Vox pide al Constitucional que suspenda la ley de eutanasia por el valor ¡°absoluto¡± del derecho a la vida
El recurso plantea que el tribunal declare la ¡°radical inconstitucionalidad¡± de la nueva normativa por infringir el derecho a la vida
Vox ha presentado la ma?ana de este mi¨¦rcoles un recurso de inconstitucionalidad contra la ley de eutanasia, que entra en vigor el pr¨®ximo 25 de junio, en el que pide que su aplicaci¨®n sea suspendida a la mayor brevedad, por afectar al derecho a la vida. La tesis del recurso es que si bien la ley que rige el funcionamiento del Constitucional no prev¨¦ la suspensi¨®n de leyes ¨Csalvo cuando lo solicita el Gobierno respecto de normas auton¨®micas¨C, el tribunal deber¨ªa hacer una interpretaci¨®n del marco legal que le permitiera evitar el riesgo de p¨¦rdida de vidas durante el per¨ªodo en que se est¨¦ tramitando esta impugnaci¨®n.
Fuentes del Constitucional estiman que las posibilidades de que prospere la petici¨®n de suspensi¨®n formulada por Vox son muy remotas, por no decir inexistentes. En tales medios se subraya que el Constitucional nunca ha aceptado solicitudes de este tipo, por la falta de previsi¨®n legal para darles cauce. La ley org¨¢nica del Constitucional s¨ª determina que el Gobierno podr¨¢ solicitar la suspensi¨®n autom¨¢tica de las leyes auton¨®micas, en cuanto su recurso sea admitido a tr¨¢mite. Pero no existe regulaci¨®n de otro supuesto.
El recurso argumenta a su vez que si al final del procedimiento la ley de eutanasia fuera declarada inconstitucional, como Vox propugna, se habr¨ªa producido ya un da?o irreparable, por los casos en que se hubiese aplicado. El texto de la impugnaci¨®n, presentada por el grupo parlamentario de Vox, sostiene que este es un supuesto distinto al que plante¨® la ley de despenalizaci¨®n del aborto, que fue recurrida en 2010 y sigue, 11 a?os m¨¢s tarde, pendiente de sentencia.
Los recurrentes subrayan que tambi¨¦n en 2010 se pidi¨® la suspensi¨®n de aquella ley, y el Constitucional lo deneg¨®, pero a?ade que se unieron al fallo cinco votos particulares en los que los magistrados discrepantes criticaban la ausencia de previsi¨®n legal para atender dicha imprevisi¨®n. Tales votos particulares ¨Cargumenta Vox¨C vuelven a emplazar ahora al Constitucional, que tiene a su juicio una nueva oportunidad para colocar la defensa del derecho a la vida por delante de otras consideraciones.
El recurso dirige en este sentido un reproche al tribunal de garant¨ªas, porque destaca que se comprometi¨® a decidir con rapidez sobre el recurso contra la ley del aborto, una norma que 11 a?os despu¨¦s sigue pendiente de sentencia. En medios del Constitucional siempre se ha justificado este retraso con el argumento de que la controversia sobre la citada ley de despenalizaci¨®n ha dado paso a una situaci¨®n menos conflictiva, en la que no parece conveniente reabrir el debate, cuando ya no existe ni entre las fuerzas pol¨ªticas.
La impugnaci¨®n de Vox sostiene que la ley de Eutanasia presenta una ¡°radical inconstitucionalidad¡±, por cuanto ¡°articula el sacrificio del derecho fundamental a la vida ¨Csustrato ontol¨®gico de todos los dem¨¢s derechos¨C sobre la base de una inconstitucional ponderaci¨®n con otros bienes constitucionales, en atenci¨®n a los cuales no puede ceder el derecho fundamental a la vida¡±. A?ade que ¡°el inconstitucional reconocimiento del derecho de toda persona a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir, consagrado en los art¨ªculos 1 y 4.1 de la ley, proyecta su inconstitucionalidad sobre la totalidad del articulado¡±. Y ello por cuanto el resto del texto ¡°no es sino la plasmaci¨®n de los requisitos (cap¨ªtulo II), el procedimiento para su realizaci¨®n (cap¨ªtulo III), las garant¨ªas del acceso a la prestaci¨®n (cap¨ªtulo IV) y la previsi¨®n de las Comisiones de Garant¨ªa y Evaluaci¨®n (cap¨ªtulo V)¡±.
Los recurrentes tambi¨¦n argumentan que ¡°la configuraci¨®n de la eutanasia como un derecho subjetivo de nueva generaci¨®n -en la que su titular estar¨ªa legitimado para exigir del sujeto pasivo, esto es, del Estado que act¨²e para provocar la muerte de un ciudadano- contradice de forma radical lo afirmado reiteradamente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (sentencia de 29 de abril de 2002, Pretty c. Reino Unido) y por el Tribunal Constitucional (por todas, STC 154/2002, de 18 de julio) de que no existe un derecho a exigir que se provoque la propia muerte¡±.
El texto a?ade que ¡°no puede pues el legislador introducir un nuevo derecho individual cuya existencia no solo ha sido negada por los m¨¢s altos tribunales, sino que adem¨¢s implicar¨ªa infringir un derecho fundamental como es el de la vida¡±, consagrado en el art. 15 de la Constituci¨®n. Subraya asimismo el recurso que ¡°una cosa es que un determinado acto antijur¨ªdico pueda no conllevar determinadas consecuencias jur¨ªdicas por las circunstancias concurrentes, y otra es afirmar que dicho acto es un derecho equiparable a aquel cuyo contenido se est¨¢ infringiendo¡±, en referencia al derecho a la vida.
El l¨ªder del Vox, Santiago Abascal, dijo tras presentar el recurso, frente a la sede del Constitucional, que la ley de eutanasia ¡°es una derrota de la civilizaci¨®n y una victoria de la cultura de la muerte¡±. Para Abascal, se trata de ¡°una victoria de aquellos que piensan que unas vidas son m¨¢s dignas que otras, una victoria de aquellos que han arrojado la toalla del deber que tienen las sociedades y los estados de ofrecer cuidados paliativos a las personas que m¨¢s est¨¢n sufriendo, una derrota a manos de aquellos que solo ofrecen desesperanza y que ofrecen a las personas m¨¢s d¨¦biles y que m¨¢s sufren ¨²nicamente una soluci¨®n final que es tan cruel como inhumana¡±. A?adi¨® que ¡°vamos a desandar todo este camino tenebroso que ha iniciado este Gobierno, vamos a continuar adelante defendiendo la vida desde su concepci¨®n hasta su extinci¨®n natural¡±.
El pleno del Congreso de los Diputados aprob¨® la ley de Eutanasia en marzo de este a?o, por 202 votos a favor, 141 en contra y dos abstenciones. Con su entrada en vigor la semana que viene, Espa?a se convertir¨¢ en el quinto pa¨ªs del mundo en regular este derecho.
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