El Constitucional anula la declaraci¨®n de independencia y la ley de ruptura
El tribunal acuerda levantar las multas coercitivas a los miembros de la sindicatura electoral
El Tribunal Constitucional anul¨® ayer la declaraci¨®n de independencia, votada por el Parlamento de Catalu?a el pasado 27 de octubre, y acus¨® a la C¨¢mara auton¨®mica de perpetrar un ¡°grave atentado¡± contra el Estado de derecho y el principio democr¨¢tico. El alto tribunal declar¨® inconstitucional ¡ªy tambi¨¦n dej¨® sin efecto¡ª la llamada ley de transitoriedad jur¨ªdica de la rep¨²blica, la norma creada para la ruptura de Catalu?a con el resto de Espa?a.
La unanimidad sigue siendo la t¨®nica en las resoluciones del Tribunal Constitucional referidas al proceso independentista catal¨¢n. Este jueves, los 12 magistrados del tribunal anularon las resoluciones del Parlament que el 27 de octubre declararon la independencia de Catalu?a y abr¨ªan el "proceso constituyente" de la pretendida rep¨²blica.
Ambas decisiones, recuerda el tribunal, "contradicen frontalmente" dos resoluciones del Constitucional. Por un lado, vulneran la sentencia del 17 de octubre que anulaba la ley del refer¨¦ndum. Por otro, incumpl¨ªa la providencia ¡ªresoluci¨®n de orden secundario¡ª del 12 de septiembre que suspend¨ªa, a petici¨®n del Gobierno, la ley de transitoriedad jur¨ªdica, el texto paralegal concebido por los independentistas como "norma suprema" de Catalu?a tras la independencia y hasta la aprobaci¨®n de una nueva constituci¨®n.
Una vez m¨¢s, el ¨®rgano presidido por Juan Jos¨¦ Gonz¨¢lez Rivas acord¨® poner los hechos en conocimiento de la fiscal¨ªa, al entender que la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, y los miembros de la Mesa que aprobaron que se votara pudieron incurrir en un delito. Precisamente, la sentencia del Constitucional llega un d¨ªa antes de que todos ellos declaren como imputados por rebeli¨®n en el Tribunal Supremo.
Autonom¨ªa no es soberan¨ªa
En el mismo pleno, el Constitucional anul¨® la ley de transitoriedad que hab¨ªa suspendido en septiembre. La sentencia, redactada por el magistrado Ricardo Enr¨ªquez, recuerda que el derecho a la autonom¨ªa de las nacionalidades y regiones consagrado en la Constituci¨®n "no es ni puede confundirse con la soberan¨ªa" y recuerda que un "derecho de autodeterminaci¨®n", entendido como derecho a "promover y consumar" la secesi¨®n unilateral del Estado, "no est¨¢ reconocido" en la Ley Fundamental.
El Constitucional considera que, al aprobar la ley de ruptura, se situ¨® al margen del derecho y puso "en riesgo m¨¢ximo, para todos los ciudadanos de Catalu?a, la vigencia y efectividad de cuantas garant¨ªas y derechos preservan para ellos tanto la Constituci¨®n como el mismo Estatuto".
En otra resoluci¨®n dictada este jueves, levant¨® las multas coercitivas de 12.000 euros diarios impuestas a Josep Maria Jov¨¦, ex secretario general de presidencia con Oriol Junqueras, y a Montserrat Vidal, responsable del ¨¢rea de procesos electorales y consultas populares de la Generalitat.
En el caso de Jov¨¦, en atenci¨®n a que fue destituido por la Generalitat inmediatamente y no pudo revocar los decretos que firm¨® para el refer¨¦ndum. Por lo que respecta a Montserrat Vidal, se constata que "no se desprende" de los hechos su participaci¨®n en los preparativos de la consulta ilegal del 1 de octubre.
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