Espa?a aconfesional y cat¨®lica
Las Cortes de 1978 declararon la libertad religiosa e incluyeron un trato especial a la Iglesia La medida cont¨® con la oposici¨®n socialista y la resignaci¨®n comunista
La Espa?a cat¨®lica que impuso el dictador Francisco Franco por decreto (¡°La religi¨®n cat¨®lica, apost¨®lica, romana sigue siendo la ¨²nica de la Naci¨®n espa?ola y gozar¨¢ de los derechos y de las prerrogativas que le corresponden en conformidad con la Ley Divina y el Derecho Can¨®nico¡±) fue derogada oficialmente en 1978 por el art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n: ¡°Se garantiza la libertad religiosa y de culto. [...] Ninguna confesi¨®n tendr¨¢ car¨¢cter estatal¡±. En la Comisi¨®n Constitucional del Congreso los grupos parlamentarios aprobaron sin debate este principio, que llegaba pactado desde la ponencia por los siete padres de la Constituci¨®n. Los diputados solo se enredaron en el punto tercero del art¨ªculo, que, tras consagrar la libertad religiosa y la aconfesionalidad, garantizaba tambi¨¦n que el Estado cooperar¨ªa ¡°con la Iglesia cat¨®lica¡± ¡ªespec¨ªficamente¡ª ¡°y las dem¨¢s confesiones¡±.
El primer anteproyecto de Constituci¨®n, presentado en enero de 1978, no inclu¨ªa ninguna menci¨®n a la Iglesia cat¨®lica, lo que enfad¨® a las autoridades eclesi¨¢sticas. ¡°Silenciar la realidad social e institucional de la Iglesia cat¨®lica en una Constituci¨®n para Espa?a es una lamentable deficiencia¡±, avis¨® monse?or El¨ªas Yanes, entonces arzobispo de Zaragoza. En mayo de ese a?o, un segundo texto ¡ªel que que discuti¨® la comisi¨®n constitucional¡ª ya correg¨ªa la deficiencia denunciada por el arzobispo e inclu¨ªa la cooperaci¨®n del Estado con la Iglesia.
El IRPF y la asignatura de religi¨®n
Dos elementos muy visibles de la cooperaci¨®n del Estado con la Iglesia son el r¨¦gimen de financiaci¨®n por IRPF y el estatus de la asignatura de religi¨®n en la escuela. Ambos se han mantenido, con cambios, en estos 35 a?os.
La financiaci¨®n p¨²blica a la Iglesia se concret¨® en 1988 en una aportaci¨®n estatal a trav¨¦s de la casilla del IRPF que marcan voluntariamente los contribuyentes cat¨®licos (aunque el dinero sale de la caja com¨²n de los Presupuestos); esa aportaci¨®n era entonces del 0,5%, y se completaba con otra inyecci¨®n directa. En 2008 el PSOE elimin¨® la aportaci¨®n directa pero subi¨® la casilla del IRPF, del 0,5% al 0,7%, de modo que la Iglesia recibi¨® m¨¢s dinero que antes.
La asignatura de Religi¨®n ha tenido dos tratamientos, seg¨²n el signo de los Gobiernos. Siempre ha sido puntuable y ha contado para repetir curso, pero con los Ejecutivos del PSOE ¡ªleyes de 1990 y de 2006¡ª no ten¨ªa asignatura alternativa y no puntuaba para acceder a becas. El Gobierno del PP introdujo en 2002 la asignatura alternativa y estableci¨® que ambas puntuaran para medias y becas (como hab¨ªa ocurrido hasta 1990), pero esa ley no se lleg¨® a aplicar. Ahora la ley Wert ha recuperado esa f¨®rmula.
El Concordato ha estado vigente con Gobiernos de PSOE y de PP. Los socialistas han anunciado este a?o que, cuando vuelvan a gobernar, lo derogar¨¢n.
Una parte de la izquierda defendi¨® en los debates parlamentarios que hab¨ªa que eliminar esa cita porque entend¨ªa que, en el futuro, podr¨ªa obligar a los poderes p¨²blicos a dar un trato de favor a la Iglesia cat¨®lica. Al tiempo que los diputados discut¨ªan ese art¨ªculo 16.3 ¡ªy el 27.3, que garantiza gen¨¦ricamente ¡°el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formaci¨®n religiosa y moral que est¨¦ de acuerdo con sus propias convicciones¡±¡ª, el Gobierno negociaba con la Iglesia la revisi¨®n de los acuerdos firmados por el r¨¦gimen franquista con la Santa Sede. Un mes despu¨¦s de que los espa?oles aprobar¨¢n en refer¨¦ndum la Constituci¨®n, el Ejecutivo firmaba ¡ªen enero de 1979¡ª el nuevo acuerdo, que garantizaba la financiaci¨®n p¨²blica de la Iglesia en Espa?a (del IRPF se detraen m¨¢s de 200 millones al a?o) y la ense?anza de la religi¨®n en las escuelas.
Lo que sigue resume el debate de las Cortes en la primavera de 1978 sobre el estatus de la Iglesia cat¨®lica en la Constituci¨®n.
? Manuel Fraga (AP). ¡°Espa?a es un pa¨ªs cristiano y cat¨®lico. Hay que reconocer a Dios en la Constituci¨®n¡±. ¡°[La Constituci¨®n] contiene, porque lo ten¨ªa que contener, una referencia al hecho indudable, hist¨®rico y sociol¨®gico de que Espa?a es un pa¨ªs cristiano y, dentro de eso, un pa¨ªs cat¨®lico. Los hechos no pueden menos de tener relevancia en Derecho. [...] La Espa?a del Ap¨®stol Santiago, del Pilar, de Montserrat o de la Virgen de los Desamparados, de la Romer¨ªa del Roc¨ªo, de nuestra Semana Santa, o de nuestras viejas romer¨ªas gallegas a San Andr¨¦s de Teixido, donde, como es bien sabido, ¡®O que non vai de vivo vai de morto¡¯, configuran una manera esencial de ser del alma y del cuerpo social de Espa?a. Lo que no puede negarse es que la gran mayor¨ªa de los espa?oles, por encima de sus divisiones pol¨ªticas o sociol¨®gicas, son y se sienten cristianos, y, dentro de esto, cristianos cat¨®licos. [...] ?Vamos a dejar, por falta de cooperaci¨®n, que ese patrimonio art¨ªstico se destruya, o bien siga siendo malbaratado por algunos cl¨¦rigos que no cumplen con su deber respecto de la Iglesia o de la naci¨®n? [...] Para los cristianos, repito, mayor¨ªa de los espa?oles, el Hijo del Hombre es tambi¨¦n Dios, m¨¢s que Se?or del Mundo su Creador y Redentor, superador de todo materialismo y s¨ªmbolo de toda reconciliaci¨®n, vencedor de la muerte y del odio. A Ese queremos tambi¨¦n reconocer en la Constituci¨®n¡±.
? Enrique Bar¨®n (PSOE). ¡°Hay una confesionalidad solapada¡±. ¡°El argumento que se nos da es que Espa?a semiol¨®gicamente es mayoritariamente cat¨®lica. Pero es que por esa raz¨®n tendr¨ªamos que llegar a extremos tan absurdos como decir que la Constituci¨®n espa?ola tiene que reconocer que Espa?a es un pa¨ªs con orograf¨ªa muy accidentada; o que la mayor¨ªa de los espa?oles somos morenos y de no muy elevada estatura. Y esto entiendo que es una burla, porque la cuesti¨®n religiosa es una cuesti¨®n que est¨¢ en principio en la conciencia. [...] Ese privilegio de menci¨®n [a la Iglesia cat¨®lica] nos lleva a que en esta Constituci¨®n hay una confesionalidad solapada. Y esto no lo vamos a ver en este momento sino despu¨¦s, en las leyes ordinarias, cuando discutamos cuestiones como la ense?anza, las cuestiones fiscales, las cuestiones matrimoniales, y ya veremos entonces c¨®mo tendremos que discutir bastante. [...] Yo me preguntar¨ªa, a esta altura del debate, por qu¨¦ los diputados de Alianza Popular y de Uni¨®n de Centro Democr¨¢tico pretenden ser m¨¢s papistas que el Papa, y por qu¨¦ pretenden ir, en cuestiones religiosas, m¨¢s all¨¢ de lo que dice la propia Iglesia cat¨®lica¡±.
? Santiago Carrillo (PCE). ¡°Tenemos inter¨¦s especial en no topar con la Iglesia¡±. ¡°Si nosotros hemos votado el texto del dictamen no es porque estemos dispuestos a dar ning¨²n privilegio particular a la Iglesia cat¨®lica, ni porque creamos que es una forma vergonzante o solapada de afirmar la confesionalidad del Estado. Entre par¨¦ntesis, ese me parece un argumento peligroso, que puede volverse contra los dem¨®cratas y contra la izquierda el d¨ªa de ma?ana. No hay ninguna confesionalidad solapada. Lo que hay, me parece, de una manera muy sencilla, es el reconocimiento de que en este pa¨ªs la Iglesia cat¨®lica, por su peso tradicional, no tiene en cuanto fuerza social ning¨²n parang¨®n con otras confesiones igualmente respetables, y nosotros, precisamente para no resucitar la cuesti¨®n religiosa, precisamente para mantener ese tema en sus justos l¨ªmites, hemos aceptado que se cite a la Iglesia cat¨®lica y a otras confesiones en un plano de igualdad. Y si alguien, ma?ana, aqu¨ª, tratara de utilizar esa cita para arrancar privilegios injustificados para la Iglesia cat¨®lica, desde luego nosotros nos opondr¨ªamos terminantemente a ello. [...] Tenemos un inter¨¦s especial en no topar con la Iglesia cat¨®lica y en no contribuir a mantener ning¨²n obst¨¢culo que pueda enfrentamos con esa fuerza que, no lo olvidemos, dio la base ideol¨®gica a la sublevaci¨®n y a la cruzada y que podr¨ªa dar todav¨ªa la base ideol¨®gica a una resistencia que ser¨ªa peligros¨ªsima para el avance de la democracia y del socialismo¡±.
? Gabriel Cisneros (UCD). ¡°Desconocer la singularidad cat¨®lica ser¨ªa una monumental hipocres¨ªa¡±. ¡°Se trata de la voluntad de acomodar la norma constitucional a la topograf¨ªa social a la que ha de servir, que tiene, en este caso, alguna m¨¢s entidad que el relieve orogr¨¢fico, se?or Bar¨®n. No es esta inclusi¨®n, esta menci¨®n, una afirmaci¨®n dogm¨¢tica, ni tiene pretensiones ideol¨®gicas, ni pretende asegurar una primac¨ªa cualitativa ni, mucho menos, estatalizar la Iglesia cat¨®lica; es un reconocimiento positivo de una realidad determinante de la vida real de la sociedad espa?ola, un reconocimiento no discriminatorio, reconciliante, que tiene o encuentra su fundamentaci¨®n ¨²ltima justamente en la voluntad de establecer correspondencia entre la realidad del pa¨ªs y su r¨¦gimen jur¨ªdico, para no instaurar, por v¨ªa del silencio, estridentes disonancias. Desconocer estos hechos tan manifiestos, hablar en el texto constitucional de la cooperaci¨®n con las confesiones sin reconocer la singularidad, siquiera fuese cuantitativa, de la Iglesia cat¨®lica en el espectro religioso del pa¨ªs ser¨ªa una elipsis ciertamente estrepitosa, una monumental hipocres¨ªa. [...] Y este tener en cuenta y esta voluntad de cooperaci¨®n no se refieren al planeta Marte o a la esfera abstracta y descarnada de una sociedad ut¨®pica y ucr¨®nica, sino que se refieren, como parece que debe referirse esta Constituci¨®n, al aqu¨ª y al ahora de la Espa?a de 1978. La menci¨®n expl¨ªcita de la Iglesia cat¨®lica no puede entenderse como una v¨ªa de privilegio, como la introducci¨®n vergonzante de un confesionalismo solapado. [...] Si, por volver al ejemplo bien llamativo del patrimonio art¨ªstico, el Estado entiende que su responsabilidad acerca de la custodia del patrimonio art¨ªstico le lleva a mantener formas de cooperaci¨®n con las confesiones religiosas, parece razonable aventurar que estas relaciones ser¨¢n algo m¨¢s intensas, algo m¨¢s singulares con la Iglesia cat¨®lica que, por ejemplo ¡ªy dicho sea con el mayor respeto¡ª, con los Testigos de Jehov¨¢¡±.
? Heribert Barrera (ERC) ¡°Nadie se opondr¨ªa a proteger el patrimonio art¨ªstico, pero con la ense?anza pueden surgir problemas¡±. ¡°Lo que sobra no es la menci¨®n de las confesiones religiosas, sino la obligaci¨®n que se impone a los poderes p¨²blicos de mantener con ellas relaciones de cooperaci¨®n. Porque debilita la afirmaci¨®n esencial de no confesionalidad del Estado [...] y es dif¨ªcil de cumplir. [...] Nadie se opondr¨ªa, por ejemplo, a cooperar para la salvaguarda del patrimonio art¨ªstico, pero si se trata de cooperar en materia de ense?anza o asistencia social pueden empezar ya a surgir problemas y los pareceres no ser¨ªan tan un¨¢nimes ni mucho menos. [...] La menci¨®n espec¨ªfica de la Iglesia cat¨®lica, por comedida que sea en sus t¨¦rminos, puede evocar en el pa¨ªs inoportunos recuerdos, y dar lugar a trasnochadas nostalgias¡±.
? Rodolfo Guerra Fontana (Socialistas de Catalu?a). ¡°Se institucionaliza y se constitucionaliza a la Iglesia cat¨®lica¡±. ¡°Para evitar la injerencia y para evitar la apariencia, qu¨¦ mejor que no nombrar, qu¨¦ mejor que no se?alar, qu¨¦ mejor que igualar a todos dentro de ese com¨²n denominador que es la confesi¨®n religiosa. Con tal redacci¨®n ¨²ltima creemos nosotros, los Socialistas de Catalu?a, que de hecho se institucionaliza y constitucionaliza a la Iglesia cat¨®lica. La f¨®rmula ofrecida encubre, de hecho, una confesionalidad disimulada, disfrazada y, quiz¨¢, adem¨¢s, de forma vergonzante; porque, si no, se deb¨ªa haber planteado el problema en el lugar de honor, que era en el primero de los tres apartados del art¨ªculo, y no as¨ª, como dej¨¢ndola colar, en el ¨²ltimo apartado¡±.
? ?scar Alzaga (UCD). ¡°Queremos saldar un largo pleito hist¨®rico, sin protecciones desaforadas pero sin laicismos militantes¡±. ¡°Nosotros lo que queremos es saldar, mediante una f¨®rmula afortunada, este largo pleito hist¨®rico, sin protecciones desaforadas para la Iglesia, sin ning¨²n tipo de confesionalidad, pero tambi¨¦n sin laicismos militantes que en momentos dif¨ªciles puedan degenerar en persecuciones aparatosas. Si la Constituci¨®n quiere ser vigente, ha de ser expresi¨®n y sistematizaci¨®n de tales realidades sociales subyacentes. La Constituci¨®n no es solamente norma, sino que tambi¨¦n ha de ser realidad; ha de recoger y mencionar retazos de esa realidad, ha de ser realidad integradora¡±.
La religi¨®n en la Ley Fundamental
Art¨ªculo 16 de la Constituci¨®n de 1978.
1. Se garantiza la libertad ideol¨®gica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin m¨¢s limitaci¨®n, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden p¨²blico protegido por la ley.
2. Nadie podr¨¢ ser obligado a declarar sobre su ideolog¨ªa, religi¨®n o creencias.
3. Ninguna confesi¨®n tendr¨¢ car¨¢cter estatal. "Los poderes p¨²blicos tendr¨¢n en cuenta las creencias religiosas de la sociedad espa?ola y mantendr¨¢n las consiguientes relaciones de cooperaci¨®n con la Iglesia cat¨®lica y las dem¨¢s confesiones".
Aprobado por el pleno del Congreso el 7 de julio de 1978. Votaci¨®n de los apartados 1 y 2: 312 votos a favor y tres abstenciones. Votaci¨®n del apartado 3: 197 votos a favor, dos en contra y 112 abstenciones.
La Iglesia en la Constituci¨®n republicana de 1931, Art¨ªculo 26: "El Estado, las regiones, las provincias y los municipios no mantendr¨¢n, favorecer¨¢n ni auxiliar¨¢n econ¨®micamente a las iglesias, asociaciones e instituciones religiosas. Una ley especial regular¨¢ la total extinci¨®n, en un plazo m¨¢ximo de dos a?os, del presupuesto del Clero".
Acuerdos entre el Estado espa?ol y la Santa Sede de 3 enero de 1979. "El Estado espa?ol reconoce a la Iglesia cat¨®lica el derecho a ejercer su misi¨®n apost¨®lica y le garantiza el libre y p¨²blico ejercicio de las actividades que le son propias, y en especial las de culto, jurisdicci¨®n y magisterio.
¡ªEducaci¨®n: "Los planes educativos en los niveles de Educaci¨®n Preescolar, Educaci¨®n General B¨¢sica, Bachillerato Unificado Polivalente y Grados de Formaci¨®n Profesional incluir¨¢n la ense?anza de la religi¨®n cat¨®lica en todos los centros de Educaci¨®n en condiciones equiparables a las dem¨¢s disciplinas fundamentales. Dicha ense?anza no tendr¨¢ car¨¢cter obligatorio para los alumnos.
¡ªFinanciaci¨®n. El Estado se compromete a colaborar con la Iglesia cat¨®lica en la consecuci¨®n de su adecuado sostenimiento econ¨®mico. El Estado podr¨¢ asignar a la Iglesia cat¨®lica un porcentaje del rendimiento de la imposici¨®n sobre la renta o el patrimonio neto u otra de car¨¢cter personal, por el procedimiento t¨¦cnicamente m¨¢s adecuado". La Iglesia cat¨®lica declara su prop¨®sito de lograr por s¨ª misma los recursos suficientes para la atenci¨®n de sus necesidades. Cuando fuera conseguido este prop¨®sito, ambas partes se pondr¨¢n de acuerdo para sustituir los sistemas de colaboraci¨®n financiera expresada en los p¨¢rrafos anteriores de este art¨ªculo, por otros campos y formas de colaboraci¨®n econ¨®mica entre la Iglesia cat¨®lica y el Estado.
Dinero p¨²blico dedicado a la Iglesia cat¨®lica, clases de religi¨®n, conciertos educativos y patrimonio. El Gobierno de Jos¨¦ Luis Rodr¨ªguez Zapatero calcul¨® en 2007 que el dinero p¨²blico destinado directamente a la Iglesia por varias v¨ªas ¡ªla asignaci¨®n tributaria y la aportaci¨®n directa, m¨¢s el pago de profesores de religi¨®n en las escuelas y los conciertos educativos con centros religiosos, y las ayudas a la restauraci¨®n de su patrimonio art¨ªstico¡ª sumaba casi 5.000 millones de euros. La Iglesia, desde que se consign¨® la asignaci¨®n tributaria para su financiaci¨®n, ha pasado de recaudar 41 millones en 1988 a 248 millones en 2011.
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