El Supremo ratifica un a?o de c¨¢rcel para los proabortistas que interrumpieron una misa en Palma
Cinco j¨®venes han sido sentenciados por un delito contra la libertad religiosa
La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena de un a?o de prisi¨®n para cada uno de los cinco j¨®venes proaborto que en febrero de 2014 irrumpieron en la iglesia de Sant Miquel de Palma, mientras se celebraba una misa, con consignas y lemas en protesta por la reforma de la Ley del Aborto que impulsaba el Gobierno central. La Audiencia Provincial de Palma conden¨® en octubre del a?o pasado a los cinco activistas a un a?o de prisi¨®n para cada uno por un delito contra la libertad religiosa, dictamen que ahora ha sido ratificado por el Tribunal Supremo.
La Audiencia Provincial de Palma consider¨® probado que el domingo, 9 de febrero de 2014un grupo de 30 j¨®venes entr¨® en la iglesia de Sant Miquel en la que se estaba celebrando la misa de las doce. Avanzaron "en tropel" por el pasillo mientras gritaban consignas como "aborto libre y gratuito" o "fuera los rosarios de nuestros ovarios" y desplegaron una pancarta con los mismos lemas. Fueron los feligreses y el p¨¢rroco quienes lograron contener a los manifestantes y hacerles salir del templo, seg¨²n los jueces de la Audiencia, que se?alaron en su sentencia que la misa estuvo interrumpida unos diez minutos por unos hechos que generaron intranquilidad entre los asistentes a la eucarist¨ªa.
Seg¨²n el dictamen del tribunal balear, la sentencia del Supremo recuerda que el art¨ªculo 523 del C¨®digo Penal contra la libertad religiosa sanciona a quien "con violencia, amenaza, tumulto o v¨ªas de hecho impidiere, interrumpiere o perturbare los actos, funciones o ceremonias de confesiones religiosas". Los jueces concluyen que durante el episodio juzgado "existi¨® una interrupci¨®n de un acto religioso, de una ceremonia propia y caracter¨ªstica del culto cat¨®lico en un d¨ªa de los considerados de precepto, en los que la misa es de especial importancia para esa confesi¨®n religiosa".
Se?alan adem¨¢s que la interrupci¨®n se caus¨® mediante la formaci¨®n de tumulto, ya que unas treinta personas invadieron el lugar de culto gritando y portando pancartas y sin abandonar el recinto "hasta que fueron desalojadas", interrumpiendo la misa durante unos diez minutos. Un hecho relevante para los jueces en una ceremonia que tiene una duraci¨®n media de entre 30 y 45 minutos.
?nimo de impedir la misa
Los magistrados consideran que los acusados sab¨ªan que el domingo a las doce se celebraba en esa iglesia una misa "muy concurrida habitualmente" y eligieron de forma consciente ese templo "para maximizar la repercusi¨®n p¨²blica de la acci¨®n". "Por eso precisamente en su ¨¢nimo estaba impedir, interrumpir o perturbar de forma claramente perceptible para todos el acto religioso que sab¨ªan que se celebraba a esa hora" reza la sentencia, que considera la protesta "en s¨ª misma" leg¨ªtima, pero organizada de una forma que fuera claramente perceptible por terceros. "No solamente sab¨ªan que con su conducta afectaban a la celebraci¨®n religiosa, sino que especialmente quer¨ªan hacerlo. Es esa interrupci¨®n ejecutada de esa forma lo que le priva de legitimidad", dice el dictamen.
El Tribunal Supremo reconoce que a los activistas les asist¨ªa el derecho a expresar libremente su opini¨®n y de manifestarse para ello pero "dentro de los l¨ªmites legales" y no haci¨¦ndolo de forma que actuando dentro del templo "suprimieran el derecho fundamental de los dem¨¢s", como es el de la libertad de culto y teniendo en cuenta que ambos derechos son compatibles. Los magistrados reprochan a los condenados que habiendo alcanzado sus conocimientos "en un sistema democr¨¢tico" puedan ignorar que los derechos que les corresponden "son prevalentes respecto de los derechos de los dem¨¢s".
Los j¨®venes recurrieron en casaci¨®n la sentencia de la Audiencia Provincial alegando que la acci¨®n estaba enmarcada en un ambiente de reivindicaci¨®n por una regulaci¨®n legal del aborto ampliamente permisiva, teniendo como m¨®vil de su actuaci¨®n "dar visibilidad a la postura pol¨ªtica que mantienen". Los activistas afirmaban en el recurso que no fue su intenci¨®n lesionar el derecho fundamental a la libertad de culto ni interferir en el ejercicio leg¨ªtimo de una opci¨®n religiosa, a pesar de que consideraron "oportuno y leg¨ªtimo" exteriorizar su postura en el seno de un espacio f¨ªsico vinculado a la Iglesia Cat¨®lica para maximizar la repercusi¨®n p¨²blica de su acci¨®n.
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