La fiscal¨ªa no ve necesario detener a los reclamados por cr¨ªmenes del franquismo
Interior confirma que las ¨®rdenes de arresto pedidas por la juez Servini ya han llegado a Espa?a
![Fernando J. P¨¦rez](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/https%3A%2F%2Fs3.amazonaws.com%2Farc-authors%2Fprisa%2F63c76102-b506-49c3-9d55-996d3913fb4f.jpg?auth=f89e780cc248a9c413ea877fb3a202139132cbe98bfd1b3363e63d4bec357309&width=100&height=100&smart=true)
![Represaliados del franquismo, en noviembre de 2012, tras entregar en la embajada argentina m¨¢s de 2.000 testimonios de apoyo a la querella.](https://imagenes.elpais.com/resizer/v2/Q2KHSZQ6EJSXGBLMRXRVN5JZRQ.jpg?auth=b7c8f53eef56d585fdc5c161f8c000527498a19deeaf2dd6455d758a42052653&width=414)
El arresto y extradici¨®n de los cuatro exagentes de polic¨ªa franquista reclamados por Argentina por torturas, homicidio agravado y sustracci¨®n de menores se encontr¨® ayer con su primer escollo en Espa?a. La Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional consider¨® ¡°innecesaria¡± la detenci¨®n de los acusados, que hab¨ªa sido cursada por la juez argentina Mar¨ªa Servini a trav¨¦s de Interpol el pasado 18 de septiembre. El ministerio p¨²blico no entra en el fondo del asunto m¨¢s que de refil¨®n ¡ªapunta que los cuatro imputados por Argentina podr¨ªan estar amparados en Espa?a por la Ley de Amnist¨ªa de 1977¡ª y aduce cuestiones formales y de l¨®gica para oponerse al arresto.
La magistrada argentina solicit¨® una orden de detenci¨®n internacional contra el exguardia civil Jes¨²s Mu?ecas Aguilar, el exinspector Jos¨¦ Antonio Gonz¨¢lez Pacheco, al¨ªas Billy El Ni?o, el exescolta de Franco y de la Casa Real Celso Galv¨¢n Abascal y el excomisario Jos¨¦ Ignacio Giralte Gonz¨¢lez. Aunque ni Interpol ni la fiscal¨ªa han realizado la comprobaci¨®n, estos ¨²ltimos dos agentes ya han fallecido, seg¨²n distintas fuentes.
En un escrito dirigido al juez de guardia de la Audiencia Nacional, el fiscal considera que la orden de detenci¨®n redactada por Interpol no se sustenta en un ¡°relato de hechos y circunstancias precisas de tiempo y lugar de comisi¨®n¡± de los delitos. Estas informaciones son exigencias del convenio bilateral de extradici¨®n con Argentina, de 1987, y de la Ley de Extradici¨®n Pasiva, de 1985, que regula la entrega de personas desde Espa?a a terceros pa¨ªses.
Las ¨®rdenes de detenci¨®n difundidas por Interpol se enmarcan de forma gen¨¦rica en la causa criminal que sigue la juez Servini por delitos de genocidio y cr¨ªmenes contra la humanidad cometidos entre el 16 de julio de 1936 ¡ªv¨ªspera del golpe de Estado de Franco contra la Rep¨²blica¡ª y el 15 de junio de 1977, fecha de las primeras elecciones democr¨¢ticas. Sin embargo, las acusaciones a los imputados son muy generales, en algunos casos de apenas dos l¨ªneas.
El segundo argumento que sostiene el fiscal es ¡°la probable concurrencia de una causa de denegaci¨®n¡± de la extradici¨®n. Tanto el convenio bilateral como la Ley de Extradici¨®n proh¨ªben las entregas de detenidos ¡°cuando se haya extinguido la responsabilidad criminal, conforme a la legislaci¨®n espa?ola o la del Estado requirente¡±. Es decir, cuando los hechos por los que son buscados hayan prescrito.
El fiscal considera finalmente que la ¡°detenci¨®n preventiva¡± no es necesaria ¡°habida cuenta de la antig¨¹edad de los hechos¡±.
La causa ha reca¨ªdo en el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, al que la fiscal¨ªa solicita que comunique al Ministerio de Justicia la apertura del expediente de extradici¨®n. El ministerio deber¨¢ solicitar por v¨ªa diplom¨¢tica a Argentina que presente la solicitud de extradici¨®n y la documentaci¨®n necesaria para que el magistrado pueda posteriormente resolver sobre su validez.
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