El juez aplaza el juicio contra las tabaqueras para decidir si el Estado debe ser parte
El titular del Juzgado 68 de la Audiencia Provincial debe dirimir su competencia en un plazo de cinco d¨ªas
El Juzgado n¨²mero 68 de lo Civil de la Audiencia Provincial de Madrid acoge desde hoy el juicio de la demanda civil presentada en febrero de 2002 por la Junta de Andaluc¨ªa contra seis empresas tabaqueras, entre ellas la espa?ola Altadis (antigua Tabacalera). La Junta las considera responsables de las enfermedades de 134 pacientes y les reclama 1,77 millones de euros en concepto de reembolso de los gastos sanitarios derivados del tratamiento de los pacientes.
Sin embargo, la primera sesi¨®n ha durado pocos minutos, dado que el juez encargado del caso, Manuel Eduardo Regalado, tiene que resolver si debe llamarse al Estado como parte demandada en la causa. Para ello tiene un plazo de cinco d¨ªas, por lo que la vista ha quedado suspendida hasta que emita un auto con su decisi¨®n. Seg¨²n ha informado el propio magistrado, en el caso de que se considerara al Estado como parte en el proceso, en su condici¨®n de titular del monopolio del tabaco en Espa?a hasta 1998, este tribunal "carecer¨ªa de jurisdicci¨®n", y el asunto tendr¨ªa que dirimirse por la v¨ªa de lo Contencioso-Administrativo y no por la de lo Civil.
El juez entiende que antes de seguir con el procedimiento debe resolverse esta cuesti¨®n, que constituye una de las alegaciones de los abogados de las tabaqueras, ya que ser¨ªa "absurdo" continuar con la presentaci¨®n y admisi¨®n de pruebas y con el se?alamiento de la fecha de inicio del juicio estando pendiente "la cuesti¨®n principal" a nivel procedimental: si el Juzgado tiene jurisdicci¨®n en este caso.
Por su parte, la letrada que representa a la Junta de Andaluc¨ªa, Carmen Carretero, ha manifestado que la demanda presentada contra las seis compa?¨ªas se refiere s¨®lo a la comercializaci¨®n del tabaco, por lo que a su juicio el Estado no tendr¨ªa en principio por qu¨¦ estar presente. "No vale cualquier intervenci¨®n de terceros (en referencia al Estado), s¨®lo aquellas relacionadas con la comercializaci¨®n", ha dicho la letrada, para a?adir que lo contrario supondr¨ªa "modificar la propia demanda". Pese a que reconoce que es el Estado el que regula la venta de tabaco, Carretero ha se?alado que "ser¨ªa la primera vez que se imputa responsabilidad a la Administraci¨®n por el solo hecho de percibir impuestos" y que hay que distinguir entre comercializar y "ostentar la mera titularidad del monopolio fiscal".
Por el contrario, los letrados que representan a las seis compa?¨ªas demandadas (British American Tobacco, Cita, Altadis, Tobacco Canary Island, Philip Morris Spain y J.T. International) ha recordado que el Estado mantuvo el monopolio sobre la fabricaci¨®n, distribuci¨®n y comercializaci¨®n del tabaco hasta 1998 y que todav¨ªa mantiene el relativo a la venta al por menor, agregando en este sentido que en el caso de que una compa?¨ªa concesionaria tuviera que responder "no elimina la responsabilidad objetiva de la Administraci¨®n titular". Tambi¨¦n distinguen que el hecho de que el Estado regule la venta de tabaco no quiere decir que el Estado "tenga responsabilidad de nada", sino s¨®lo que "debe ser parte en el proceso".
En el caso concreto de Altadis (antigua Tabacalera), el abogado que defiende a esta empresa ha recordado que en el consejo de administraci¨®n de Tabacalera hab¨ªa incluso un delegado del Gobierno con poder de veto sobre cualquier decisi¨®n, lo que da una idea de la implicaci¨®n del Estado en el asunto objeto de la demanda.
Por otro lado, los abogados de las compa?¨ªas tabaqueras presentes en la vista oral opinan un¨¢nimemente que es improcedente que la Junta de Andaluc¨ªa presente una demanda sobre la base de 134 casos de pacientes enfermos, en lugar de que sean ¨¦stos los que presenten acciones de forma individual. En este sentido, la abogada de la Junta justifica la presentaci¨®n de la demanda porque lo que se reclama es el reembolso de la asistencia sanitaria de los mismos y no una indemnizaci¨®n por da?os, y porque ese gasto fue satisfecho por una administraci¨®n p¨²blica.
El ¨²ltimo pulso entre la Administraci¨®n andaluza y las tabaqueras tuvo lugar en mayo de 2003 cuando la Audiencia de Madrid rechaz¨® el recurso de estas empresas, que ped¨ªan que se considerara al Estado como responsable en la demanda civil presentada por la Junta. El fallo dictado el 6 de mayo de 2003 por la Audiencia Provincial de Madrid enmienda a la juez instructora, quien plante¨® incluir como demandado al Estado por haber sido Tabacalera un monopolio estatal hasta 1998 y considerar que la compa?¨ªa, tras ser privatizada, asumi¨® "todos sus derechos y obligaciones y todas las responsabilidades futuras".
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