La revisi¨®n de una sentencia por violaci¨®n a una menor en Girona deja la pena en cuatro a?os y medio
El Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a confirma los hechos y la valoraci¨®n del caso, pero aplica de oficio la nueva ley al agresor por ser m¨¢s beneficiosa
![La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso en una imagen de archivo.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/NXQW4YPFOXPRKD37GVP5D4KFB4.jpg?auth=584e13de86262bed079259eccee82911df0bef171a264b866f090161c01fec07&width=414)
La aplicaci¨®n de la ley ¡°del s¨ª es s¨ª¡± ha dejado en apenas cuatro a?os y medio de c¨¢rcel la pena por violar a una menor. El 1 de agosto de 2018, un ciudadano franc¨¦s de 29 a?os agredi¨® sexualmente a una menor de 17 a?os a la que retuvo por la fuerza contra una pared a la salida de una discoteca en Cadaqu¨¦s (Girona). Del hecho delictivo hubo importante prueba de cargo: testigos, hematomas y vestigios en la vagina. La Audiencia de Girona dio por probados los hechos relatados por la v¨ªctima y conden¨® al acusado, Paolo Nieto, a seis a?os y medio de c¨¢rcel. Su abogado recurri¨® ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalu?a (TSJC) y pidi¨® la absoluci¨®n. Ahora el recurso ha sido visto por el tribunal, que lo ha desestimado aunque de oficio ha modificado a la baja la sentencia. La nueva condena, apuntan fuentes jur¨ªdicas, es equiparable a la de un robo en un domicilio.
La pena impuesta por la sala ha sido calificada por fuentes jur¨ªdicas consultadas como ¡°una aberraci¨®n legal¡±, una ¡°pena muy benigna y muy poco razonable para todo lo que implica un delito contra la libertad sexual y las secuelas y traumas que deja en un futuro y m¨¢s en una menor¡±. Esas mismas fuentes consideran que el TSJC no estaba obligado a modificar a la baja la condena porque est¨¢ incluida en la parte baja de la horquilla por el delito de agresi¨®n sexual (de 4 a 8)¡± y ¡°lamentan¡± que se haya rebajado porque es ¡°casi un insulto a la v¨ªctima¡±.
¡°De oficio, procede la modificaci¨®n de la pena impuesta, de conformidad con lo que establece¡± [la ley del solo s¨ª es s¨ª] ¡°resulta m¨¢s beneficiosa en cuanto que establece el limite penol¨®gico m¨ªnimo en cuatro a?os de prisi¨®n¡±, recoge la sentencia, que confirma los hechos y la valoraci¨®n. Para rebajar la pena, la sala dice ¡°acudir a los razonamientos que hizo el tribunal de instancia, que aplica la pena m¨ªnima, entonces vigente, seis a?os de prisi¨®n, extendi¨¦ndola algo m¨¢s en aras a las circunstancias concurrentes en el caso¡±. Apunta adem¨¢s que, como la pena m¨ªnima era de seis a?os de prisi¨®n y se le impusieron seis a?os y medio, por las razones que explica la Audiencia de Girona ¡°a las que queremos ser fieles¡±, imponen ¡°una pena de cuatro a?os y medio, que es la que corresponde como m¨ªnima impuesta por el tribunal de instancia¡±.
En esta l¨ªnea modifican tambi¨¦n las penas accesorias, que ¡°han de guardar proporcionalidad en su extensi¨®n, a la pena principal¡±, por lo que reducen la prohibici¨®n de alejamiento y comunicaci¨®n de 9 a 5 a?os a tenor. En cuanto a la libertad vigilada, se restringe al periodo de cinco a?os.
Ante condenas tan bajas por delito tan graves, que afectan en este caso a una menor, otras de las fuentes consultadas critican la reforma legal. ¡°Quisieron hacer una ley m¨¢s dura y han hecho todo lo contrario. Y no lo quieren reconocer. Ahora el da?o ya est¨¢ hecho¡±. Adem¨¢s, muestran serias dudas sobre cu¨¢l ha sido el verdadero inter¨¦s en aprobar una modificaci¨®n de la ley ¡°que no hac¨ªa falta ser catedr¨¢tico en derecho para percatarse que tendr¨ªa un resultado muy diferente al pretendido¡±.
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