La Suprema Corte determina que la objeci¨®n de conciencia no interfiera con los derechos reproductivos de las mujeres
El alto Tribunal ordenar¨¢ al Congreso que legisle sobre el tema para garantizar que los derechos sexuales y reproductivos no entren en conflicto con los del personal objetor
La Suprema Corte de Justicia de la Naci¨®n (SCJN) ha reconocido despu¨¦s de una acalorada discusi¨®n que el derecho de objeci¨®n de conciencia del personal sanitario es constitucional, pero advierte que no puede entrar en conflicto con los derechos sexuales y reproductivos ni ser el motivo para discriminar a las mujeres y a las minor¨ªas. El anuncio de este lunes llega despu¨¦s de dos decisiones hist¨®ricas para los derechos sexuales y reproductivos en M¨¦xico. Primero los ministros declararon inconstitucional que una mujer sea encarcelada por abortar y despu¨¦s que las legislaciones locales protejan la vida desde la concepci¨®n. Con ocho votos a favor, los ministros ordenar¨¢n al poder Legislativo que se desarrolle una ley en torno a la objeci¨®n de conciencia para que no sea ¡°un cheque en blanco con el que se nieguen los servicios de salud, particularmente el derecho del aborto¡±, ha se?alado el presidente de la Suprema Corte, Arturo Zald¨ªvar.
La acci¨®n de inconstitucionalidad que hoy se ha sometido a votaci¨®n y que finalmente se ha invalidado, sucede despu¨¦s de una demanda de la Comisi¨®n Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra la reforma de la Ley General de Salud de 2018, en la que se contempla la objeci¨®n de conciencia de m¨¦dicos y enfermeras del sector p¨²blico y privado. La CNDH argumenta que los art¨ªculos referentes a este tema representan un obst¨¢culo en el acceso a la salud, entre ellos, el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres que quieran abortar.
La reforma de la ley de Salud no legaliza la discriminaci¨®n ni avala negar un aborto o tratamiento, pero su postulaci¨®n queda demasiado abierta a la interpretaci¨®n, lo que puede ser utilizado en contra del derecho de las mujeres, como ha planteado Arturo Zald¨ªvar. ¡°Grupos conservadores y religiosos est¨¢n presionando a este Tribunal para que reconozca el derecho de objeci¨®n de conciencia ilimitado porque saben que ah¨ª se acaba el derecho de las mujeres a tener un aborto digno. Reconocer un derecho que han conquistado las mujeres a pulso, para que despu¨¦s permitamos que su ejercicio quede empantanado y en manos de objetores de conciencia y grupos pol¨ªticos me parece inaceptable¡±, ha expresado el ministro presidente, quien ha votado en contra de la constitucionalidad de la objeci¨®n de conciencia.
Sin embargo, los ministros han reconocido el derecho del personal de salud a negarse de manera individual a cumplir un mandato jur¨ªdico, entre ellos la interrupci¨®n del embarazo, debido a sus convicciones personales. Pero advierten que dicho derecho no puede ser ejercido a cualquier precio. ¡°La objeci¨®n de conciencia no constituye un derecho absoluto ni ilimitado que pueda ser invocado en cualquier caso y bajo cualquier modalidad. No se trata de un derecho general a desobedecer las leyes¡±, se?al¨® el pasado lunes el ministro ponente del proyecto, Luis Mar¨ªa Aguilar.
Pese a la brecha que han abierto las pasadas sentencias sobre el aborto, la regulaci¨®n en M¨¦xico sigue siendo muy restrictiva y todav¨ªa queda mucho trabajo por realizar a nivel legislativo. ¡°Es necesario que la objeci¨®n de conciencia sea regulada, por ello es obligaci¨®n del Estado que exista personal no objetor para que no se ponga en riesgo a las mujeres¡±, apunta Melissa Ayala, coordinadora del ¨¢rea de litigio de la organizaci¨®n GIRE.
Las organizaciones feministas se?alan que la objeci¨®n de conciencia, sumada a las leyes f¨¦rreas que castigan el aborto, crean ambientes donde las mujeres se ven orilladas a abortar en la clandestinidad o con procedimientos inseguros. ¡°Que la objeci¨®n de conciencia no est¨¦ bien regulada y no est¨¦n bien establecidos sus l¨ªmites, puede ser un obst¨¢culo para las mujeres y personas con capacidad de gestar¡±, recalca Ayala.
En M¨¦xico se practican cada a?o cerca de un mill¨®n de abortos clandestinos y un tercio de ellos acaban en complicaciones m¨¦dicas, mientras que la tasa anual de hospitalizaciones por cada mil mujeres de 15 a 19 a?os se increment¨® de 6,1 a 9,5 entre 2000 y 2010, seg¨²n datos del Gobierno.
Dependiendo de cada Estado, las sanciones por abortar pueden ir desde los 15 d¨ªas hasta los 6 a?os de prisi¨®n, con multas de 20 a 300 salarios m¨ªnimos. Esto, en un pa¨ªs en el que 50 millones de mujeres viven en la pobreza o en riesgo de ella. Solo en lo que va de a?o, las autoridades han abierto 432 carpetas de investigaci¨®n en el pa¨ªs por aborto, de acuerdo al Secretariado del Sistema Nacional de Seguridad P¨²blica.
El Instituto Guttmacher estima que en M¨¦xico m¨¢s de un tercio de las mujeres que tienen un aborto inseguro tienen complicaciones que requieren tratamiento m¨¦dico. Sin embargo, un cuarto de esas mujeres nunca recibieron la atenci¨®n hospitalaria que requer¨ªan.
La estrategia de grupos conservadores y religiosos que apelan a la objeci¨®n de conciencia y que elaboran leyes m¨¢s restrictivas, no detiene que las mujeres sigan abortando en el pa¨ªs. La penalizaci¨®n no frena la pr¨¢ctica y sin embargo, aumenta el riesgo de que se realice en condiciones de clandestinidad y bajo procedimientos inseguros.
Este drama se hace m¨¢s profundo en la sociedad cuando son m¨¦dicos y enfermeras los que denuncian a las mujeres, incluso cuando llegan a un hospital con una emergencia obst¨¦trica. ¡°Las autoridades y el personal sanitario del sistema p¨²blico condicionan a la mujer a que confiese haberse provocado un aborto¡±, apunta GIRE en un informe de 2018. El hecho de que el aborto sea considerado un delito con sanciones, tambi¨¦n para el personal de salud, contribuye a la estigmatizaci¨®n y criminalizaci¨®n de las mujeres en M¨¦xico. En Am¨¦rica Latina tres de cada cuatro abortos suceden en condiciones inseguras.
Fe de errores
En una primera versi¨®n este art¨ªculo fue publicado con el titular: "La Suprema Corte protege la objeci¨®n de conciencia del personal sanitario". Tal afirmaci¨®n no es clara respecto a la invalidaci¨®n que realiz¨® el alto Tribunal del art¨ªculo 10 Bis de la Ley General de Salud que contempla la negativa de cumplir la ley por convicciones personales respecto al aborto. Los ministros confirmaron la invalidez de la objeci¨®n de conciencia e instaron al Congreso a revisar la norma actual y a desarrollar una ley m¨¢s detallada para garantizar que el derecho a la objeci¨®n de conciencia no interfiera con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Suscr¨ªbase aqu¨ª a la newsletter de EL PA?S M¨¦xico y reciba todas las claves informativas de la actualidad de este pa¨ªs
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.