La Comunidad no informa a los jueces de la medicalizaci¨®n de las residencias de Legan¨¦s
Los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Madrid le recuerdan que tiene que hacerlo cada siete d¨ªas
La Comunidad de Madrid no ha informado a los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) de si ha medicalizado las ocho residencias de mayores de Legan¨¦s ni de las medidas sanitarias que ha adoptado en las mismas. Los magistrados han dictado una providencia, a la que ha tenido acceso EL PA?S, en la que le recuerdan esa obligaci¨®n de remitirles un informe cada semana y le dan un plazo improrrogable de tres d¨ªas para que lo haga.
Los magistrados de la Secci¨®n Octava de lo Contencioso-Administrativo dictaron un auto el pasado 27 de abril en el que le obligaban a la Consejer¨ªa de Sanidad a dotar de medios personales y materiales las ocho residencias de mayores, dado que desde el inicio de la pandemia por el coronavirus hab¨ªan muerto 259 ancianos y hab¨ªa un elevado n¨²mero de contagios en estos centros.
La Comunidad de Madrid recurri¨® el auto al entender que no quedaban claras las pretensiones del recurso presentado por el Ayuntamiento de Legan¨¦s, con su alcalde Santiago Llorente (PSOE) a la cabeza.
Los jueces revocaron la apelaci¨®n en un nuevo auto el pasado 6 de mayo, al entender que quedaba perfectamente la petici¨®n del Consistorio. Se trataba de que m¨¦dicos, enfermeras y auxiliares se trasladasen a estos centros ¡°suficientes y adecuados a la situaci¨®n de emergencia sufrida¡±. Adem¨¢s, requer¨ªan que se adoptaran ¡°las medidas organizativas¡± que garantizaran la protecci¨®n a la salud y que esos profesionales les atendieran en el lugar con todos los medios necesarios. Lo que no imped¨ªa, incluso, que los centros fueran utilizados ¡°como espacios de uso sanitario¡±. Los jueces recordaron adem¨¢s que los mayores son la poblaci¨®n m¨¢s vulnerable por la covid-19. De ah¨ª, que requieran la mayor atenci¨®n por parte de las Administraciones.
En el ¨²ltimo auto, los jueces ampliaron la medida cautelar¨ªsima adoptada en un primer momento y obligaron a la Comunidad de Madrid, a trav¨¦s de la Consejer¨ªa de Sanidad, a que un responsable o funcionario les remitiera un informe cada siete d¨ªas. A la vista del incumplimiento por parte de la Comunidad de Madrid de esta ¨²ltima obligaci¨®n tras ser pedido por el Ayuntamiento de Legan¨¦s el primer informe de Sanidad, los jueces han dictado una providencia el pasado 20 de mayo en la que le dan un plazo m¨¢ximo de tres d¨ªas para que les env¨ªe el citado informe. La Sala Octava mantiene que ha transcurrido ¡°sobradamente¡± el plazo de siete d¨ªas naturales que se le dieron en el auto del 6 de mayo y del que ha hecho caso omiso. El escrito recuerda que en caso de incumplir de nuevo esta orden se puede caer en ¡°los apercibimientos legales correspondientes¡±, es decir, la posibilidad de que el responsable sea multado.
Si la Consejer¨ªa de Sanidad cumple el plazo, tendr¨ªa que entregar el informe en el TSJM como muy tarde el martes de la pr¨®xima semana.
Una medida similar de la obligaci¨®n de enviar un informe en el plazo de tres d¨ªas fue tomada por la misma Sala Octava esta semana con las cuatro residencias de mayores de Alcorc¨®n, tras desestimar por segunda vez el recurso presentado por el Letrado de la Comunidad de Madrid con la intenci¨®n de dejar sin efecto una medida cautelar¨ªsima id¨¦ntica.
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