Los jueces no saben de psiquiatr¨ªa, pero recurren a ella
Un estudio revela que casi la mitad de las sentencias utilizan mal t¨¦rminos de salud mental
Los jueces no saben de psiquiatr¨ªa, pero recurren a ella con frecuencia en sus sentencias. Y generalmente, con una importante imprecisi¨®n terminol¨®gica. Una resoluci¨®n del Tribunal Supremo, de mayo de 2016, en un delito de abusos sexuales, argumenta que ¡°¡ el ni?o, el demente, el imb¨¦cil, etc¨¦tera, ven, perciben y pueden narrar los hechos que han presenciado¡±. Ni demente, ni imb¨¦cil son t¨¦rminos que aparezcan en ning¨²n manual de diagn¨®stico explica Salud de Aguilar Gualda, abogada e investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Granada, que utiliza esa resoluci¨®n como modelo de lo desajustados que son los diagn¨®sticos psiqui¨¢tricos judiciales.
La incidencia de la psiquiatr¨ªa en el derecho penal es notoria. Si el delito se realiza por alguien que por su condici¨®n psiqui¨¢trica o psicol¨®gica no comprend¨ªa las acciones de sus consecuencias o que, conoci¨¦ndolas, le resulta imposible comportarse respecto a ese entendimiento, el juez se ver¨¢ obligado a aplicar eximentes: completa, lo que significa en la pr¨¢ctica, que el enjuiciado no puede ser condenado, o parcial, con la consiguiente reducci¨®n de pena m¨¢s o menos significativa. Es el caso de Mar¨ªa del Carmen Garc¨ªa, la madre de Benej¨²zar (Alicante) que en 2005 quem¨® a su marido en un permiso penitenciario cuando cumpl¨ªa sentencia por la violaci¨®n de la hija de ambos. Garc¨ªa, seg¨²n las fuentes consultadas, comprend¨ªa las consecuencias de su acci¨®n pero no era capaz de actuar de acuerdo con esa comprensi¨®n. En definitiva, no pudo evitar quemar a su marido por lo que le hab¨ªa hecho a su hija. El Tribunal Supremo rebaj¨® la pena inicial de 9 a?os y medio a 5 a?os y medio aplicando la eximente parcial de trastorno mental transitorio. El abogado hab¨ªa intentado sin ¨¦xito conseguir la eximente completa. Esa es la importancia de la psiquiatr¨ªa en los juzgados y por ello Salud de Aguilar aboga por una mayor exactitud de su uso en las sentencias.
De Aguilar ha completado una investigaci¨®n ¨Csu tesis doctoral¨C sobre el uso de que los jueces hacen de diagn¨®sticos psiqui¨¢tricos en sus sentencias, centr¨¢ndose en los trastornos obsesivos compulsivos, de control de los impulsos y en los trastornos neur¨®ticos y las neurosis (por otra parte, t¨¦rminos, estos dos ¨²ltimos, tambi¨¦n abandonados ya oficialmente por la psiquiatr¨ªa actual). La investigadora ha analizado 368 sentencias en las que los reos estaban afectados por ese tipo de problemas. Su conclusi¨®n es la siguiente: solo el 55% de las condenas utilizaba en sus resoluciones una buena precisi¨®n diagn¨®stica. El restante 45% ¡°eran imprecisas o de diagn¨®stico descartable¡±, seg¨²n la investigadora.
La juez Carmen Ramis, magistrada del Juzgado de 1? Instancia n¨²mero 1 de Denia (Alicante), coinciden en que los jueces, efectivamente, no saben de psiquiatr¨ªa pero tienen que tirar de ella. No obstante, no considera un obst¨¢culo ni esa ignorancia ni esa imprecisi¨®n terminol¨®gica. ¡°Para nosotros, los t¨¦rminos psiqui¨¢tricos tienen poca importancia en su definici¨®n exacta. Lo que importante es que los peritos ¨Cm¨¦dicos, psiquiatras, etc.¨C sean capaces de aclararnos dos puntos fundamentales en el juicio: si a quien estamos juzgando es capaz de comprender lo que hizo y si, en el momento de los hechos, era capaz de comportarse respecto a esa comprensi¨®n¡±. As¨ª, explica, si la respuesta es no a ambas preguntas, hay que aplicar la eximente completa, guste o no. ¡°El t¨¦rmino que luego usamos en la sentencia no es importante porque su influencia en la sentencia no depende de la denominaci¨®n exacta, sino de la respuesta a esas dos preguntas¡±, concluye Ramis.
Nieves Montero de Espinosa Rodr¨ªguez, psiquiatra forense y directora del Instituto de Medicina Legal de Granada, ha hecho numerosas peritaciones psiqui¨¢tricas en su carrera. Cuando alguno de los intervinientes en una investigaci¨®n percibe un posible trastorno psiqui¨¢trico en los presuntos delincuentes, ¨¦stos acaban delante de un psiquiatra forense. Montero de Espinosa explica su proceder entonces. ¡°Generalmente, con una entrevista nos hacemos una idea muy certera de qu¨¦ le ocurre al detenido. Si es necesario, completamos con cuestionarios espec¨ªficos: violencia de g¨¦nero, depresi¨®n, etc.¡° De ah¨ª ya salen, cuenta, con un diagn¨®stico que, en ocasiones, requiere ingreso, en ocasiones tratamiento ambulatorio y, en ocasiones, nada.
Salud de Aguilar ha recopilado muchos ejemplos de imprecisi¨®n. Este es uno: en Murcia, en 2006, una resoluci¨®n incluy¨® una creaci¨®n psiqui¨¢trica: la sentencia hablaba de ¡°trastorno adaptativo mixto con sintomatolog¨ªa de estirpe afectiva¡±. Para la investigadora, ¡°deber¨ªa emplearse trastorno de adaptaci¨®n con ansiedad mixta y estado de ¨¢nimo deprimido. El t¨¦rmino ?estirpe afectiva? no se recoge en ning¨²n manual de diagn¨®stico¡±.
Salud de Aguilar achaca a estos ¡°diagn¨®sticos jur¨ªdicos imprecisos¡± consecuencias importantes, seg¨²n Salud de Aguilar, ¡°al menos, en la aplicaci¨®n de las medidas de seguridad que deber¨ªan imponerse y que en la mayor¨ªa de los casos no se imponen¡± a quienes, se les aplica eximentes de origen psiqui¨¢trico. Estas medidas de seguridad, cuando son privativas de libertad, implican el internamiento en un centro psiqui¨¢trico, en uno de deshabituaci¨®n de sustancias o en un centro educativo especial. La investigadora cree que sentencias m¨¢s ajustadas psiqui¨¢tricamente arrojar¨ªan condenas m¨¢s ajustadas .
A la psiquiatra forense Nieves Montero de Espinosa la reclaman con frecuencia jueces y fiscales en los juzgados. Le piden pericias sobre los acusados pero explica, ¡°nosotros no hacemos un diagn¨®stico general ni damos nuestra opini¨®n absoluta. Los peritos solo podemos responder a lo que se nos ha pedido; ni m¨¢s ni menos. Damos respuestas concretas a preguntas concretas¡±. Reconoce tambi¨¦n la falta de conocimiento psiqui¨¢trico de los jueces. ¡°Los juristas son peculiares, no quieren que invadamos sus competencias. Si nos lo piden, les precisamos pero, por iniciativa propia, no podemos hablar sobre lo que queramos¡±. En el juicio, tanto ella como la juez Carmen Ramis, admiten una din¨¢mica frecuente de confusi¨®n. La psiquiatra explica como es com¨²n que las partes saquen a pasear en los interrogatorios, con mayor o menor exactitud y necesidad, todo tipo de t¨¦rminos y pruebas psiqui¨¢tricas ¡°sobre todo, para provocar una especie de caos que, dej¨¢ndonos mal a los peritos, beneficie a sus clientes¡±, cuenta.
Psic¨®pata o psic¨®tico
Parecidos a primera vista, estos dos t¨¦rminos representan dos extremos psiqui¨¢tricos en un juicio. La psiquiatra forense Nieves Montero de Espinosa, relata que ¡°un psic¨®pata es responsable casi siempre de lo que hace. Suele carece de emociones y sufre otros trastornos, pero sabe lo que est¨¢ haciendo¡±. En el otro lado, un psic¨®tico, el que sufre un ataque psic¨®tico, ¡°es incapaz de dar una explicaci¨®n a su delito. Ni siquiera desde fuera puede entenderse en ocasiones¡±. Se trata de personas con voces interiores, con man¨ªas persecutorias que lo viven como una realidad y que les lleva a realizar delitos, en ocasiones, muy llamativos. Y sin embargo, aunque resulte incomprensible, si el delito se realiz¨® bajo esas condiciones, hay que exonerarlos. Ah¨ª, concluye la investigadora Salud de Aguilar, es donde una buena comprensi¨®n del problema m¨¦dico permitir¨ªa unas medidas de seguridad ajustadas y proporcionales.
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