Justicia y violencia sexual
La perspectiva de g¨¦nero sigue siendo insuficiente en los casos de violencia machista
En las ¨²ltimas semanas, las sentencias de conformidad han llegado al debate p¨²blico a ra¨ªz del caso de violaci¨®n de dos polic¨ªas municipales a una mujer de 18 a?os en Estepona (M¨¢laga) y de una jornalera en la localidad murciana de Archena. Estos acuerdos entre la Fiscal¨ªa, la defensa y la acusaci¨®n son frecuentes en la mayor¨ªa de delitos. Lo que resulta menos habitual es conocer esos pactos en relaci¨®n con la violencia machista (el pasado a?o supusieron un 38% de las sentencias dictadas en este ¨¢mbito, 12.179). Menos a¨²n en casos de violencia sexual, sobre la que no existen datos oficiales, aunque varios estudios apuntan a entre un 7% y un 14%.
El acuerdo entre el acusado, la Fiscal¨ªa y la acusaci¨®n parte del reconocimiento de los hechos y la aceptaci¨®n de una pena que tiende a ser m¨¢s baja de la que se derivar¨ªa de un juicio. Las rebajas pueden llegar a ser tan acusadas como la del caso de Estepona, que pas¨® de una petici¨®n inicial de la acusaci¨®n particular y la Fiscal¨ªa de 30 a?os de c¨¢rcel a un acuerdo final por dos, sin ingreso en prisi¨®n y una compensaci¨®n econ¨®mica (inusualmente alta) de 80.000 euros, que pagaron los padres de los agresores.
La alarma social est¨¢ justificada. La pregunta leg¨ªtima que suscitan este tipo de casos trasciende la particularidad de un acuerdo negociado y remite a las causas de que se produzcan. El miedo a la revictimizaci¨®n durante el proceso penal es una de esas causas cruciales que las instituciones deber¨ªan prever con el fin de asegurar la confianza de las mujeres en los operadores policiales, sanitarios y jur¨ªdicos. Los procesos judiciales suelen ser largos y a menudo muy dolorosos para las v¨ªctimas. El miedo a una exposici¨®n medi¨¢tica del propio caso, la voluntad de evitar la evocaci¨®n de los hechos juzgados y la necesidad de terminar con el infierno del proceso penal mismo acaban haciendo preferible un acuerdo.
La formaci¨®n y educaci¨®n especializada del sistema judicial en este ¨¢mbito es determinante para conseguir una reducci¨®n de plazos en los juicios, y a la vez evitar que las mujeres tengan que volver a contar una y otra vez lo que les sucedi¨®. Tambi¨¦n est¨¢ justificada la petici¨®n de especialistas en esta ¨¢rea de que los delitos sexuales sean llevados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, que ahora mismo se ocupan de ellos exclusivamente en el ¨¢mbito de la violencia machista. Existe un amplio acuerdo en que el mejor aval es la prueba preconstituida ¡ªla grabaci¨®n al inicio de la investigaci¨®n del testimonio de la v¨ªctima para que sirva a lo largo de todo el proceso¡ª. Ya opera para los menores de 14 a?os pero a¨²n no lo hace de forma amplia y extendida para los delitos relacionados con la violencia machista. La introducci¨®n de la perspectiva de g¨¦nero en las instancias judiciales no est¨¢ en pa?ales en Espa?a pero todav¨ªa queda un largo camino por recorrer para que la justicia no acabe siendo un acuerdo demasiadas veces dictado por el miedo o la angustia a la revictimizaci¨®n.
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