El Tribunal de la UE valida las ¨®rdenes de alejamiento espa?olas contra los maltratadores
Los condenados por violencia machista deber¨¢n respetar la distancia impuesta por el juez aunque la v¨ªctima desee retomar la relaci¨®n
El Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (UE) ha validado hoy el sistema de ¨®rdenes de alejamiento aplicado en Espa?a en casos de violencia machista. Este sistema obliga a los condenados a cumplir esas ¨®rdenes incluso si la v¨ªctima desea retomar la relaci¨®n con el maltratador y el Tribunal ha sentenciado que, aunque se escuche el criterio de la v¨ªctima en los procesos penales, las decisiones judiciales pueden imponerse en contra de su voluntad.
La normativa europea "no se opone a la imposici¨®n de una medida de alejamiento preceptiva con una duraci¨®n m¨ªnima, prevista por el Derecho penal de un Estado miembro, a los autores de violencia en el ¨¢mbito familiar, aun en el supuesto de que las v¨ªctimas de esa violencia se opongan a la aplicaci¨®n de tal medida", se?ala el Tribunal en un comunicado. La sentencia argumenta que "la protecci¨®n penal contra los actos de violencia dom¨¦stica que establece un Estado miembro" no busca ¨²nicamente proteger a las v¨ªctimas sino preservar tambi¨¦n "otros intereses m¨¢s generales de la sociedad".
El Tribunal ha emitido su sentencia a petici¨®n de la Audiencia Provincial de Tarragona, que hab¨ªa condenado por malos tratos a dos ciudadanos, a los que hab¨ªa impuesto sendas ¨®rdenes de alejamiento y la prohibici¨®n de comunicarse con sus parejas durante 17 y 18 meses. Sin embargo, los dos condenados se saltaron las ¨®rdenes de alejamiento al reanudar la relaci¨®n con sus parejas a petici¨®n de estas, por lo que fueron detenidos y condenados de nuevo, en este caso por incumplimiento de la sentencia previa.
Con el apoyo de sus compa?eras sentimentales, ambos recurrieron la decisi¨®n de la Audiencia Provincial tarraconense alegando que la reanudaci¨®n de la convivencia no puede considerarse un delito, ya que se llev¨® a cabo libremente y de forma consentida. Sin embargo, el tribunal comunitario considera que la legislaci¨®n espa?ola puede imponer el alejamiento incluso si las v¨ªctimas desean lo contrario. "El derecho de la v¨ªctima a ser o¨ªda no se opone a que el legislador nacional, particularmente en los supuestos en que han de tenerse en cuenta otros intereses adem¨¢s de los propios de la v¨ªctima, establezca penas preceptivas con una duraci¨®n m¨ªnima", indica la resoluci¨®n judicial.
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