Seis vocales del PP en el Poder Judicial proponen que haya consejos auton¨®micos
El Poder Judicial introduce en su informe una propuesta favorable a la creaci¨®n de consejos auton¨®micos de justicia. La idea fue de los vocales Ram¨®n Camps y Carles Cruz
El pleno del Consejo General del Poder Judicial? ha aprobado, con 15 votos a favor, cinco en contra y una abstenci¨®n, un texto que defiende que carece de encaje constitucional el anteproyecto de ley que reforma la estructura y funcionamiento del propio Consejo. El texto finalmente aprobado propone al Gobierno, adem¨¢s, la creaci¨®n de consejos judiciales de ¨¢mbito auton¨®mico.
La creaci¨®n de estos miniconsejos fue avalada por una parte de los vocales propuestos por el PSOE, los dos de CiU y PNV, y, curiosamente tambi¨¦n, por seis de los nueve consejeros propuestos por el PP y adscritos todos ellos, salvo uno, a la conservadora Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura (APM). Estos vocales conservadores (Manuel Almenar, P¨ªo Aguirre, Gemma Gallego, Miguel Collado, Antonio Monserrat y Claro Jos¨¦ Fern¨¢ndez Carnicero, ¨¦ste ¨²ltimo no pertenece a la AMP) se?alaron que en los pr¨®ximos d¨ªas har¨¢n un escrito explicando que, aunque han aprobado el citado texto, en realidad no apoyan la creaci¨®n de lo miniconsejos. Tal? contradicci¨®n se explica en el hecho de que el texto que considera inconstitucional el anteproyecto del Gobierno no habr¨ªa salido adelante si ellos no lo hubiesen votado el a?adido de los consejos judiciales auton¨®micos, propuesto por los consejeros Carles Cruz y Ram¨®n Camps. En contra del texto votaron el vicepresidente Fernando de Rosa y el vocal Antonio Dorado (considerados ambos pr¨®ximos al ministro Alberto Ruiz Gallard¨®n), la portavoz Gabriela Bravo y los vocales Jos¨¦ Manuel G¨®mez Ben¨ªtez y Almudena Lastra. Se abstuvo la conservadora Concepci¨®n Espejel.
El pleno del Consejo aval¨®, pues, con las citadas matizaciones, el informe que emiti¨® hace siete d¨ªas su Comisi¨®n de Estudios y que considera inconstitucional el anteproyecto de Ruiz Gallard¨®n, puesto que implica una reducci¨®n sustancial del n¨²mero de vocales con dedicaci¨®n exclusiva (es decir, dejar los 21 actuales en seis o siete, m¨¢s el presidente), entre otro cambios de gran calado en el funcionamiento y estructura del Poder Judicial. La Comisi¨®n de Estudios del Consejo, por unanimidad, se mostr¨® muy cr¨ªtica con la reforma de Ruiz Gallard¨®n al entender que supone, entre otras tachas, una subordinaci¨®n del Poder Judicial al Ejecutivo.
El informe del Consejo no es vinculante para el Gobierno. Este es el segundo anteproyecto legal del Gobierno cuya constitucionalidad cuestiona el Consejo, que tambi¨¦n rechaz¨®, en un anterior pleno, determinados aspectos de la reforma del C¨®digo Penal. Por ejemplo, la prisi¨®n permanente revisables y la libertad vigilada tras el cumplimiento de determinadas condenas por delitos muy graves.
El pleno del Consejo rechaz¨® al inicio de su sesi¨®n (con dos votos en contra en uno de los casos y cuatro y dos abstenciones en el otro) los dos textos alternativos que s¨ª apoyaban la constitucionalidad de la citada reforma del Consejo. Uno de esos textos pertenece al vicepresidente de la instituci¨®n, Fernando de Rosa, y al vocal Antonio Dorado. El otro, al vocal Jos¨¦ Manuel G¨®mez Ben¨ªtez, que dispuso de la adhesi¨®n al mismo de la portavoz, Gabriela Bravo.
El texto suscrito por el vicepresidente De Rosa y por el vocal Dorado sostiene la constitucionalidad de la reforma y consideran que el Gobierno tiene potestad para modificar el modelo de estructura y funcionamiento del Poder Judicial sin que ello implique vulnerar la Constituci¨®n ni incida en la independencia de los jueces. En t¨¦rminos parecidos era el texto de G¨®mez Ben¨ªtez.
De Rosa y Dorado consideran que la reforma respeta los l¨ªmites constitucionales y se?alan en su texto alternativo que el Ejecutivo puede reformar el Consejo de acuerdo ¡°con la l¨ªnea pol¨ªtica que en cada momento decida¡±, y que entre las facultades del Poder Judicial no est¨¢ la de ¡°suplantar la voluntad proveniente de otro poder del Estado, utilizando para ello la potestad que se le confiere para informar los anteproyectos¡±.
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