Marchena rechaza apartarse del juicio del ¡®proc¨¦s¡¯ tras ser recusado
¡°No tengo ¡ªni he tenido nunca¡ª inter¨¦s directo o indirecto en el desenlace de una causa penal¡±, subraya el magistrado
El presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena, rechaza apartarse del juicio sobre el proceso independentista catal¨¢n tras haber sido recusado por algunos de los principales acusados que se encuentran en prisi¨®n, como el presidente de Esquerra, Oriol Junqueras, o la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, que le acusan de falta de imparcialidad. ¡°No tengo ¡ªni he tenido nunca¡ª inter¨¦s directo o indirecto en el desenlace de una causa penal¡±, ha subrayado el magistrado, que presidir¨¢ la vista oral prevista para principios del pr¨®ximo a?o, en un escrito de alegaciones de cinco folios.
Marchena fue recusado por las defensas de los l¨ªderes del proc¨¦s despu¨¦s de que PP y PSOE pactaran su nombre como presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial? (CGPJ) en el proceso de renovaci¨®n del ¨®rgano de gobierno de los jueces. El magistrado renunci¨® a esta candidatura despu¨¦s de la pol¨¦mica abierta por el hecho de que los partidos hicieran p¨²blico su nombre antes de que se conocieran los 20 vocales del CGPJ que, seg¨²n la Constituci¨®n, deben designar al presidente del Supremo.
La recusaci¨®n tuvo como detonante un mensaje de Whatsapp difundido por el portavoz del PP en el Senado, Ignacio Cosid¨®, a todos los parlamentarios de su grupo, en el que defend¨ªa el nombramiento de Marchena como una forma de controlar ¡°desde detr¨¢s¡± salas clave del Supremo, como la propia Sala de lo Penal o el tribunal encargado de admitir las causas contra pol¨ªticos aforados.
¡°Las manifestaciones a que se alude en el mensaje telem¨¢tico [el whatsapp] sobre el que pretende construirse la causa de recusaci¨®n proceden de una tercera persona¡±, recuerda Marchena en su escrito. ¡°La imparcialidad de un magistrado ha de vincularse a sus propios actos y resoluciones. No puede hacerse depender de la opini¨®n de terceros que expresan su personal criterio acerca de las consecuencias pol¨ªticas de un determinado pacto entre dos fuerzas parlamentarias¡±, a?ade.
Los abogados de Junqueras y el exconsejero catal¨¢n Ra¨¹l Romeva planteaban como principal motivo de recusaci¨®n el actual sistema de elecci¨®n de la c¨²pula judicial, que se?alaban, ¡°es criticado internacionalmente por su permeabilidad a las decisiones pol¨ªticas¡±. Para Marchena, este argumento es ¡°inaceptable¡±. ¡°La idea de que cualquier forma de participaci¨®n del poder pol¨ªtico en la designaci¨®n del ¨®rgano de gobierno del poder judicial ¡ªsea esta directa o indirecta¡ª justifica la prevenci¨®n ciudadana por la falta de imparcialidad de sus jueces, no se sostiene¡±, afirma.
Las defensas de los pol¨ªticos catalanes acusados por rebeli¨®n, sedici¨®n y malversaci¨®n apoyan la recusaci¨®n de Marchena en jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El magistrado rebate: ¡°Se da la circunstancia de que la composici¨®n de ambos tribunales ¡ªcuya contribuci¨®n a la definici¨®n del derecho a un proceso justo tiene, sin duda, alcance hist¨®rico¡ª no es ajena a la participaci¨®n directa del poder pol¨ªtico en el nombramiento de sus magistrados". De los 12 miembros del Constitucional, dos los propone el Gobierno, cuatro el Congreso, cuatro el Senado y otros dos el CGPJ. En el caso del Tribunal de Estrasburgo, el magistrado espa?ol es nombrado directamente por el Gobierno.
El presidente de la Sala de lo Penal del Supremo se?ala tambi¨¦n que la tesis de las defensas de los pol¨ªticos independentistas conducir¨ªa ¡°de forma inexorable¡± a la ¡°gen¨¦rica descalificaci¨®n¡± de los poderes judiciales de distintos pa¨ªses europeos, como B¨¦lgica, Portugal, Italia o Francia, que disponen de consejos superiores de la magistratura similares al espa?ol, cuyos miembros son designados por el poder pol¨ªtico.
El sistema constitucional espa?ol, recuerda Marchena, ¡°es tan mejorable como cualquier otro de los modelos comparados¡±, Y a?ade: ¡°Pero es m¨¢s que evidente que la participaci¨®n activa del Congreso y el Senado en la designaci¨®n de ocho de los 20 vocales que lo integran no puede conducir a la descalificaci¨®n, por su falta de imparcialidad, del presidente y de los magistrados que componen la Sala Segunda del Tribunal Supremo¡±.
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