El Supremo encausa por primera vez en democracia a un fiscal general del Estado
La Sala Penal investiga a Garc¨ªa Ortiz por revelaci¨®n de secretos tras la difusi¨®n de un comunicado para desmentir un bulo lanzado por el entorno de D¨ªaz Ayuso. El jefe del ministerio p¨²blico descarta dimitir
El Tribunal Supremo ha convertido a ?lvaro Garc¨ªa Ortiz en el primer fiscal general del Estado investigado formalmente por la justicia. La Sala Penal ha admitido la exposici¨®n razonada enviada por un juez de Madrid y ha abierto una causa por revelaci¨®n de secretos al jefe del ministerio p¨²blico por la supuesta filtraci¨®n de un correo electr¨®nico remitido a la Fiscal¨ªa por el abogado de Alberto Gonz¨¢lez Amador, pareja de la presidenta madrile?a, Isabel D¨ªaz Ayuso, e imputado por fraude fiscal. La Sala Penal, que ha tomado esta decisi¨®n por unanimidad de los cinco magistrados que han debatido el asunto, ha acordado tambi¨¦n asumir la investigaci¨®n contra la fiscal jefa provincial de Madrid, Pilar Rodr¨ªguez Fern¨¢ndez, que supuestamente envi¨® al fiscal general datos para la elaboraci¨®n de una nota de prensa difundida por el ministerio p¨²blico para desmentir los bulos que estaba lanzando el entorno de D¨ªaz Ayuso sobre la actuaci¨®n de la Fiscal¨ªa. El instructor de la causa en el alto tribunal ser¨¢, por turno de reparto, el magistrado ?ngel Luis Hurtado.
Tras conocer la decisi¨®n del Supremo, Garc¨ªa Ortiz ha enviado un comunicado a los medios en el que informa de su decisi¨®n de mantenerse en el cargo al considerar que es ¡°lo menos gravoso y m¨¢s prudente para la instituci¨®n a medio y largo plazo¡±. ¡°Soy consciente de la repercusi¨®n p¨²blica de la noticia y no desconozco la afectaci¨®n que supondr¨¢ en el trabajo de las y los fiscales de nuestro pa¨ªs. Pero es, precisamente, la ponderaci¨®n de estas circunstancias lo que me persuade para seguir ejerciendo plenamente mis atribuciones legales. Como hasta ahora he venido haciendo: con pleno respeto a la Ley y al Estado de derecho¡±, se?ala el jefe del ministerio p¨²blico, quien ha convocado para este mi¨¦rcoles a la Junta de Fiscales de Sala y al Consejo Fiscal para explicarles su versi¨®n y escuchar sus valoraciones. Garc¨ªa Ortiz defiende su actuaci¨®n porque, asegura, se encuadra en el ¨¢mbito de las competencias que la Constituci¨®n y la ley que regula el Estatuto Org¨¢nico del Ministerio Fiscal encomiendan al ministerio p¨²blico. ¡°El ordenamiento jur¨ªdico atribuye a la Fiscal¨ªa la funci¨®n de informar de los asuntos relevantes de que conozca para garantizar el derecho de la ciudadan¨ªa a recibir informaci¨®n veraz, m¨¢s a¨²n en un caso como este en el que con bulos o falsedades se compromet¨ªa la imagen de la instituci¨®n y de varios de sus integrantes¡±, afirma Garc¨ªa Ortiz.
La sala que ha acordado encausar al fiscal general ha estado formada por los magistrados Manuel Marchena (presidente de la Sala Penal), Juan Ram¨®n Berdugo, Antonio del Moral, Susana Polo (ponente del auto en el que se argumenta la decisi¨®n) y Carmen Lamela. A partir de ahora, el caso quedar¨¢ en manos del magistrado ?ngel Luis Hurtado, designado como instructor, que ser¨¢ quien decida los siguientes pasos y, previsiblemente, cite a declarar al fiscal general y a la fiscal de Madrid. Hurtado lleg¨® al Supremo en septiembre de 2020 desde la Audiencia Nacional, donde se hab¨ªa opuesto a que Mariano Rajoy declarase como testigo en el juicio principal del caso G¨¹rtel y a condenar al PP por beneficiarse de los negocios corruptos de la trama. Esa condena, que sali¨® adelante con su oposici¨®n y fue luego confirmada por sus actuales compa?eros de sala en el alto tribunal, fue la que origin¨® la moci¨®n de censura que llev¨® a Pedro S¨¢nchez a La Moncloa en junio de 2018.
Los hechos que investiga el Supremo tienen su origen en la noche del pasado 13 de marzo. Horas despu¨¦s de conocerse que el ministerio p¨²blico hab¨ªa denunciado a la pareja de Ayuso por defraudar m¨¢s de 350.000 euros a Hacienda, El Mundo public¨® que la Fiscal¨ªa hab¨ªa ofrecido a Gonz¨¢lez Amador un pacto por correo electr¨®nico. Los populares intentaban as¨ª vender la teor¨ªa de que esa oferta, que despu¨¦s se habr¨ªa retirado, formaba parte de una especie de chantaje con fines pol¨ªticos a Gonz¨¢lez Amador. Ante la avalancha de peticiones de informaci¨®n al ministerio p¨²blico, la Fiscal¨ªa de Madrid emiti¨® un comunicado en la ma?ana del 14 de marzo en el que explicaba que en realidad hab¨ªa sido el abogado quien, m¨¢s de un mes antes, hab¨ªa tratado de alcanzar ese acuerdo con la Fiscal¨ªa, un procedimiento habitual por el que los acusados reconocen sus delitos (la pareja de Ayuso admit¨ªa haber cometido dos delitos fiscales) a cambio de una rebaja de la pena que le corresponder¨ªa.
Esta nota de prensa, con la que la Fiscal¨ªa pretend¨ªa desmentir la versi¨®n falsa de los hechos que hab¨ªa difundido el entorno de la presidenta madrile?a, es la que, seg¨²n la pareja de Ayuso, incurre en un delito de revelaci¨®n de secretos porque inclu¨ªa datos personales. Esta es tambi¨¦n la tesis que ha mantenido el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) a lo largo de la instrucci¨®n y la que le llev¨® a remitir el caso al Supremo cuando el fiscal general envi¨® al TSJ un escrito en el que asum¨ªa la responsabilidad de la redacci¨®n de la nota.
El Supremo, sin embargo, descarta esta teor¨ªa porque, tras analizar el comunicado difundido por la Fiscal¨ªa, concluye que ¡°aparentemente, no hay informaci¨®n indebidamente revelada¡±, ya que todos los datos que ah¨ª se inclu¨ªan ya eran de conocimiento p¨²blico. Pero el tribunal se aferra a otro argumento para investigar al fiscal general: de la investigaci¨®n practicada por el TSJ y, en concreto, de la declaraci¨®n del fiscal de Delitos Econ¨®micos que llevaba el caso contra la pareja de Ayuso, Juli¨¢n Salto, se desprende que los correos entre el fiscal y el abogado de Gonz¨¢lez Amador que conten¨ªan la mayor¨ªa de los datos plasmados luego en la nota fueron revelados horas antes de que se publicara el comunicado, cuando esos correos estaban ya en poder del fiscal general y de la fiscal jefa provincial.
Correos difundidos antes de la nota
La Sala Penal pone as¨ª el foco en el hecho de que varios medios de comunicaci¨®n, entre ellos EL PA?S, publicaran entre la noche del 13 de marzo y la ma?ana del 14 un correo electr¨®nico enviado por el abogado de Gonz¨¢lez Amador el 2 de marzo a la Fiscal¨ªa provincial de Madrid. En ese e-mail, el letrado comunicaba que, de com¨²n acuerdo con su cliente, este asum¨ªa la comisi¨®n de dos delitos fiscales ¡°reconociendo ¨ªntegramente los hechos¡± y se compromet¨ªa a pagar la cuota defraudada e intereses de demora. El Supremo no tiene pruebas de qui¨¦n filtr¨® este correo, pero s¨ª de que Garc¨ªa Ortiz y Rodr¨ªguez Fern¨¢ndez lo ten¨ªan desde esa misma noche, y en eso basa el tribunal sus indicios de que ambos pudieron incurrir en un delito de revelaci¨®n de secretos (art¨ªculo 417 del C¨®digo Penal), que castiga a la autoridad o funcionario p¨²blico que revele secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por raz¨®n de oficio o cargo y que no deban ser divulgados.
El tribunal argumenta que, a partir del 11 de junio de 2024, d¨ªa en el que el fiscal general env¨ªa un escrito al juez que instru¨ªa el caso (centrado inicialmente en el fiscal Salto y en la jefa de la Fiscal¨ªa de Madrid) asumiendo la responsabilidad de la difusi¨®n de la nota, el TSJM admiti¨® su falta de competencia debido a la condici¨®n de aforado de Garc¨ªa Ortiz y dej¨® de investigar, por lo que la instrucci¨®n qued¨® incompleta ¡°en cuanto a extremos relevantes y necesarios para valorar el elemento del tipo analizado¡±. ¡°En concreto, c¨®mo tuvieron acceso los medios de comunicaci¨®n a los correos, horas antes a dar publicidad a la nota informativa, cuando los mismos estaban en poder del Fiscal General del Estado y de la Fiscal Jefa Provincial, enviados por el Sr. Salto a partir de las 22 horas del d¨ªa 13 de marzo, y dispusieron de ellos ambos para elaborar y consensuar la nota informativa¡±, se?ala el tribunal.
La teniente fiscal del Supremo, Mar¨ªa ?ngeles S¨¢nchez Conde, en el escrito presentado ante la Sala Penal en el que se mostr¨® contraria a abrir una causa a Garc¨ªa Ortiz, incidi¨® en que el abogado de Gonz¨¢lez Amador envi¨® su propuesta de pacto a una direcci¨®n gen¨¦rica de la Secci¨®n de Delitos Econ¨®micos de la Fiscal¨ªa Provincial de Madrid (fiscal¨ªa.economicos@madrid.org) a la que tienen acceso ¡°m¨¢s de doce fiscales y cuatro funcionarios¡±. El env¨ªo de ese correo, adem¨¢s, se produjo un mes antes de que saliera a la luz, por lo que en ese tiempo el e-mail pudo haberse enviado a otras personas en el marco de la investigaci¨®n contra la pareja de Ayuso, cuyo entorno tambi¨¦n pudo tener acceso al mensaje.
En su escrito, S¨¢nchez Conde subrayaba que el diario digital Vozpopuli cit¨® a ¡°fuentes de la defensa¡± como el origen de una informaci¨®n que public¨® la noche del 13 de marzo. En esa noticia se reproduc¨ªa un correo electr¨®nico enviado por el fiscal del caso al abogado de la pareja de Ayuso en el que el primero informaba al letrado de la interposici¨®n de la denuncia contra Gonz¨¢lez Amador y le reiteraba lo que ya le hab¨ªa dicho en otro email del 12 de febrero: que estaba abierto a un pacto de conformidad penal, tal y como el letrado le hab¨ªa propuesto el 2 de febrero.
Para abrir la causa contra el fiscal general, el Supremo argumenta que la difusi¨®n de ese correo pudo causar un perjuicio a la defensa de Gonz¨¢lez Amador, uno de los requisitos para que exista el delito de revelaci¨®n de secretos. La sala admite que ese perjuicio resulta, en este momento, dif¨ªcil de fijar, pero sostiene que, ¡°al menos indiciariamente¡± s¨ª ha podido lesionarse el derecho de defensa de la pareja de Ayuso. ¡°Resulta obvio que este particular se enfrenta a un proceso judicial y que la revelaci¨®n del correo del d¨ªa 2 de febrero de 2024, asumiendo o reconociendo su culpabilidad de dos delitos fiscales ¡ªpues en el mismo se indica que el letrado defensor act¨²a de com¨²n acuerdo con el mismo¡ª, no llevada a cabo conforme a los par¨¢metros de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, puede tener repercusi¨®n en el derecho a la presunci¨®n de inocencia¡±, afirma el tribunal. Seg¨²n los jueces, aunque ese reconocimiento de los hechos por parte de Gonz¨¢lez Amador no tuviera lugar en el marco del proceso penal y con todas las garant¨ªas, pues en aquel momento solo estaba siendo investigado por la Fiscal¨ªa, se trataba de ¡°una propuesta reservada, no compatible (...) con la misi¨®n de informaci¨®n a la opini¨®n p¨²blica de los acontecimientos que se produzcan¡± que recoge el Estatuto del Ministerio Fiscal.
Los fiscales conservadores piden la dimisi¨®n de Garc¨ªa Ortiz
Tras conocer la decisi¨®n del Supremo, las dos asociaciones de fiscales conservadoras han pedido su dimisi¨®n. La mayoritaria Asociaci¨®n de Fiscales (AF), considera que el fiscal general no puede mantenerse en el cargo ¡°si valora la dignidad de la carrera fiscal, de la fiscal¨ªa, de la instituci¨®n garante de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos¡±. ¡°La condici¨®n de investigado de quien dirige el Ministerio Fiscal genera una tensi¨®n sin precedentes en la instituci¨®n y erosiona la credibilidad de la actuaci¨®n de quienes la representamos, cerca de 3000 hombres y mujeres, diariamente con vocaci¨®n¡±, subraya la presidenta de la AF, Cristina Dexeus, en un comunicado enviado a los medios, en el que subraya que el reglamento de la carrera aprobado en 2022 prev¨¦ la posibilidad de que un fiscal sea separado del cargo ¡°en el caso de que se le incoe una causa penal y ello en beneficio de la apariencia de imparcialidad y de honradez de la instituci¨®n.¡± La Asociaci¨®n Independiente de Fiscales (APIF), por su parte, considera que la investigaci¨®n penal abierta contra Garc¨ªa Ortiz da lugar a la p¨¦rdida de la consideraci¨®n de jurista de reconocido prestigio que exige la ley para ser fiscal general.
La Uni¨®n Progresista de Fiscales (UPF), a la que perteneci¨® Garc¨ªa Ortiz hasta acceder a la Fiscal¨ªa General, le ha mostrado su apoyo. Esta asociaci¨®n incide en una nota p¨²blica en que la decisi¨®n del Supremo ¡°en modo alguno implica desvirtuar la presunci¨®n de inocencia¡± del fiscal general, y muestra ¡°de forma sosegada pero firme¡± su discrepancia con los argumentos del tribunal para encausar al jefe del ministerio p¨²blico.
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