El Tribunal Superior de Madrid pone trabas a El Ca?averal
El fallo se?ala que una vecina de la Ca?ada Real no puede ser desalojada
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha determinado ¡°la retroacci¨®n¡± del desarrollo urban¨ªstico de El Ca?averal en pleno auge de ejecuci¨®n a instancias de una vecina de la Ca?ada Real, cuya vivienda se ubica en una parcela que est¨¢ dentro del ¨¢mbito de actuaci¨®n urban¨ªstica.
El tribunal asegura que no se la puede desalojar, al no haberle notificado personalmente el proyecto de reparcelaci¨®n. En una sentencia, a la que tuvo acceso la agencia Europa Press, los magistrados desestiman el recurso de apelaci¨®n presentado por el Ayuntamiento de Madrid y la Junta de Compensaci¨®n, contra la sentencia del Juzgado de lo contencioso-administrativo n¨²mero 2 de Madrid.
El fallo da la raz¨®n a la vecina que recurri¨® al recibir la notificaci¨®n de que deb¨ªa desalojar su vivienda en 10 d¨ªas. La resoluci¨®n judicial anul¨® el acto por entender que no se ajustaba a derecho, un extremo que ahora se ratifica. El abogado de la denunciante explic¨® que la sentencia conlleva la ¡°retroacci¨®n¡± del desarrollo urban¨ªstico, dado que obliga a dar ¡°marcha atr¨¢s hasta la aprobaci¨®n del proyecto de reparcelaci¨®n al omitir el tr¨¢mite de alegaciones¡±.
Y continu¨®: ¡°Hay que volver al comienzo y no se puede continuar con la construcci¨®n hasta que esta vecina haga las alegaciones que quiera¡±. Pero un portavoz del Ayuntamiento rebate que la sentencia solo indica que el proyecto de reparcelaci¨®n no se notific¨® personalmente a la demandante y, por tanto, ¡°no se la puede desalojar ahora¡±.
Por eso, asegura, anula una resoluci¨®n del Ayuntamiento en la que se requer¨ªa a la demandante que desalojara la vivienda, que est¨¢ en una parcela calificada como zona verde por el planeamiento. Dominio p¨²blico La vivienda de la denunciante se ubica en una finca situada en la Ca?ada Real Galiana, que era suelo no urbanizable de protecci¨®n de v¨ªas pecuarias destinadas al paso de ganado; es decir, un bien de dominio p¨²blico.
El planeamiento destinaba dicha parcela a zonas verdes, por lo que la vivienda resultaba incompatible con este uso. Por eso, la Junta de Compensaci¨®n, con fecha 6 de abril de 2017, dirigi¨® un escrito a la mujer para que desalojara su casa y la pusiera a disposici¨®n de la junta. Pero la propietaria se opuso con distintos argumentos, como que el requerimiento era nulo, la falta de legitimaci¨®n, la caducidad del Proyecto de Reparcelaci¨®n e infracci¨®n de normas b¨¢sicas.
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