El condenado a prisi¨®n permanente podr¨¢ lograr la semilibertad a los 15 a?os
La concesi¨®n del tercer grado en ese caso requerir¨¢ la autorizaci¨®n del tribunal El juez dar¨¢ permisos en cualquier momento a enfermos muy graves El comportamiento del preso se revisar¨¢ despu¨¦s de cumplir 25 o 30 a?os
La prisi¨®n permanente revisable ¡ªsimilar a una cadena perpetua pero reversible si el penado demuestra estar reinsertado¡ª es, entre las novedades que Alberto Ruiz-Gallard¨®n anunci¨® hace un mes cuando present¨® el borrador del C¨®digo Penal, la que ha dado una mayor p¨¢tina de dureza a la reforma. Pero, en la pr¨¢ctica, podr¨ªa no ser la m¨¢s dura de todas. Hay varios elementos que podr¨ªan convertir en excepcionales los casos de presos que pasen en la c¨¢rcel mucho m¨¢s de lo que pasan ahora los autores de los delitos m¨¢s graves, que ya es mucho: 30 o 40 a?os, en funci¨®n de los casos.
El Ministerio de Justiciaya hab¨ªa explicado que la pena de prisi¨®n permanente ¡ªaplicada a delitos de homicidio terrorista, asesinatos de menores de 16 a?os, de discapacitados o con componente sexual, asesinatos m¨²ltiples, o cometidos por organizaciones criminales¡ª se revisar¨¢ a partir de los 25 o 30 a?os (dependiendo de la gravedad del delito y de si son uno o varios). En ese momento, un tribunal analizar¨¢ el comportamiento del preso y su pron¨®stico de reinserci¨®n y decidir¨¢ si le concede la libertad condicional.
Pero en el articulado del anteproyecto dado este jueves se dice adem¨¢s que el condenado a prisi¨®n permanente revisable podr¨¢ acceder al tercer grado ¡ªuna semilibertad que permite salir de prisi¨®n y volver a la c¨¢rcel a dormir¡ª cuando lleve ¡°20 a?os de prisi¨®n efectiva¡± en el caso de los delitos de terrorismo (o hasta 30 a?os si concurren varios) o ¡°15 a?os de prisi¨®n efectiva¡± en el resto (hasta 22 a?os si concurren varios). Y podr¨¢ disfrutar de permisos puntuales a partir de los ocho o 12 a?os (tambi¨¦n en funci¨®n del delito y de si son uno o varios), aunque fuentes de Justicia auguran que ser¨¢n excepcionales. El tercer grado para presos condenados a prisi¨®n permanente deber¨¢ autorizarlo, eso s¨ª, el tribunal sentenciador, no solo Instituciones Penitenciarias.
¡°En todo caso¡±, a?ade el art¨ªculo 36, ¡°podr¨¢ acordarse la progresi¨®n a tercer grado por motivos humanitarios y de dignidad personal, valorando especialmente su dificultad para delinquir y escasa peligrosidad, en el caso de penados enfermos muy graves con padecimientos incurables¡±.
Junto a la prisi¨®n permanente revisable, la otra figura nueva que anunci¨® Gallard¨®n hace un mes es la custodia de seguridad, que no es una pena sino una ¡°medida de seguridad¡± ¡ªestablecida por el juez en el mismo acto de dictar sentencia¡ª pero que, en la pr¨¢ctica, implica a?adir hasta 10 a?os m¨¢s de prisi¨®n a un preso que haya cumplido ya su condena. Se aplicar¨¢ cuando el tribunal sentenciador crea que hay ¡°especial peligrosidad¡±. Y podr¨¢ revocarse si desaparece esa peligrosidad. Est¨¢ pensada para delitos ¡°de especial gravedad¡±: asesinatos, homicidios, secuestros, agresiones sexuales, delitos con violencia, terrorismo o tr¨¢fico de drogas.
Tambi¨¦n contribuye a endurecer el C¨®digo Penal ¡ªque ya es uno de los m¨¢s duros de Europa¡ª la extensi¨®n de la ¡°libertad vigilada¡±, una medida que cre¨® el Gobierno socialista en 2010 para delitos sexuales y de terrorismo, y que ahora se ampliar¨¢ a robos o delitos violentos. Los autores de esos delitos a los que se aplique la medida, una vez cumplan su pena y abandonen la prisi¨®n, podr¨¢n ser sometidos a vigilancia durante diez a?os, por ejemplo con dispositivos electr¨®nicos.
La ¡°detenci¨®n ilegal con desaparici¨®n de la v¨ªctima¡± ser¨¢ equiparada al homicidio (con c¨¢rcel de 10 a 15 a?os) cuando el autor no diga qu¨¦ hizo con la v¨ªctima. Una medida que Gallard¨®n relacion¨® hace un mes ¡ªsin citar¡ª con casos recientes como el de los ni?os Ruth y Jos¨¦ Bret¨®n Ortiz.
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