Los jueces anulan la exclusi¨®n de la asignatura de Religi¨®n del bachillerato en Valencia
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana rechaza, por otro lado, aumentar a dos horas semanales la asignatura en la ESO
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha estimado parcialmente un recurso del Arzobispado de Valencia contra la exclusi¨®n de la asignatura de Religi¨®n en segundo curso de bachillerato, obligando a que forme parte del bloque de materias optativas espec¨ªficas. En la misma resoluci¨®n ¡ªcontra la que cabe recurso de casaci¨®n que la Generalitat ya ha anunciado que interpondr¨¢¡ª, el tribunal valenciano rechaza ampliar el n¨²mero de horas de Religi¨®n en Secundaria, como tambi¨¦n ped¨ªa el arzobispado.
La Secci¨®n Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo aplica la jurisprudencia reciente del Tribunal Supremo. El alto tribunal se pronunci¨® en julio sobre un decreto de la Junta de Extremadura similar al decreto valenciano recurrido, por el que se establec¨ªa el curr¨ªculo y se desarrollaba la ordenaci¨®n general de la Educaci¨®n Secundaria Obligatoria (ESO) y del bachillerato en la Comunidad Valenciana.
Los jueces valencianos declaran nulo el Anexo V del decreto por no incluir Religi¨®n en la oferta educativa de segundo de bachillerato, contrariamente a lo que establece la Ley Org¨¢nica de Educaci¨®n. Los magistrados argumentan que "la defensa de la Administraci¨®n aqu¨ª demandada pr¨¢cticamente despliega las mismas argumentaciones [de la Junta de Extremadura] desautorizadas por el Tribunal Supremo".
"En ninguna parte del decreto, desde luego no en el pre¨¢mbulo como habr¨ªa sido pertinente, aparece cumplido el mandato contundente e inequ¨ªvoco recogido en el art¨ªculo 34 de la Ley Org¨¢nica 2/2006". Dicha norma incluye la Religi¨®n dentro del conjunto de asignaturas espec¨ªficas que se han de ofertar a los alumnos de segundo curso de bachillerato, para que estos elijan un m¨ªnimo de dos y un m¨¢ximo de tres.
La Ley 2/2006 y el Real Decreto 1105/2014 establece que la elecci¨®n de los alumnos estar¨¢ en funci¨®n de la regulaci¨®n y de la programaci¨®n de la oferta educativa de cada Administraci¨®n educativa y de los centros docentes. "No obstante, si se quiere entender esa funcionalidad en el sentido de que permite prescindir de la Religi¨®n entre las asignaturas que son objeto de elecci¨®n, deber¨¢ explicarse por qu¨¦", advierte el TSJCV.
La Consejer¨ªa de Educaci¨®n ha indicado que, en aplicaci¨®n de una medida cautelar dictada el a?o pasado por el mismo tribunal, en este curso ya se est¨¢ ofertando religi¨®n en segundo de Bachillerato, algo, ha a?adido el departamento, que nunca hab¨ªa ocurrido.
No hacen falta m¨¢s horas
En cambio, la Sala no halla objeci¨®n a que la Religi¨®n concurra en la oferta del mismo curso, segundo de bachillerato, con otras 10 asignaturas espec¨ªficas de car¨¢cter optativo aun cuando ninguna de ellas sea una asignatura de valores. Y tampoco considera que la reducci¨®n de las clases de Religi¨®n de dos a una hora semanal en primero y segundo de la ESO, tal y como determina el decreto cuestionado, "impida un tratamiento suficiente de la materia".
Los magistrados concluyen que esa reducci¨®n no implica "una carga lectiva irrelevante" que haga imposible desarrollar "el programa did¨¢ctico coherente y completo de ense?anza de la Religi¨®n Cat¨®lica".
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