Oriol Junqueras pide al Supremo su ¡°inmediata liberaci¨®n¡± y que anule la sentencia del ¡®proc¨¦s¡¯
Su defensa solicita que se garantice el desplazamiento del l¨ªder de ERC al Parlamento Europeo
Oriol Junqueras ha pedido este martes al Tribunal Supremo que ordene su "inmediata liberaci¨®n" para acudir al Parlamento Europeo para que pueda obtener su acta de diputado y que, en paralelo, declare la nulidad de la sentencia del proc¨¦s que el pasado 14 de octubre le conden¨® a 13 a?os de prisi¨®n. As¨ª consta en el escrito de 15 folios con que el letrado Andreu Van den Eynde, defensor del l¨ªder de ERC, ha contestado al emplazamiento del Supremo para conocer su postura ante fallo del Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (TJUE) sobre la inmunidad de los eurodiputados.
El escrito de Junqueras se ha presentado despu¨¦s del que formaliz¨® la Fiscal¨ªa abogando por el mantenimiento de la sentencia del Supremo y la permanencia del exvicepresident de la Generalitat en prisi¨®n; cuando la Abogac¨ªa del Estado sigue debatiendo sobre su escrito y mientras siguen los contactos entre el Gobierno y ERC para desbloquear la investidura. Sostiene Junqueras que tras la decisi¨®n del tribunal europeo ha quedado claro que ¡°no existe (¡) ning¨²n otro t¨ªtulo habilitante de la condici¨®n de eurodiputado que la proclamaci¨®n de su elecci¨®n, ni el ejercicio de las funciones parlamentarias puede condicionarse por el derecho interno al cumplimiento de requisito alguno tras su proclamaci¨®n como diputado electo¡±.
Por ello, explica el letrado, ¡°goza de inmunidad (¡) una persona que, como el Sr. Junqueras Vies, ha sido oficialmente proclamada electa al Parlamento Europeo cuando se encontraba en situaci¨®n de prisi¨®n provisional en un proceso penal por delitos graves, pero que no ha sido autorizada a cumplir ciertos requisitos previstos por el Derecho interno tras la proclamaci¨®n ni a desplazarse al Parlamento Europeo para participar en su primera sesi¨®n¡±.
A juicio de Junqueras, lo que proced¨ªa por tanto cuando fue elegido era el levantamiento de la medida de prisi¨®n provisional ¡°al objeto de permitir al interesado desplazarse al Parlamento Europeo¡±. El escrito argumenta que al Supremo le cabe pedir el suplicatorio, ¡°pero ello tras el levantamiento de la medida cautelar de prisi¨®n¡±, ya que ¡°el Sr. Junqueras adquiri¨® todos los derechos y la inmunidad de la que gozan los parlamentarios europeos y su esca?o no puede permanecer vacante¡±, por lo que ¡°las restricciones¡± adoptadas por el Supremo ¡°deben cesar¡±.
El fallo del tribunal de Luxemburgo ¨Ca?ade el escrito- conduce a ¡°la necesidad¡± de reconocer que Junqueras ¡°ten¨ªa derecho a abandonar la prisi¨®n y desplazarse al Parlamento Europeo, de conformidad con la interpretaci¨®n legal¡± que aporta dicha sentencia. De todo ello se deriva que Junqueras debe tener ahora la ¡°posibilidad de desplazamiento (...) a la sede del Parlamento Europeo si quisieran respetarse los t¨¦rminos y finalidades de la decisi¨®n del TJUE¡±.
M¨¢s adelante, el escrito aborda los efectos de la resoluci¨®n europea sobre el juicio del proc¨¦s, y concluye que ¡°no existe soluci¨®n jur¨ªdica respetuosa con el contenido y orientaci¨®n de la sentencia del TJUE que no implique la nulidad de la resoluci¨®n de condena¡± de Junqueras. No anular dicho fallo del Supremo ¡°ser¨ªa forzar la interpretaci¨®n del ordenamiento espa?ol contra el reo y desatender el derecho de la Uni¨®n¡±.
¡°Puesto que correspond¨ªa en exclusiva al Parlamento Europeo", se a?ade, "decidir sobre el levantamiento¡± de la inmunidad de Junqueras ¡°antes del dictado de la sentencia de 14 de octubre, ello debe conllevar la declaraci¨®n de nulidad de dicha resoluci¨®n definitiva por respeto a dicha instituci¨®n de representaci¨®n ciudadana¡±, la C¨¢mara europea.
A mayor abundamiento, el escrito subraya que ¡°el TJUE no deja margen de duda: la respuesta de esta excelent¨ªsima Sala debe garantizar que los votos otorgados a la candidatura del se?or Junqueras encuentren fiel reflejo en la composici¨®n del Parlamento Europeo y que dicha instituci¨®n no quede afectada por la decisi¨®n del ¨®rgano judicial nacional¡±. A lo que se a?ade el razonamiento de que ¡°no puede el poder judicial afectar a la voluntad de la ciudadan¨ªa expresada en las urnas y, contrariamente, tiene la obligaci¨®n de colaborar con las instituciones europeas en la protecci¨®n de los privilegios e inmunidades de sus parlamentarios, evitando as¨ª la producci¨®n de consecuencias irreparables afectantes a derechos fundamentales y a los propios principios de las sociedades democr¨¢ticas, asumidos por la UE¡±.
Como conclusi¨®n, la defensa de Junqueras estima que el Supremo ¡°debe acordar¡± que ¡°Junqueras gozaba de inmunidad¡± desde el pasado 13 de junio, al proclamarse los resultados de las elecciones europeas. Y declarar que se vulneraron sus derechos a la libertad, a la representaci¨®n pol¨ªtica y a un juicio justo, por lo que ahora se debe ¡°garantizar el libre desplazamiento¡± de Junqueras ¡°al Parlamento Europeo bajo la prerrogativa de inmunidad (¡), dando lugar a su inmediata liberaci¨®n¡±.
Por otro lado, procede ¨Ca?ade el escrito- declarar que ¨Cdada la exclusiva facultad del Parlamento Europeo para autorizar la tramitaci¨®n de cualquier procedimiento penal contra sus miembros-, ¡°la tramitaci¨®n de la causa especial¡± del proc¨¦s ¡°deb¨ªa suspenderse desde el d¨ªa 13 de junio de 2019 y, en consecuencia, decretar la nulidad de la sentencia de 14 de octubre de 2019¡±, estim¨¢ndose la petici¨®n ya hecha por la defensa del l¨ªder de ERC en el tr¨¢mite en curso en el Supremo sobre los incidentes de nulidad.
Este tr¨¢mite es necesario para poder acudir luego al Tribunal Constitucional en recurso de amparo cuando se estime que en un proceso penal se han vulnerado derechos fundamentales. Las defensas ya han presentado sus respectivos escritos sobre este particular, y el Supremo ten¨ªa previsto resolver al respecto a comienzos del pr¨®ximo a?o.
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