La ley de familias da a los trabajadores hasta nueve d¨ªas remunerados al a?o para atender urgencias y cuidados de familiares enfermos
Las parejas de hecho dispondr¨¢n de 15 d¨ªas libres cuando formalicen su situaci¨®n en el registro, igual que los matrimonios
El anteproyecto de la ley de familias, que pasar¨¢ por el Consejo de Ministros el pr¨®ximo martes, recoge un amplio paquete de medidas de conciliaci¨®n. Entre ellas, los trabajadores dispondr¨¢n de nuevos permisos remunerados. Contempla un permiso de cinco d¨ªas por cuidado de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad (abuelos, nietos o hermanos) o convivientes que hayan sufrido un accidente o enfermedad graves. Adem¨¢s, establece que el empleado ¡°tendr¨¢ derecho a ausentarse del trabajo por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata¡±. Podr¨¢n ser retribuidas, como m¨¢ximo, las horas de ausencia equivalentes a cuatro d¨ªas al a?o, de la forma en la que se regule en los convenios colectivos. Es decir, en suma hasta nueve d¨ªas anuales. La ley, que plantea un marco de referencia para establecer una protecci¨®n m¨ªnima en todo el territorio a todos los tipos de familia, algo que hab¨ªa recomendado la OCDE, pretende acabar con la ¡°fragmentaci¨®n y falta de equidad del conjunto de normas¡± que hay en el pa¨ªs sobre la materia. Adem¨¢s, reconoce derechos espec¨ªficos a determinados hogares, como, por ejemplo, los monoparentales.
El Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha pasado meses trabajando en la elaboraci¨®n de la ley, y a¨²n hay temas que contin¨²an sobre la mesa de negociaci¨®n con el resto de ministerios, seg¨²n ha podido saber este diario, especialmente de armonizaci¨®n con otras normativas. El borrador del anteproyecto, al que ha tenido acceso EL PA?S y que fue adelantado por Abc, detalla que su objetivo es el reconocimiento jur¨ªdico de los diversos tipos de estructuras familiares, determinar a qu¨¦ prestaciones y servicios tienen derecho seg¨²n sus caracter¨ªsticas, y la reducci¨®n de la pobreza infantil. Para ello, incluye medidas que se aplicar¨¢n a todas las familias, como por ejemplo que las administraciones p¨²blicas desarrollen ¡°un marco estatal para acompa?ar en los primeros mil d¨ªas de vida de los ni?os¡± (para garantizar que ¡°tengan condiciones m¨ªnimas de bienestar¡± en esta etapa), que apoyen a los hogares en la gesti¨®n de conflictos o que promuevan ¡°las actuaciones necesarias para que las personas, en particular las mujeres, no se vean obligadas a abandonar sus trabajos, ni sus carreras profesionales por razones de cuidado¡±. Incorpora tambi¨¦n iniciativas espec¨ªficas para determinados tipos de familias, por ejemplo las que est¨¢n en situaci¨®n vulnerable o las monoparentales. La memoria econ¨®mica prev¨¦ una inversi¨®n de 628 millones de euros anuales.
El anteproyecto transpone la directiva europea de conciliaci¨®n de 2019, para lo cual se modifican varios art¨ªculos del Estatuto de los Trabajadores. Los empleados dispondr¨¢n de cinco d¨ªas remunerados por ¡°accidente o enfermedad graves, hospitalizaci¨®n o intervenci¨®n quir¨²rgica sin hospitalizaci¨®n que precise reposo domiciliario¡± tanto del c¨®nyuge, pareja de hecho o parientes de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad (es decir, suegros, etc.), as¨ª como de ¡°cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera¡± de su cuidado. Hasta ahora solo se recog¨ªan dos d¨ªas de permiso retribuido por motivos como fallecimiento o enfermedad grave de parientes de hasta segundo grado. Tambi¨¦n contar¨¢n con un nuevo permiso parental para el cuidado de los hijos del que podr¨¢ hacerse uso de manera continua o discontinua hasta que los menores cumplan ocho a?os, que en 2023 ser¨¢ de seis semanas y en 2024 se elevar¨¢ a ocho. La directiva establece que este permiso debe ser retribuido, pero en el anteproyecto no consta como tal, aunque en la exposici¨®n de motivos se detalla que ¡°los Estados miembros cuentan con un plazo de transposici¨®n para ello que termina el 2 de agosto de 2024¡å. Asimismo, recoge que tendr¨¢n derecho a solicitar las adaptaciones de duraci¨®n y distribuci¨®n de la jornada laboral no solo quienes tengan hijos menores de 12 a?os, tambi¨¦n quienes necesiten cuidar a sus hijos mayores de 12 a?os, el c¨®nyuge o pareja de hecho, familiares de hasta segundo grado de consanguinidad, ¡°as¨ª como de otras personas dependientes cuando, en este ¨²ltimo caso, convivan en el mismo domicilio¡±, debiendo justificar el porqu¨¦ de su petici¨®n.
Fuentes de Derechos Sociales confirmaron esta semana que este permiso parental ir¨ªa incluido en la ley, igual que informaron de que quedar¨ªa recogida la ampliaci¨®n de la renta crianza de 100 euros al mes para familias con ni?os de hasta tres a?os. La ministra Ione Belarra (Unidas Podemos) hab¨ªa defendido numerosas veces en los ¨²ltimos meses la creaci¨®n de una prestaci¨®n universal por crianza, como ped¨ªan las organizaciones de infancia, e incluso la OCDE inst¨® a Espa?a a explorar su creaci¨®n. Se trata de una prestaci¨®n que tienen muchos pa¨ªses del entorno (Espa?a invirti¨® en familia e infancia el 1,3% del PIB en 2019, frente al 2,3% de media en la UE). Sin embargo, en la negociaci¨®n de los Presupuestos con el socio de la coalici¨®n, el PSOE, no se lleg¨® a tanto, seg¨²n trascendi¨® entonces. Se logr¨® una medida que queda recogida en la ley: tambi¨¦n podr¨¢n beneficiarse de la actual deducci¨®n fiscal para madres trabajadoras con ni?os en este tramo de edad quienes perciban una prestaci¨®n por desempleo o hayan cotizado a la Seguridad Social al menos 30 d¨ªas despu¨¦s del nacimiento del beb¨¦. Esta ayuda ser¨¢ incompatible con el complemento de infancia del ingreso m¨ªnimo vital (100 euros al mes para familias vulnerables con ni?os de hasta tres a?os). Sumando ambas ayudas, fuentes de Derechos Sociales puntualizaron entonces que se est¨¢ cerca de la universalidad en estas edades.
Adem¨¢s de estas medidas, el anteproyecto tambi¨¦n incorpora novedades en cuanto a las parejas de hecho. Se prev¨¦ la creaci¨®n de un registro estatal de las parejas de hecho que hayan sido previamente inscritas en los espec¨ªficos de las comunidades aut¨®nomas, entidades locales y las que se hayan formalizado a trav¨¦s de un documento p¨²blico. Estas parejas dispondr¨¢n, igual que quienes contraen matrimonio, de 15 d¨ªas libres cuando formalicen su situaci¨®n en el registro. Y se permite que accedan a los permisos de cuidados de los que pueden disponer las parejas casadas (por ejemplo, los dos d¨ªas libres que ten¨ªan los trabajadores en caso de familiares no contemplaban a las parejas de hecho).
El borrador del anteproyecto incluye asimismo iniciativas espec¨ªficas para mejorar la protecci¨®n a determinados tipos de familias. Por ejemplo, las numerosas pasan a englobarse en una categor¨ªa m¨¢s amplia, la de familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza (as¨ª pasar¨¢ a denominarse esa ley), que engloba a otros tipos de hogares que equiparan sus derechos con los de las numerosas, con los consiguientes beneficios fiscales y otras ayudas que ello conlleva. Entre ellos, las familias con dos hijos encabezadas por una v¨ªctima de violencia de g¨¦nero o un c¨®nyuge que haya obtenido la guarda y custodia exclusiva sin derecho a pensi¨®n de alimentos, as¨ª como las familias con dos hijos donde un ascendiente o descendiente tenga discapacidad. Tambi¨¦n las familias monoparentales con dos hijos.
Respecto a estas ¨²ltimas, hay m¨¢s novedades. Todas contar¨¢n con un t¨ªtulo que les acredite como tal ante cualquier administraci¨®n o entidad p¨²blica o privada, que ser¨¢ expedido por las administraciones auton¨®micas y tendr¨¢ validez en todo el territorio nacional, sin necesidad de tr¨¢mites adicionales. Ser¨¢ considerada una familia monoparental la que cuente con un solo progenitor, o cuando la guarda y custodia sea exclusiva de uno de ellos sin derecho a percibir pensi¨®n de alimentos, entre otras situaciones. El t¨ªtulo estar¨¢ vigente, con car¨¢cter general, hasta que los hijos cumplan 21 a?os, que puede elevarse hasta los 26 si contin¨²an sus estudios. Este t¨ªtulo ser¨¢ compatible con el de familia con mayores necesidades de apoyo. Las familias monoparentales deber¨¢n tener acceso a beneficios como ser ¡°sector preferente¡± en la puntuaci¨®n de los baremos para acceder a viviendas de protecci¨®n oficial, y las comunidades aut¨®nomas deber¨¢n arbitrar medidas para garantizar que los ni?os de estas familias dispongan de acceso gratuito a centros de educaci¨®n infantil durante al menos 16 semanas en los 24 primeros meses de vida o adopci¨®n o acogimiento.
Sin embargo, una de las principales medidas reclamadas por las familias monoparentales, la equiparaci¨®n de permisos de maternidad y paternidad a los de las familias con dos progenitores, ha quedado fuera del texto, pese a que s¨ª estaba en la propuesta inicial de Belarra. La ministra tambi¨¦n hab¨ªa defendido la ampliaci¨®n de los permisos de maternidad y paternidad, para el conjunto de la poblaci¨®n, de las 16 semanas actuales hasta 24, pero es una medida que no consigui¨® incorporarse ni en las cuentas de 2022 (cuando la medida se negoci¨® entre los dos socios de gobierno) ni tampoco consta en el anteproyecto de la ley de familias.
Familias en situaci¨®n de vulnerabilidad
Tambi¨¦n se recogen medidas espec¨ªficas para familias en situaci¨®n de vulnerabilidad con menores a cargo, como bonificaciones de las tasas o precios p¨²blicos y prioridad en el acceso a actividades organizadas por las administraciones p¨²blicas en centros p¨²blicos o concertados, como por ejemplo actividades extraescolares o campamentos de verano, entre otras medidas. Las administraciones impulsar¨¢n medidas para prevenir la discriminaci¨®n de las familias LGTBI y promover¨¢n la visibilidad de la diversidad familiar en el curr¨ªculum educativo. El respeto a la diversidad familiar debe ser un principio del sistema educativo, y los formularios y cuestionarios para el alumnado no podr¨¢n contener ep¨ªgrafes que no sean inclusivos. Asimismo, se habla de familias reconstituidas, es decir, cuando uno de los progenitores vuelve a emparejarse. Deber¨¢ regularse de forma expl¨ªcita ¡°el alcance de las relaciones¡± de los menores con las figuras parentales que no tienen atribuida la patria potestad sobre ellos, ¡°de forma que se pueda atribuir al c¨®nyuge o conviviente en pareja estable¡± alguna forma de responsabilidad parental y se definan derechos y obligaciones, siempre escuchando a los ni?os.
Por otro lado, se reconoce el ¡°derecho subjetivo¡± de los menores y sus familias a la atenci¨®n temprana, algo que actualmente no est¨¢ recogido de esta forma en la legislaci¨®n. Se trata de unos servicios que se deben prestar lo antes posible (hasta los seis a?os) para paliar necesidades de los ni?os con trastornos de desarrollo, cuya competencia es auton¨®mica y que presenta grandes diferencias territoriales. Tambi¨¦n se mejoran los permisos y prestaciones a los que se tendr¨¢ derecho en caso de acogimiento temporal de menores.
Esta norma es parte del acuerdo de coalici¨®n entre los dos socios de Gobierno, y hay un compromiso con la Uni¨®n Europea, en el marco de los Fondos de Recuperaci¨®n, Transformaci¨®n y Resiliencia, para que sea aprobada definitivamente antes de junio del a?o que viene. Cuando se anunciaron los Presupuestos de 2023, los dos socios de la coalici¨®n anunciaron que se tramitar¨¢ de urgencia. Los plazos, aun as¨ª, son muy ajustados para que su tramitaci¨®n termine esta legislatura. Tras su previsible aprobaci¨®n el pr¨®ximo martes, debe recibir informes de ¨®rganos consultivos y volver a pasar en segunda vuelta por Consejo de Ministros antes de pasar a las Cortes.
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