La Suprema Corte de M¨¦xico declara inconstitucional la protecci¨®n de la vida desde la concepci¨®n
Los ministros rechazan la pretensi¨®n de otorgar el estatus de persona al embri¨®n o feto y con ello restringir los derechos reproductivos de las mujeres
Dos d¨ªas despu¨¦s de la decisi¨®n hist¨®rica del Supremo para despenalizar el aborto en M¨¦xico, el pleno de la Suprema Corte de Justicia mexicana rechaz¨® este jueves la pretensi¨®n de otorgar el estatus de persona al embri¨®n o feto y, a partir de ello, adoptar medidas restrictivas contra el derecho a la autonom¨ªa reproductiva de las mujeres. ¡°Es claro que el embri¨®n y el feto deben ser reconocidos y protegerse, sin embargo, su protecci¨®n no puede competir plena e incondicionalmente con la de las personas nacidas¡±, argument¨® el ministro Alfredo Guti¨¦rrez Ortiz Mena, autor del proyecto de la sentencia. Adem¨¢s, los ministros determinaron que los Estados carecen de competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de ¡°persona¡± y la titularidad de los derechos humanos, pues ello corresponde en exclusiva a la Constituci¨®n federal.
Los ministros del pleno del Supremo aprobaron la invalidaci¨®n de una porci¨®n de la Constituci¨®n de Sinaloa, que desde 2018, establece que ¡°el Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en un individuo es concebido¡±. Aunque el fallo de la Suprema Corte solo invalida la fracci¨®n de la constituci¨®n del Estado de Sinaloa, la decisi¨®n tendr¨¢ implicaciones futuras para otros Estados con reformas que tambi¨¦n est¨¢n impugnadas.
La decisi¨®n del Supremo tendr¨¢ implicaciones en una veintena de legislaciones locales que reconocen ¡°la vida humana desde la concepci¨®n¡±, modificaciones que no proh¨ªben el aborto, pero crean un ambiente de persecuci¨®n e incertidumbre, de acuerdo con las asociaciones civiles, como han reconocido este jueves los ministros mexicanos. ¡°La norma impugnada es abiertamente inconstitucional. Con el pretexto de definir el comienzo de la protecci¨®n de la vida humana impl¨ªcitamente lo que est¨¢n logrando es imponer l¨ªmites a los derechos humanos de otras personas, en este caso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a decidir sobre su propio cuerpo¡±, dijo el ministro Luis Mar¨ªa Aguilar.
La Suprema Corte ya hab¨ªa abordado este tipo de cl¨¢usulas en otras constituciones locales, sin embargo, es la primera vez que se alcanzan ocho o m¨¢s votos necesarios para crear jurisprudencia, un precedente que afectar¨¢ los pr¨®ximos fallos. ¡°Los Estados no tienen competencia para modificar el concepto de persona para efectos del reconocimiento de la titularidad de derechos humanos en el sistema jur¨ªdico mexicano¡¯, coment¨® la ministra Norma Pi?a.
Con el hist¨®rico fallo de la Suprema Corte de M¨¦xico para despenalizar el aborto el pasado martes ha abierto un camino expedito para la interrupci¨®n voluntaria del embarazo, una pr¨¢ctica muy desigual en todo el pa¨ªs, donde solo cuatro Estados de los 32 han legislado una ley de plazos. En el resto se manejan con normas restrictivas que apenas contemplan los riesgos para la madre, las malformaciones del feto y los casos de violaci¨®n como causas no punibles para abortar.
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