Reforma de la sedici¨®n
La propuesta del Gobierno de actualizar el C¨®digo Penal rebela a la derecha espa?ola y al independentismo irredento
El registro el pasado viernes en el Congreso de la proposici¨®n de ley conjunta de PSOE y Unidas Podemos para derogar el delito de sedici¨®n y reformar el de des¨®rdenes p¨²blicos culmina los sucesivos anuncios de Pedro S¨¢nchez en relaci¨®n con ese tipo penal. De acuerdo con la propuesta, desaparece el delito de sedici¨®n y en su lugar se modificar¨¢ el de des¨®rdenes p¨²blicos para castigar a quienes atenten gravemente contra el orden p¨²blico con ¡°violencia o intimidaci¨®n¡±. Las penas ir¨ªan de tres a cinco a?os de c¨¢rcel en su modalidad agravada ¡ªdiez menos que la actual pena de sedici¨®n¡ª y si el delito lo comete una autoridad, la pena de inhabilitaci¨®n ser¨ªa de entre seis y ocho a?os.
El Gobierno cumple un compromiso del presidente y defiende que se trata de un tipo penal anacr¨®nico en el c¨®digo vigente de 1995 pero tipificado en 1848. Ahora se busca conciliar su redacci¨®n y las penas con las condiciones democr¨¢ticas del presente y con la legislaci¨®n europea, muy variada, y con la que han chocado varias euro¨®rdenes para la entrega de independentistas fugados. La realidad y la mayor¨ªa de los expertos abundan desde hace tiempo en la necesidad de reformar este delito. La desaparici¨®n de la sedici¨®n no deja vac¨ªa la tipificaci¨®n de los comportamientos contra la Constituci¨®n: los violentos los recoge el delito de rebeli¨®n; para los no violentos, adem¨¢s de los que estipule la redacci¨®n agravada del nuevo art¨ªculo, est¨¢ el 506 del C¨®digo Penal sobre usurpaci¨®n de atribuciones por parte de alguna autoridad sobre materia reservada al Estado. Tambi¨¦n habr¨¢ que comprobar que la reforma no tenga efectos indeseables sobre eventuales castigos a protestas sociales en la calle.
La reforma tiene implicaciones pol¨ªticas m¨²ltiples y evidentes puesto que afecta especialmente a un socio de legislatura del Gobierno como es Esquerra Republicana. La actualizaci¨®n del tipo penal beneficia a los independentistas condenados por el Tribunal Supremo e indultados por el Gobierno (indultados de la pena de c¨¢rcel, pero no de la inhabilitaci¨®n) y favorece las condiciones del regreso de los huidos, incluido Carles Puigdemont, sin eximirles de dar cuentas ante la justicia. La aprobaci¨®n de la reforma abrir¨ªa tambi¨¦n la puerta al regreso a la actividad pol¨ªtica de Oriol Junqueras, de ERC, o Jordi Turull, de Junts, al ver extinguida su inhabilitaci¨®n en un plazo m¨¢s breve (aunque no la inhabilitaci¨®n asociada al delito de malversaci¨®n).
El significado para Catalu?a es relevante. Propicia el asentamiento de la negociaci¨®n pol¨ªtica como instrumento para dirimir los conflictos institucionales y consolida el nuevo paradigma que abrieron los indultos en el que socialistas y los comunes refuerzan el espacio de la negociaci¨®n pol¨ªtica con ERC a la vez que desplazan al independentismo irredento de Junts fuera de la centralidad. El independentismo que llev¨® a su comunidad al abismo en 2017, roto pol¨ªticamente, se rompe de nuevo sobre esta reforma.
M¨¢s discutible es la decisi¨®n del Gobierno de elegir la v¨ªa r¨¢pida para su tramitaci¨®n, como proposici¨®n de ley de los dos partidos de la coalici¨®n, en lugar de hacerlo como proyecto de ley del Ejecutivo, lo que hubiera obligado a solicitar los informes no vinculantes del Consejo de Estado y de un Consejo General del Poder Judicial con su legitimidad hundida por llevar cuatro a?os caducado. Aunque este ¨²ltimo es un argumento de peso no mitiga la sospecha de que el Gobierno tiene prisa y sacrifica un debate m¨¢s amplio para alejarlo de las campa?as electorales del a?o pr¨®ximo. La oposici¨®n, legitimada para discrepar, ha reaccionado contra la reforma con el list¨®n de las hip¨¦rboles tan alto y tan gastado que es imposible discernir ya si esta ¡°traici¨®n¡± a Espa?a del Gobierno es mayor o menor que cualquiera de las que sentencia cada d¨ªa a prop¨®sito de muchos otros asuntos.
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