La reforma que convalida las penas a presos de ETA responde a una norma europea de hace 16 a?os que Espa?a traspuso con reservas
El Gobierno de Rajoy restringi¨® los efectos de un acuerdo de la UE que contemplaba descontar el tiempo de condena cumplido en otro pa¨ªs
La Mesa del Senado debate este martes si mantiene en el orden del d¨ªa del Pleno una reforma legal que permitir¨ªa convalidar a los presos de ETA las penas que cumplieron en otro pa¨ªs. Este punto no estaba recogido en el proyecto inicial de la norma, centrado en trasponer una directiva europea sobre la comunicaci¨®n de los antecedentes penales entre los Estados miembros, pero Sumar pidi¨® introducirlo a trav¨¦s de una enmienda que recibi¨® el visto bueno de todos los partidos del Congreso. El texto se envi¨® al Senado, donde ha avanzado sin ninguna objeci¨®n hasta este lunes, cuando, una informaci¨®n publicada por El Confidencial que daba cuenta de ese cambio, ha derivado en una enorme bronca pol¨ªtica. El PP, que acusa al Gobierno de haberle tendido ¡°una trampa¡±, tiene mayor¨ªa absoluta en la C¨¢mara alta, pero al no haber presentado veto ni enmiendas no puede evitar que la ley siga su curso, aunque sea con el rechazo del Senado. Como ¨²ltimo recurso para ganar tiempo, los populares pedir¨¢n a la Mesa del Senado que no se vote la ley.
La posibilidad de que los condenados en Espa?a se descuenten el tiempo de pena cumplido por el mismo delito en otro pa¨ªs desentierra un debate jur¨ªdico y pol¨ªtico que se cerr¨® en falso en 2018, cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechaz¨® los recursos de varios miembros de la banda terrorista contra la aplicaci¨®n retroactiva de una ley espa?ola de 2014 que alargaba sus condenas. Esa norma (la ley org¨¢nica sobre intercambio e informaci¨®n de antecedentes penales y consideraci¨®n de resoluciones penales de la UE) estaba llamada a cumplir con una decisi¨®n marco europea de 2008 que obliga a los Estados miembros a otorgar a las condenas de otro pa¨ªs de la UE los mismos efectos que a las propias. En la pr¨¢ctica, ese acuerdo instaba a tener en cuenta el periodo de c¨¢rcel cumplido en otro Estado miembro en el l¨ªmite de 30 a?os de cumplimiento de pena (40 a?os en algunos casos) que marca la ley, pero el Gobierno de Mariano Rajoy restringi¨® sus efectos introduciendo condiciones a la convalidaci¨®n de penas y una disposici¨®n adicional que solo permite acumular las penas en las condenas posteriores al 15 de agosto de 2010 (fecha l¨ªmite para que entrara en vigor el acuerdo europeo), lo que exclu¨ªa a la mayor¨ªa de los presos de la banda terrorista que empezaron a cumplir condena en Francia y luego fueron entregados a Espa?a.
La sentencia de Estrasburgo de 2018 se interpret¨® en Espa?a como un aval a la ley que esquivaba la convalidaci¨®n de penas, pero lo cierto es que el fallo del TEDH solo se pronunciaba sobre si la aplicaci¨®n retroactiva de la norma espa?ola vulneraba los derechos fundamentales de los etarras. ¡°En el momento en que las condenas de los demandantes fueron pronunciadas, e incluso despu¨¦s, cuando los demandantes pidieron el c¨²mulo de las penas ya purgadas en Francia, el Derecho espa?ol no preve¨ªa en un grado razonable que las penas ya cumplidas en Francia se tomaran en cuenta para determinar la duraci¨®n m¨¢xima de prisi¨®n de 30 a?os¡±, recog¨ªa la resoluci¨®n. Esa sentencia no se pronunciaba sobre si Espa?a hab¨ªa desarrollado correctamente la decisi¨®n marco porque eso no es competencia del TEDH.
El Supremo no pregunt¨® a la justicia europea
Marta Mu?oz, catedr¨¢tica de Derecho Penal de la Universidad de Castilla-La Mancha, advierte de que el ¨®rgano que podr¨ªa haber examinado la ley espa?ola y determinado si se adaptaba al derecho europeo es el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), pero el Supremo espa?ol rechaz¨® plantear una cuesti¨®n prejudicial cuando, en enero de 2015, debati¨® ese asunto. Lo hizo la Sala Penal en un pleno que se prolong¨® durante m¨¢s de cuatro horas en el que se acabaron imponiendo, por nueve votos a seis, los partidarios de impedir la acumulaci¨®n de penas. Esa decisi¨®n zanjaba las discrepancias de criterio que se hab¨ªan dado hasta entonces en la Audiencia Nacional (que tambi¨¦n descart¨® acudir al TJUE) y contradec¨ªa incluso una resoluci¨®n anterior de la misma sala del Supremo que, en marzo de 2014, permiti¨® descontar los a?os de condena cumplidos en Francia al etarra Jose Luis Urrusolo Sistiaga.
Fue precisamente ese primer fallo del alto tribunal, dictado antes de que se aprobara la ley espa?ola que limitaba los efectos de la decisi¨®n marco, el que hizo saltar las alarmas del Gobierno de Rajoy: al percatarse de las consecuencias que pod¨ªa tener la aplicaci¨®n del acuerdo europeo, el PP introdujo cambios de ¨²ltima hora en la ley que se estaba tramitando para evitar as¨ª que decenas de presos etarras vieran recortada su condena. Pese a la interpretaci¨®n final del Supremo en contra de acumular las penas, algunos juristas han sostenido siempre que ten¨ªa que haberse planteado la cuesti¨®n prejudicial para que se revisara la ley espa?ola. Y, a falta de una aclaraci¨®n por parte del TJUE, algunos expertos consideran que los presos espa?oles deb¨ªan beneficiarse de esa convalidaci¨®n. ¡°No puedes tener en cuenta una condena europea a todos los efectos, como para la reincidencia, decretar la prisi¨®n provisional o no conceder la libertad condicional, y salt¨¢rtelo para la ¨²nica cosa que una condena previa puede favorecer al reo¡±, apunta la catedr¨¢tica Mu?oz.
El debate que el Supremo y la err¨®nea interpretaci¨®n de la sentencia del TEDH parec¨ªan haber acallado se ha reabierto ahora, cuando las Cortes est¨¢n tramitando una reforma de aquella ley de 2014 para trasponer a la legislaci¨®n espa?ola la directiva europea sobre el Sistema Europeo de Informaci¨®n de Antecedentes Penales (ECRIS). Esta normativa pretende solo agilizar la comunicaci¨®n entre los Estados miembros respecto a los antecedentes penales, pero la enmienda introducida por Sumar elimina los l¨ªmites impuestos a la acumulaci¨®n de penas en tiempos de Rajoy.
Este cambio no estaba en la primera versi¨®n del proyecto de ley, redactada por el Gobierno, pero se incluy¨® en la Comisi¨®n de Justicia sin ning¨²n voto en contra. El texto definitivo lleg¨® al pleno del Congreso el 18 de septiembre, donde tampoco ning¨²n partido se opuso a ese cambio. Cuando se debati¨® el texto, el diputado socialista Artemi Rallo aplaudi¨® la iniciativa del socio de Gobierno de coalici¨®n. ¡°Celebramos la incorporaci¨®n de las enmiendas de Sumar, que vienen a mejorar los efectos jur¨ªdicos de las sentencias condenatorias anteriores sobre un nuevo proceso penal al aplicarse tanto en la fase previa del proceso y durante el proceso como en la ejecuci¨®n de las condenas. Con ello se reforma la Ley 7/2014 y se cumple ya plenamente la Decisi¨®n Marco 2008. Y, felizmente, tambi¨¦n se unifica y garantiza el principio de equivalencia de efectos en cualquier Estado miembro¡±, afirm¨®. Por parte del PP intervino el diputado Jos¨¦ Manuel Velasco Retamosa, quien no hizo ni una sola referencia al c¨®mputo de penas para los presos etarras.
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