Sedicentes delitos contra el orden p¨²blico
Sustituir el delito de sedici¨®n por una reforma parcial del ya existente delito agravado de des¨®rdenes p¨²blicos supone tomar la senda equivocada a la hora de afrontar la necesaria actualizaci¨®n de los preceptos penales que protegen de manera directa nuestro ordenamiento constitucional
Hay tres pilares imprescindibles para lograr una sociedad pac¨ªfica, ordenada y que permita desarrollar los planes vitales libremente escogidos por sus ciudadanos, el econ¨®mico, el jur¨ªdico y el cultural. A este fin, el pilar jur¨ªdico de nuestra sociedad experiment¨® una profunda renovaci¨®n desde los comienzos de nuestra democracia, con un papel sobresaliente de la constituci¨®n. Se opt¨® por constituir un potente Estado social y democr¨¢tico de derecho, que mediante la promoci¨®n de la libertad e igualdad formales y reales de todos los ciudadanos aspira a posibilitar los objetivos anteriores.
Dentro del derecho, el penal tiene un papel significativo, no por azar se le ha denominado la Constituci¨®n en negativo. Se ocupa de intervenir frente a los atentados m¨¢s graves y que m¨¢s r¨¢pidamente pueden acabar con nuestro sistema democr¨¢tico de convivencia y libertades.
Sin embargo, desde comienzos del siglo XXI este derecho penal propio de un Estado de derecho no ha dejado de sufrir reformas, alrededor de 50 en menos de 25 a?os. Un n¨²mero importante de ellas han estado condicionadas por el populismo, el rigorismo penal o intereses pol¨ªticos coyunturales. Y casi todas ellas han padecido defectos t¨¦cnicos de gran importancia. Los dos partidos pol¨ªticos mayoritarios se han aplicado a esa tarea, dirigida en casi todos los casos por un Ejecutivo que controla f¨¦rreamente a un poder Legislativo, al que cada vez cuesta m¨¢s verlo como uno de los tres poderes independientes del Estado. El paso de los a?os est¨¢ mostrando que ese activismo penal est¨¢ socavando los fundamentos de nuestro Estado de derecho.
No me voy a ocupar de la contribuci¨®n del partido conservador a esa deriva, que ¨¦l inici¨® con las reformas de 2003, no contradichas luego por la mayor¨ªa socialista. Su empecinada decisi¨®n de no facilitar la renovaci¨®n del Consejo General del Poder Judicial es la ¨²ltima muestra de su falta de respeto al Estado de derecho.
Me centrar¨¦ en la reciente decisi¨®n del Partido Socialista y sus aliados de sustituir el delito de sedici¨®n por una reforma parcial del ya existente delito agravado de des¨®rdenes p¨²blicos. A mi juicio, supone tomar la senda equivocada a la hora de afrontar la necesaria actualizaci¨®n de los preceptos penales que protegen de manera directa nuestro ordenamiento constitucional.
El delito de sedici¨®n se ha tenido que emplear recientemente, pese a ser un mero delito contra el orden p¨²blico, para confrontar ataques de entidad a nuestro sistema pol¨ªtico porque carec¨ªamos de una regulaci¨®n adecuada, homologable a otros pa¨ªses de nuestro entorno, de los delitos contra el ordenamiento constitucional. En efecto, esa regulaci¨®n se agota en un anticuado y tosco delito de rebeli¨®n, que no aborda correctamente los m¨¢s sofisticados ataques, propios de nuestros d¨ªas, al Estado constitucional democr¨¢tico. El problema a solucionar es, por consiguiente, una nueva reformulaci¨®n de esos delitos contra la Constituci¨®n, de modo que distingan entre conductas de diversa gravedad, con penas tambi¨¦n diferenciadas, para que en su conjunto garanticen una adecuada protecci¨®n de nuestro orden constitucional.
Logrado esto, se puede derogar sin m¨¢s el delito de sedici¨®n. Este no tiene papel alguno que desempe?ar entre los delitos contra el orden p¨²blico. Sin perjuicio de las posibles mejoras de la regulaci¨®n de estos, algunas de las cuales se contienen en la proposici¨®n de ley presentada, el orden p¨²blico est¨¢ ya bien defendido con el resto de los preceptos ahora vigentes.
El poder Ejecutivo-Legislativo ha decidido, sin embargo, persistir en el error. Sigue pensando, o aparentando pensar, que los sucesos de 2017 fueron simplemente un problema de des¨®rdenes en espacios p¨²blicos. En consecuencia, deroga el delito de sedici¨®n y se conforma con mejorar el tipo agravado de des¨®rdenes p¨²blicos vigente, cuando lo que necesitamos no es proteger mejor el orden p¨²blico sino el orden constitucional. Las razones coyunturales de todo eso ya las conocemos y no merece la pena insistir en ellas.
Esas mismas razones han introducido en el debate pol¨ªtico la posible modificaci¨®n del delito de malversaci¨®n. Habr¨ªa que recordar, primero, que frente a lo que generalmente se piensa, la corrupci¨®n pol¨ªtica se est¨¢ persiguiendo razonablemente bien en nuestro pa¨ªs, como lo muestran los repetidos procesos que afectan a los dos partidos mayoritarios que se han ido sustanciando en d¨¦cadas recientes. Disponemos de una polic¨ªa y una jurisdicci¨®n que, pese a ser materia tan sensible, ha conseguido evitar en gran medida las presiones de los grupos pol¨ªticos interesados.
Las propuestas de modificaci¨®n del delito de malversaci¨®n que se est¨¢n escuchando estos d¨ªas, y a salvo su concreto encaje en los preceptos existentes, parecen enfocarse en que la ausencia de ¨¢nimo de lucro personal del delincuente convierte la conducta en no delictiva o, al menos, en digna de menor pena. Sin embargo, es obvio que muchos pol¨ªticos, cuando se corrompen, no se mueven por el ¨¢nimo de enriquecimiento personal. Hay otros m¨®viles de su comportamiento, con frecuencia m¨¢s poderosos, como el incremento de poder, la obtenci¨®n de un mayor reconocimiento social, la promoci¨®n de determinados ideales pol¨ªticos, o incluso recompensas econ¨®micas diferidas, que pueden ser, y de hecho son, m¨¢s importantes que el de incrementar sus cuentas corrientes. Y no se alcanza a comprender en qu¨¦ var¨ªa la gravedad de su comportamiento de saqueo de los fondos p¨²blicos el que ellos mismos no se quieran enriquecer. El da?o al patrimonio p¨²blico es el mismo.
Si se aceptara esa restricci¨®n de los delitos de malversaci¨®n, t¨¦cnicamente mejorados en 2015, se producir¨ªa un importante retroceso en la lucha contra la corrupci¨®n pol¨ªtica en nuestro pa¨ªs. Algo en extremo preocupante cuando estamos ante conductas con un potencial desestabilizador de nuestra democracia que huelga recordarlo de nuevo.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.