La Audiencia Nacional mantiene la competencia y juzgar¨¢ a Trapero por rebeli¨®n
El tribunal desestima las cuestiones preliminares planteadas por las defensas de C¨¦sar Puig y Pere Soler, exjefes pol¨ªticos de los Mossos
La Audiencia Nacional ha decidido mantener la competencia para juzgar por rebeli¨®n al mayor Josep Llu¨ªs Trapero, jefe de los Mossos d¡¯Esquadra durante la etapa m¨¢s candente del proceso independentista catal¨¢n, y a Pere Soler y C¨¦sar Puig, los m¨¢ximos responsables pol¨ªticos de la polic¨ªa catalana en aquellos meses. Los tres fueron destituidos el 27 de octubre de 2017, tras la intervenci¨®n de la autonom¨ªa por el art¨ªculo 155 de la Constituci¨®n. La Secci¨®n Primera de la Sala de lo Penal ha desestimado, en una resoluci¨®n notificada este viernes, la llamada "declinatoria de jurisdicci¨®n"?planteada por Soler y Puig, cuyas defensas entend¨ªan que los juzgados centrales no son competentes para investigar y juzgar delitos de rebeli¨®n y que la causa deber¨ªa enjuiciarse en los juzgados catalanes.
En la causa se juzgar¨¢ tambi¨¦n, en este caso por sedici¨®n, a Teresa Laplana, la intendente de los Mossos en el distrito barcelon¨¦s del Eixample durante los altercados del 20 de septiembre de 2017 ante la Consejer¨ªa de Econom¨ªa de la Generalitat en Barcelona. Tanto Trapero como Laplana se abstuvieron de plantear esta cuesti¨®n preliminar de competencia y dieron por bueno que sea la Audiencia Nacional el tribunal que les juzgue. Se trata de la primera vez que dos acusados en los juicios por el proceso secesionista evitan pedir que sean enjuiciados por magistrados en Catalu?a.
En el auto, de ocho folios, del que ha sido ponente el magistrado Ram¨®n S¨¢ez Valc¨¢rcel, encuadrado en el sector progresista de la Audiencia Nacional, rebate la tesis de las defensas de que la Audiencia Nacional no es competente para juzgar casos de rebeli¨®n porque este tipo penal no figura en el cat¨¢logo cerrado de delitos que la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial reserva para los juzgados centrales con sede en Madrid.
Los magistrados recuerdan que la Ley Org¨¢nica 4/1988, que reformaba la Ley de Enjuiciamiento Criminal, manten¨ªa en la Audiencia Nacional "las causas por delitos cometidos por personas integradas en bandas armadas o relacionadas con elementos terroristas o rebeldes cuando la comisi¨®n del delito contribuya a su actividad". Los jueces consideran igualmente que la competencia para conocer de delitos de rebeli¨®n no est¨¢ limitada a los cometidas por bandas armadas.
La Sala, tras analizar la ley y la jurisprudencia, entiende que la atribuci¨®n de la competencia en estas materias a un ¨®rgano centralizado y especializado es conforme a la Constituci¨®n. Los jueces se?alan que el Tribunal Constitucional ya despej¨® cualquier duda sobre la constitucionalidad de la conexi¨®n de los delitos de terrorismo y rebeli¨®n en la sentencia 199/1987. "El legislador puede decidir la determinaci¨®n de competencias de acuerdo a los intereses de la justicia y asignar a un ¨®rgano judiciales centralizado la instrucci¨®n y enjuiciamiento de ciertos supuestos, en atenci¨®n a su naturaleza materia, amplitud del ¨¢mbito territorial o trascendencia para el conjunto de la sociedad, sin que ello afecte a la prohibici¨®n de jueces de excepci¨®n", recuerda el auto.
El pasado 5 de febrero, en la sesi¨®n en la que se revis¨® la cuesti¨®n de competencia, el fiscal Pedro Rubira, entre otros argumentos a favor de mantener la causa en los juzgados centrales, plante¨® que el ambiente de tensi¨®n independentista en Catalu?a puede afectar a la causa: "?Puede haber imparcialidad y serenidad, si se manda la [causa por] rebeli¨®n y sedici¨®n a Catalu?a? ?Ustedes piensan que puede haber esta serenidad? ?Qu¨¦ puede haber esa imparcialidad?". Esas palabras, que aclar¨® posteriormente, causaron un hondo malestar en la judicatura catalana. El auto de este viernes no hace menci¨®n de ese elemento de la presi¨®n externa al proceso como motivo para mantener la causa en Madrid.
Los cargos pol¨ªticos y los mandos policiales est¨¢n acusados de "dar cobertura efectiva" a los l¨ªderes del proc¨¦s para "imponer por la fuerza de las masas derechos de los que carec¨ªan" y "apoyar la efectividad de las normas abiertamente inconstitucionales emanadas del Parlament y la Generalitat". La Fiscal¨ªa acusa a Trapero, Puig y Soler de delitos de rebeli¨®n y pide para cada uno de ellos una pena de 11 a?os de prisi¨®n, mientras que a Lamela la acusa de sedici¨®n y reclama al tribunal que le imponga una condena de cuatro a?os de c¨¢rcel.
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