Fin de un agravio
El reconocimiento de los derechos laborales a las empleadas del hogar corrige una discriminaci¨®n hist¨®rica injustificable
El cambio legislativo reci¨¦n aprobado por el Consejo de Ministros va a transformar la vida de un buen n¨²mero de trabajadoras. Las empleadas del hogar dejar¨¢n de ser el ¨²nico colectivo de asalariados que tiene prohibido cotizar por la prestaci¨®n y subsidio de desempleo. La nueva normativa permitir¨¢ que cobren el paro cuando pierdan su trabajo y poner fin as¨ª a una discriminaci¨®n hist¨®rica en la legislaci¨®n espa?ola, censurada incluso por la justicia europea. A partir de ahora, las m¨¢s de 370.000 trabajadoras del hogar registradas como tales en Espa?a disfrutar¨¢n de sus derechos en un entorno laboral tan particular como es el dom¨¦stico. La trascendencia social de la medida es enorme, pues afecta a un colectivo numeroso que concentra factores de vulnerabilidad muy evidentes. Est¨¢ fuertemente atomizado, carece de una cualificaci¨®n reglada, es abrumadora la mayor¨ªa de mujeres (alrededor del 95%), casi la mitad de origen inmigrante, y a menudo en una edad en la que ya no es f¨¢cil reciclarse o abordar otras alternativas profesionales.
Tras el Consejo de Ministros que aprob¨® los cambios legislativos, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda D¨ªaz, afirm¨® que es la iniciativa ¡°m¨¢s importante¡± puesta en marcha por su departamento en lo que va de legislatura. Con ella termina un agravio comparativo con el resto de los trabajadores y elimina tambi¨¦n la figura del despido por desistimiento, por el que estas profesionales pod¨ªan ser despedidas sin que se alegara una causa concreta, con una indemnizaci¨®n m¨¢xima de 12 d¨ªas por a?o trabajado y un tope de seis mensualidades. Ahora, cualquier despido no justificado tendr¨¢ condici¨®n de improcedente y la indemnizaci¨®n se elevar¨¢ a 33 d¨ªas, como la de cualquier otro asalariado. Dado el car¨¢cter especial de la relaci¨®n laboral de las empleadas del hogar, los cambios tambi¨¦n establecen tres casos particulares de despido por el que las familias pueden poner fin a la relaci¨®n laboral con una compensaci¨®n de 20 d¨ªas por a?o trabajado. La iniciativa no tiene car¨¢cter retroactivo, por lo que los derechos no se generar¨¢n, como sucede con el resto de trabajadores, hasta que se cumpla un a?o de cotizaci¨®n, aunque empiecen a contar desde este octubre. Eso supone que las trayectorias laborales de estas trabajadoras no ser¨¢n tenidas en cuenta en el futuro.
Pese a la evidente mejora de las condiciones reci¨¦n aprobadas, la situaci¨®n del colectivo sigue exigiendo una atenci¨®n especial por parte de las autoridades, ya que est¨¢ muy afectada por el fraude, los abusos y la econom¨ªa sumergida. Los sindicatos denuncian que alrededor de 200.000 trabajadoras m¨¢s se encuentran en situaci¨®n irregular o sin contrato formal, una cifra que confirma el cruce de datos entre la Seguridad Social y la encuesta de poblaci¨®n activa. Es, por tanto, prioritario poner el foco en la regularizaci¨®n de estas trabajadoras como paso fundamental para generar derechos. Habr¨¢ que evaluar en los pr¨®ximos meses si las bonificaciones aprobadas para el pago correspondiente de las cuotas a la Seguridad Social para este nuevo derecho consiguen su prop¨®sito o son necesarias nuevas medidas por parte de la Administraci¨®n. El objetivo ha de ser necesariamente que los intereses de las familias empleadoras no vuelvan a conducir al desamparo laboral y social en que ha tenido que sobrevivir este colectivo. Llega tarde, con alg¨²n punto mejorable, pero es una legislaci¨®n que dignifica a la democracia.
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