?Una prevaricaci¨®n a medida?
En casos anteriores que no eran de terrorismo se produjeron escuchas y ning¨²n juez fue procesado
Los abogados defensores de los principales cabecillas de la trama G¨¹rtel han acusado al juez Garz¨®n de ¡°una prevaricaci¨®n clamorosa¡± al haber ordenado las escuchas de sus conversaciones en prisi¨®n para perseguir un delito de blanqueo de dinero.
El magistrado bas¨® su decisi¨®n en el art¨ªculo 51.2 de la Ley General Penitenciaria que permite la intervenci¨®n de las comunicaciones de los presos ¡°por orden de la autoridad judicial y en supuestos de terrorismo¡±. La norma facultaba inicialmente a los directores de prisiones para que pudieran interceptar las conversaciones de los presos en los casos de terrorismo, mientras que para los dem¨¢s delitos ten¨ªan que pedir autorizaci¨®n judicial.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional, en el caso del abogado de etarras Txemi Gorostiza interpret¨® que los directores de prisiones no pod¨ªan ordenar escuchas en prisi¨®n y que estas solo podr¨ªan realizarse en casos de terrorismo por orden de la autoridad judicial.
Por eso, los abogados de la acusaci¨®n, en la l¨ªnea marcada por el juez instructor Alberto Jorge Barreiro, se?alan que el precepto solo puede amparar la medida en casos de terrorismo, pero nunca en la prevenci¨®n o investigaci¨®n de otro tipo de delitos.
La prevaricaci¨®n (dictar a sabiendas resoluci¨®n injusta), seg¨²n la doctrina del Supremo, se produce cuando la resoluci¨®n adoptada no cabe en ninguna de las interpretaciones jur¨ªdicamente defendibles, es decir, que sea il¨®gica o extravagante.
Si el precepto solo es aplicable a casos de terrorismo, como defienden con pasi¨®n las acusaciones, su aplicaci¨®n ser¨ªa manifiestamente ilegal.
Sin embargo, la fiscal Pilar Valc¨¢rcel, en una brillante intervenci¨®n, abri¨® la lata de las dudas. Resulta que el juez de Sevilla que investig¨® el asesinato de la joven Marta del Castillo hab¨ªa ordenado en su momento la intervenci¨®n de todas las comunicaciones entre los supuestos autores del crimen para tratar de averiguar el paradero del cuerpo de la muchacha. Es evidente que el asesinato es un delito grave, pero no se trata de terrorismo y la medida ni siquiera trataba de prevenir una nueva acci¨®n delictiva.
La fiscal record¨® tambi¨¦n que un juez de Madrid acord¨® las escuchas en prisi¨®n de todas las comunicaciones del abogado gallego Pablo Vioque, ya fallecido, que por aquellas fechas pag¨® 10.000 euros al narcotraficante Fredy Tratales para que contratase a unos sicarios que asesinaran al entonces fiscal jefe antidroga Javier Zaragoza. Una abogada contactaba en prisi¨®n con Vioque. En ese caso s¨ª se trataba de prevenir un crimen, pero tampoco se trataba de un delito de terrorismo, por lo que el art¨ªculo 51.2 de la Ley General Penitenciaria tampoco hubiera amparado la medida.
?Eran prevaricadoras las escuchas acordadas por esos jueces o cabe alguna interpretaci¨®n en derecho para ellas? Porque esos magistrados nunca fueron perseguidos. A la vista de eso, ?es el caso Garz¨®n una prevaricaci¨®n a medida?
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