Europa frente a la violencia machista
La nueva ley aprobada en Bruselas es un salto adelante pero demuestra resistencias en el tratamiento de las agresiones sexuales
La primera gran ley europea contra la violencia machista no incluir¨¢ el delito de violaci¨®n, que es una de las agresiones m¨¢s graves que pueden sufrir las mujeres. Este contrasentido se produce por la falta de consenso en la definici¨®n jur¨ªdica de violaci¨®n. El borrador, que segu¨ªa el criterio acordado en la Comisi¨®n Europea y en la Euroc¨¢mara, propon¨ªa basar este delito en la ausencia de consentimiento, es decir, que ser¨ªa violaci¨®n toda relaci¨®n sexual no consentida, sin necesidad de que las v¨ªctimas tuvieran que aportar pruebas de que hubiera mediado fuerza, amenaza o intimidaci¨®n. El borrador fue presentado por la Comisi¨®n en marzo de 2022 y desde entonces ha sido objeto de un intenso debate, al oponerse varios pa¨ªses a la definici¨®n propuesta, que es novedosa, pero que ya se ha adoptado en la legislaci¨®n interior de varios pa¨ªses, entre ellos Espa?a.
En la negociaci¨®n, 14 pa¨ªses miembros se opusieron a esa definici¨®n. En algunos casos, como Hungr¨ªa o Polonia, por razones ideol¨®gicas: estaban en contra de que el consentimiento fuera la base del tipo penal de la violaci¨®n. Otros se han opuesto a una definici¨®n com¨²n, alegando que es una competencia de la legislaci¨®n penal de cada pa¨ªs. Es el caso de Alemania y Francia, que han sido muy criticados por su posici¨®n de bloqueo. El voto favorable de cualquiera de ellos hubiera bastado para alcanzar la mayor¨ªa cualificada de 15 Estados miembros ¡ªel 65% de la poblaci¨®n de la UE¡ª, que permit¨ªa que el proyecto prosperara.
No ha sido as¨ª y la tramitaci¨®n ha dejado un sabor agridulce porque la nueva ley supone un salto adelante en la lucha contra la violencia machista, pero demuestra que las resistencias a un cambio de mentalidad en el tratamiento de las agresiones sexuales siguen siendo importantes. El resultado es especialmente incongruente con el hecho de que la mayor¨ªa de los Estados miembros de la UE han suscrito el Convenio de Estambul, que centra la definici¨®n de violaci¨®n en la ausencia de consentimiento.
Con todo hay que poner en valor que la nueva normativa, aunque incompleta en relaci¨®n a las expectativas iniciales, haya salido adelante porque unifica y penaliza otras formas de violencia contra las mujeres como el matrimonio forzado, la mutilaci¨®n genital o la ciberviolencia ¡ªel hostigamiento o el acoso sexual a trav¨¦s de medios digitales¡ª. La ley, que debe pasar el filtro final de la Euroc¨¢mara y el Consejo Europeo, permitir¨¢ homologar y unificar la lucha contra la violencia machista en la Uni¨®n, donde ahora conviven legislaciones y recursos p¨²blicos muy dispares.
Se entiende la decepci¨®n de los diputados, diputadas y partidos que han promovido la redacci¨®n inicial, pero este rev¨¦s solo indica que todav¨ªa habr¨¢ que seguir dedicando grandes esfuerzos a cambiar el marco conceptual sobre la violencia contra las mujeres. Por eso es importante que en el ¨²ltimo momento se incluyera una cl¨¢usula de revisi¨®n al cabo de cinco a?os.
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