?Pueden multarme si mi perra se queda pre?ada? ?Tengo que esterilizar a mi gato? Gu¨ªa del proyecto de ley de bienestar animal
La nueva norma fija los requisitos para comprar o adoptar a un animal de compa?¨ªa y las condiciones en que deben ser alojados y transportados
El anteproyecto de Ley de protecci¨®n, derechos y bienestar de los animales, que fue aprobado a principio de agosto por el Gobierno e iniciar¨¢ pr¨®ximamente su tramitaci¨®n parlamentaria por la v¨ªa de urgencia, regula el trato que deber¨¢n recibir los animales de compa?¨ªa, un colectivo muy numeroso. Seg¨²n el pre¨¢mbulo del texto, en Espa?a hay 13 millones de ellos identificados oficialmente (un 93%, perros) y un n¨²mero similar que no lo est¨¢n. Las condiciones en las que deben vivir est¨¢n recogidas en normativas de car¨¢cter auton¨®mico y municipal muy variadas. La nueva ley pretende establecer ¡°un m¨ªnimo com¨²n de derechos y obligaciones con los animales con independencia del territorio en el que se desenvuelven¡±. Estos son algunos de los cambios que introduce el anteproyecto, que el Ministerio de Asuntos Sociales espera que pueda aprobarse en octubre.
?Pueden multar al due?o de una perra que se quede pre?ada? S¨ª, pero solo si el due?o del animal (sea una perra o de otra especie) no est¨¢ inscrito en el Registro de Criadores de Animales de Compa?¨ªa, abierto a todos los ciudadanos (que no hayan sido inhabilitados para su tenencia), incluidos los que solo quieran que su mascota tenga una camada. Para ser admitidos deber¨¢n contar con un espacio que cumpla unos requisitos m¨ªnimos (que podr¨¢n cumplirse en un domicilio urbano) y acreditar una formaci¨®n que se establecer¨¢ en un reglamento. En caso de que no est¨¦ inscrito como criador oficial y su mascota tenga descendencia, el propietario podr¨¢ ser sancionado como autor de una infracci¨®n leve, que lleva aparejada una multa de entre 500 y 10.000 euros. Si el propietario reincide en el plazo de tres a?os, la multa pasar¨¢ a ser grave (de 10.001 a 50.000 euros).
El objetivo de la medida es, por un lado, reducir el elevado n¨²mero de abandonos de animales (que se estima, seg¨²n las fuentes, entre 200.000 y 300.000 al a?o). Y por otro, seg¨²n el director general de Derechos de los Animales, Sergio Garc¨ªa, mejorar la ¡°trazabilidad¡± de estos animales, como ya sucede con los que pertenecen a explotaciones ganaderas.
?Tengo que esterilizar a mi gato? S¨ª, antes de que cumpla seis meses, salvo que su titular figure en el Registro de Criadores y haya inscrito el ejemplar como reproductor. Uno de los cambios de la ¨²ltima versi¨®n del anteproyecto ha sido eliminar la obligaci¨®n gen¨¦rica de esterilizar a los animales en caso de que convivieran con otros de su misma especie y distinto sexo. En el caso de los gatos, se ha mantenido la obligaci¨®n por el hecho de que buena parte de ellos salen solos de casa y resultan imposibles de controlar.
?Se restringen las condiciones para comprar o adoptar un animal? S¨ª. En el caso de los perros, los due?os deber¨¢n pasar un curso, que ser¨¢ gratuito. No se podr¨¢n comprar ni adoptar perros y gatos de menos de ocho semanas. La entrega de los animales, que solo podr¨¢n hacer personas, establecimientos o entidades registradas, deber¨¢ ir acompa?ada de un contrato de compraventa o de adopci¨®n. En caso de adopci¨®n, el animal deber¨¢ haber sido esterilizado o constar un ¡°compromiso de esterilizaci¨®n¡± si sus condiciones sanitarias hacen aconsejable aplazarla. Perros, gatos y hurones deber¨¢n estar identificados con un microchip (los p¨¢jaros, con una anilla) ¡°desde su nacimiento¡±, e inscritos en el Registro de Animales de Compa?¨ªa.
?Se protege m¨¢s a los animales? El endurecimiento del castigo por maltratar a los animales (no solo a los de compa?¨ªa), con penas de hasta dos a?os de c¨¢rcel, se incluy¨® en el anteproyecto de reforma del C¨®digo Penal que est¨¢ en tramitaci¨®n en el Congreso. La ley de bienestar de los animales de compa?¨ªa tambi¨¦n hace referencia expresa, sin embargo, a algunos aspectos, como la prohibici¨®n de sacrificar a los animales (¡°salvo por motivos de seguridad de las personas o animales o de existencia de riesgo para la salud p¨²blica debidamente justificado por la autoridad competente¡±). Su ¡°muerte asistida¡± solo podr¨¢ tener lugar para evitar su sufrimiento bajo ¡°criterio y control veterinario¡±.
Tambi¨¦n se proh¨ªben, entre otras pr¨¢cticas, el tiro al pich¨®n, su uso en ferias, ¡°ejercer la mendicidad vali¨¦ndose de ellos¡± y el uso de animales salvajes (aunque no de otro tipo) en espect¨¢culos de circo. Abandonarlos o mutilarlos est¨¢ considerado (aparte del castigo penal) como una infracci¨®n grave. Matarlos o adiestrarlos para participar en peleas, como muy grave (de 50.001 a 200.000 euros de multa).
?C¨®mo hay que alojarlos? Como norma general, el anteproyecto establece que los animales de compa?¨ªa deben integrarse ¡°en el n¨²cleo familiar, siempre que sea posible por su especie¡±. Cuando no lo sea, ¡°por razones incompatibles con su calidad de vida, tama?o o caracter¨ªsticas¡±, deber¨¢n ¡°disponer de un alojamiento adecuado, con habit¨¢culos acordes a sus dimensiones y que los protejan de las inclemencias del tiempo, en buenas condiciones higi¨¦nico-sanitarias, de forma que se facilite un ambiente en el que puedan desarrollar las caracter¨ªsticas propias de su especie y raza¡±. La norma proh¨ªbe expresamente ¡°mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, s¨®tanos, patios y similares o veh¨ªculos¡± (o llevarlos atados a estos ¨²ltimos en marcha si son de motor).
Los animales de compa?¨ªa tampoco podr¨¢n ser ¡°dejados sin supervisi¨®n durante m¨¢s de tres d¨ªas¡±, o de 24 horas en el caso de los perros (con excepci¨®n de los utilizados para el pastoreo, que deber¨¢n ¡°ir provistos de sistemas de localizaci¨®n y posicionamiento geogr¨¢fico¡±).
?C¨®mo hay que transportarlos? Deber¨¢n ir ¡°en habit¨¢culos adaptados especialmente para ellos, salvo que viaje en el mismo espacio que su responsable, sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de seguridad vial¡±, y atenderse sus ¡°necesidades fisiol¨®gicas¡±. Est¨¢ prohibido enviarlos por ¡°correo, mensajer¨ªa o similares¡±, salvo que se trate de empresas ¡°dedicadas al transporte profesional de animales¡±.
?Desaparece la lista de perros peligrosos? S¨ª, la norma deroga la regulaci¨®n, elaborada en 1999 por el Ministerio del Interior, que establec¨ªa una serie de razas peligrosas (ocho, entre ellas el Pit Bull Terrier o el Rottweiler), y la sustituye por una evaluaci¨®n de ¡°sociabilidad¡± (que deber¨¢n pasar todos los ejemplares de, probablemente, m¨¢s de 10 kilos, aunque el l¨ªmite se establecer¨¢ en un futuro reglamento) que determinar¨¢ si los animales requieren un ¡°manejo especial¡±, entre ellos uso de correa corta y bozal, pertenezcan o no a dichas razas.
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