El l¨ªmite de cobro por comisiones en las Afores: la nueva pol¨¦mica que se dirime en la Suprema Corte
El Gobierno fij¨® un tope m¨¢ximo de 0,57% en cargos de comisiones sobre el ahorro de los trabajadores, pero varias administradoras han interpuesto recursos legales contra la medida
?Cu¨¢nto cobrar a los ahorradores?: he ah¨ª el dilema. Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) han interpuesto varios amparos en contra de la medida que el Gobierno mexicano estableci¨® a estas instituciones para que puedan cobrar en comisiones un m¨¢ximo de 0,57% del total del monto que los trabajadores tienen en sus cuentas de ahorro para su jubilaci¨®n. De acuerdo con un reporte del diario Reforma, un juez federal determin¨® que este tope es inconstitucional, por lo que abre un nuevo debate legal que se habr¨¢ de dirimir en la Suprema Corte de Justicia de la Naci¨®n.
El debate no es nuevo, pero cada vez se torna m¨¢s candente. En 2020, la reforma a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, impulsada por el presidente Andr¨¦s Manuel L¨®pez Obrador, determin¨® que las Afores no pueden cobrar m¨¢s de 0,57% sobre el total del monto administrado en cada cuenta de los trabajadores, por tener sus recursos invertidos en sus carteras a cambio de los rendimientos que dan por la inversi¨®n de este dinero.
En los inicios de este nuevo Sistema de Ahorro para el Retiro, en 1997, las Afores cobraban entre 2% y el 6% de los ahorros del trabajador, algo que fue disminuyendo de manera gradual. Fue hasta hace un par de a?os que el l¨ªmite fue establecido por el Gobierno, seg¨²n indica en entrevista Carlos Ram¨ªrez Fuentes, socio de la consultora Integralia y expresidente de la Comisi¨®n Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar). ¡°Naturalmente, esto no gust¨® a las Afores, represent¨® una baja de golpe de 30% (de sus ingresos), cuando anteriormente hab¨ªa sido gradual¡±, menciona v¨ªa telef¨®nica.
A 25 a?os de su creaci¨®n, las nueve administradoras privadas de los fondos para la jubilaci¨®n de los mexicanos han resentido con m¨¢s fuerza las medidas impuestas por el Estado mexicano, ya que el cobro de esta comisi¨®n a los trabajadores es el principal ingreso que tienen estas instituciones.
Pagar menos siempre es sin¨®nimo de ser una buena noticia, pero no a todos les parece correcto, y menos para quienes se trata de un asunto de negocios. ¡°No hay que perder de vista que los topes de precios suelen tener tambi¨¦n inconvenientes y pueden resultar incluso contraproducentes¡±, reflexiona Ram¨ªrez Fuentes sobre el l¨ªmite que se mantendr¨¢ en 2024.
A una consulta realizada por EL PA?S, la Afore SURA confirm¨® que se emiti¨® un amparo en contra de la aplicaci¨®n de la metodolog¨ªa de c¨¢lculo que realiza el Gobierno de M¨¦xico para establecer el tope de 0,57% que cobran las Afores. ¡°Dicha metodolog¨ªa considera el comportamiento de las comisiones de tres pa¨ªses, Estados Unidos, Colombia y Chile, cuyos sistemas de pensiones responden a realidades distintas a la del mexicano¡±, menciona la administradora en un documento enviado v¨ªa correo electr¨®nico. ¡°Nos amparamos porque consideramos que la metodolog¨ªa para el c¨¢lculo de comisiones debe obedecer a la realidad de nuestro pa¨ªs y no sujetarse a la de otros¡±, indican.
La medida regulatoria ha generado respingos en el propio sector p¨²blico. En 2020, antes de publicarse la reforma, la Comisi¨®n Federal de Competencia Econ¨®mica (Cofece), calific¨® de injustificado el criterio para seleccionar a los pa¨ªses mencionados para establecer el tope m¨¢ximo que pueden cobrar las Afores. ¡°Requiere demostrar la comparabilidad entre sistemas de ahorro en t¨¦rminos de variables, como el n¨²mero de cuentas y los saldos que se administran en cada sistema, y el tipo de comisiones que se permiten cobrar en cada pa¨ªs¡±, dijo la autoridad regulatoria previo a la aprobaci¨®n de la reforma.
Aunque 0,57% parece un porcentaje menor, cuando se extrapola a grandes cantidades, se habla de montos millonarios. Suponiendo que un trabajador ha ahorrado a lo largo de su vida laboral alrededor de un mill¨®n de pesos. Por esa cantidad, la Afore puede cobrar anualmente 5.700 pesos (unos 330 d¨®lares) por el manejo y la inversi¨®n de sus bienes en diversos productos que le generen rendimientos para su jubilaci¨®n. Eso, si solo hablamos de un trabajador, pero hasta octubre de 2023 existen m¨¢s de 79,3 millones de cuentas administradas por las Afores en el pa¨ªs, de acuerdo con los ¨²ltimos datos proporcionados por la Consar.
De las diez Afores que existen en el mercado, solo hay una que pertenece al sector p¨²blico: PensionISSSTE, quien actualmente cobra 0,566% a sus clientes. Cent¨¦simas m¨¢s, cent¨¦simas menos, son millones de pesos que pueden o no cobrar las administradoras a los empleados de M¨¦xico. ¡°La pol¨¦mica del tope de las comisiones de alguna forma coarta la libertad de negocio y la libertad de competencia en el sector¡±, reflexiona en entrevista Mois¨¦s P¨¦rez Pe?aloza, jefe de retiro de la firma Aon en Latinoam¨¦rica. ¡°Sin embargo, hoy en d¨ªa no creo que sea un tema que vaya a tener de alguna forma prosperidad en cuanto a los amparos y la liberaci¨®n del tope¡±, puntualiza.
Para Ricardo Vel¨¢zquez Luna, director general de la firma Asesores Patrimoniales, la regulaci¨®n establecida por el Gobierno mexicano no es la correcta. ¡°Si al trabajador le dices que tu Afore te va a cobrar menos, te van a aplaudir, pero no es por ah¨ª¡±, dice. ¡°Deber¨ªa m¨¢s bien regularse el que la administradora te deje m¨¢s rendimiento, que hagan inversiones m¨¢s inteligentes¡±, comenta.
Todo depende de c¨®mo se administren los ahorros de los trabajadores. Seg¨²n la Consar, hasta octubre de 2023, el rendimiento real que dan las Afores en promedio es de 4,45%, apenas por encima del dato de la inflaci¨®n registrada en el mismo periodo, que fue de 4,26%. ¡°Si la Afore aprovecha sus recursos para hacer mejor gesti¨®n de inversi¨®n, pudiera tener mayor rendimiento en beneficio de los trabajadores¡±, concluye Vel¨¢zquez Luna.
El proceso de amparo que ha emitido Afore SURA, Coppel, Principal y Azteca en contra del tope establecido por el Gobierno de M¨¦xico continuar¨¢ en la Suprema Corte de Justicia de la Naci¨®n, donde la Segunda Sala ser¨¢ la encargada de determinar si este l¨ªmite es o no, constitucional, durante el primer trimestre de 2024.
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