El Supremo acusa a los imputados del ¡®proc¨¦s¡¯ de ¡°empa?ar la honorabilidad de la justicia espa?ola¡±
El alto tribunal recuerda que la causa "versa sobre delitos graves, no sobre objetivos pol¨ªticos"
El Tribunal Supremo considera que las razones esgrimidas por los pol¨ªticos procesados por el intento de secesi¨®n de Catalu?a para recusar a los cinco magistrados que tienen que juzgarles ¡°carecen de justificaci¨®n¡± y ¡°buscan tan solo empa?ar la honorabilidad de la justicia espa?ola¡±.
La llamada Sala Especial del 61, que trata de las recusaciones de los magistrados del alto tribunal, anunci¨® el pasado 5 de septiembre que rechazaba la petici¨®n de los procesados de apartar a los cinco jueces encargados de enjuiciar la causa por rebeli¨®n, sedici¨®n y malversaci¨®n de fondos por los hechos del pasado octubre. Este lunes la sala ha hecho p¨²blico el auto en el que razona los motivos de tal denegaci¨®n.
En la resoluci¨®n, los jueces rechazan la idea de que la causa, que ser¨¢ enjuiciada previsiblemente a finales de este a?o, sea una persecuci¨®n pol¨ªtica, como sostienen las defensas de Oriol Junqueras, Jordi S¨¤nchez, Jordi Cuixart, Josep Rull, Jordi Turull, Ra¨¹l Romeva y Dolors Bassa. ¡°Que alguien busque un objetivo pol¨ªtico, como es la secesi¨®n de Catalu?a, no excluye que pueda cometer delitos graves para alcanzar tal fin. Sobre ello versa ¨²nicamente esta causa, no sobre objetivos pol¨ªticos¡±, recuerda el auto, del que ha sido ponente el magistrado Luis Mar¨ªa D¨ªez-Picazo.
Las defensas de los pol¨ªticos acusaron de falta de imparcialidad al tribunal de enjuiciamiento, presidido por Manuel Marchena, presidente de la Sala de lo Penal del Supremo. Seg¨²n ellos, el modo de designaci¨®n de los miembros del Consejo General del Poder Judicial, que nombra a su vez a los magistrados del Supremo, supone una politizaci¨®n de este organismo. Tambi¨¦n apuntaban que se va a enjuiciar hechos de naturaleza pol¨ªtica y que los jueces pueden estar contaminados por la enorme repercusi¨®n medi¨¢tica del proceso independentista catal¨¢n. La Sala Especial del 61 ¡ªen referencia al art¨ªculo de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial que regula las recusaciones en el Supremo¡ª rechaza esta acusaci¨®n por ¡°gen¨¦rica¡±.
El auto recuerda que en ¡°multitud de tribunales supremos, constitucionales y supranacionales del mundo liberal-democr¨¢tico¡± (¡) los nombramientos de altos cargos judiciales suelen hacerse con participaci¨®n de ¨®rganos no ajenos a la pol¨ªtica, cuando no directamente por ellos¡±. Y pone como ejemplo el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuyos magistrados son designados directamente por los parlamentos de cada pa¨ªs miembro del Consejo de Europa. Los magistrados del Tribunal de Estrasburgo, recuerda la Sala del 61, ¡°son propuestos y elegidos por pol¨ªticos en activo (¡) sin que nadie piense que por esa raz¨®n queda en entredicho su imparcialidad¡±.
El principal argumento de las defensas para recusar a los magistrados de la Sala de lo Penal es que varios de estos est¨¢n contaminados para juzgar el caso por haber participado en la sala que admiti¨® a tr¨¢mite la querella de la fiscal¨ªa tras la declaraci¨®n de independencia de Catalu?a o por haber enjuiciado la causa de la consulta soberanista del 9 de noviembre de 2014, en la que fue condenado el exdiputado convergente Francesc Homs. La Sala del 61 reprocha el ¡°superficial y escaso esfuerzo argumentativo¡± de las defensas.
¡°Es claro que admitir a tr¨¢mite la querella, acto inicial del proceso penal, no es instruir, ni mucho menos resolver la causa en una instancia o grado anterior del proceso¡±, se?ala el tribunal especial de recusaciones. Sobre la causa del 9-N, la sala se?ala que ¡°el objeto de aquel proceso penal fue muy distinto¡± del que se ver¨¢ en el juicio por los hechos que desembocaron en el refer¨¦ndum del 1 de octubre de 2017 y en la declaraci¨®n de independencia del 27 de octubre siguiente.
La sala califica de ¡°pura suposici¨®n sin indicio alguno¡± la idea de los recusantes de que el magistrado instructor del caso, Pablo Llarena, haya podido comunicar a los miembros del tribunal de enjuiciamiento aspectos de la causa, lo que les har¨ªa estar contaminados. ¡°Ser compa?eros de un mismo ¨®rgano jurisdiccional no conduce necesariamente a hacer confidencias irregulares, ni menos a quebrantar los propios deberes legales y deontol¨®gicos¡±.
La Sala del 61 est¨¢ integrada por 16 miembros: el presidente del Supremo, Carlos Lesmes, los presidentes de cada una de las cinco Salas del Supremo y los magistrados con mayor y menor antig¨¹edad de cada una de ellas.
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