toda su extensi¨®n y hacer conciliable la voluntad del legislador y la voluntad de la ley expresada en el texto de la norma¡±. ¡°Y no cierra la posibilidad de aplicaci¨®n de la amnist¨ªa a toda clase de malversaci¨®n relacionada con el proc¨¦s¡±: ¡°Son perfectamente imaginables supuestos que s¨ª quedar¨ªan cubiertos en el ¨¢mbito de la norma extintiva. Pi¨¦nsese, por ejemplo, en otros acusados o condenados que, sin tener disponibilidad de esos fondos, participaron en la ejecuci¨®n y materializaci¨®n del gasto¡±.
La puerta para acudir al TJUE
Los jueces rechazan tambi¨¦n en el auto de este lunes presentar ahora una cuesti¨®n prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre el alcance de la Ley de Amnist¨ªa para el delito de malversaci¨®n, como hab¨ªa pedido Vox, que ejerce la acusaci¨®n popular. La Sala no tiene dudas de que la medida de gracia deja fuera el tipo de malversaci¨®n cometido en el proc¨¦s y, por tanto, no necesita preguntar a la justicia europea si se pueden amnistiar esos hechos. Pero el tribunal ya adelanta que s¨ª llevara el caso al TJUE si el Tribunal Constitucional da la raz¨®n a los acusados y considere que hay que amnistiarles la malversaci¨®n. ¡°Solo entonces ser¨ªa ineludible preguntar si la extinci¨®n de la responsabilidad criminal por causa de amnist¨ªa a un delito de malversaci¨®n que ha procurado una ilegal y formal declaraci¨®n de independencia de un territorio europeo de la entidad de Catalu?a ¡ªm¨¢s all¨¢ de su efectiva duraci¨®n y de la finalidad ¨²ltima perseguida por la m¨¢xima autoridad pol¨ªtica que declar¨® la fugaz ruptura territorial¡ª es compatible con una efectiva protecci¨®n de los intereses financieros de la Uni¨®n Europea¡±, apuntan los jueces. Es decir, en el hipot¨¦tico caso de que el Constitucional resuelva a favor de aplicar la medida de gracia a los condenados por el proc¨¦s, el Supremo ya adelanta que no aplicar¨¢ la ley sin preguntar antes al TJUE, lo que alargar¨¢ en el tiempo la batalla jur¨ªdica por la amnist¨ªa.
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