El Supremo fija que quien tenga orden de alejamiento debe distanciarse de su v¨ªctima en caso de un encuentro casual
Los magistrados confirman la condena a seis meses de prisi¨®n a un hombre que se encontr¨® con su expareja en un pub en Gij¨®n y no lo abandon¨®.
El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que la persona que tenga una orden de alejamiento en vigor, si se encuentra de forma casual con su v¨ªctima, debe abandonar el lugar en el que coincidan. ¡°La situaci¨®n generada debe ser, inmediatamente, resuelta por quien tiene obligaci¨®n de impedir esa aproximaci¨®n, pues es la persona que tiene limitada su libertad deambulatoria en los t¨¦rminos impuestos en la sentencia¡±, recoge la resoluci¨®n del Supremo.
El alto tribunal, con ponencia del magistrado Andr¨¦s Mart¨ªnez Arrieta, subraya que la v¨ªctima no tiene restringidos sus derechos y, por lo tanto, no tiene obligaci¨®n que le limite su deambulaci¨®n. De forma que, en caso de encuentro, el deber de marcharse del lugar ¡°le incumbe al condenado¡± para garantizar la seguridad de la v¨ªctima.
Con su sentencia, el Supremo confirma la condena a seis meses de prisi¨®n por un delito de quebrantamiento de medida cautelar que la Audiencia Provincial de Oviedo impuso a un hombre con una orden en vigor de alejamiento de su expareja. Ambos se encontraron de forma casual en un pub en Gij¨®n una noche y el hombre no abandon¨® el lugar. Pese a verla y ser consciente de que ten¨ªa prohibido acercarse a ella a menos de 200 metros, permaneci¨® en el local, del que la mujer se march¨® unos diez minutos despu¨¦s y, una vez fuera, avis¨® a la Polic¨ªa Local.
Los magistrados rechazan el recurso del condenado, que alegaba que no quebrant¨® la condena, puesto que en ning¨²n momento se acerc¨® a su v¨ªctima, sino que se limit¨® a no hacer nada y a quedarse all¨ª. El tribunal le recuerda, sin embargo, que estaba vigente la prohibici¨®n de acercarse a cualquier lugar donde se encontrara la v¨ªctima, fuera su domicilio, su lugar de trabajo o cualquier otro.
La sentencia resalta al mismo tiempo que la v¨ªctima es la persona ¡°protegida por la adopci¨®n de una medida de aseguramiento y no es la destinataria de una orden de prohibici¨®n de aproximarse o de evitar comunicaci¨®n, pues la medida se impone al victimario¡±, en este caso al condenado.
El tel¨¦fono 016 atiende a las v¨ªctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del d¨ªa, todos los d¨ªas del a?o, en 53 idiomas diferentes. El n¨²mero no queda registrado en la factura telef¨®nica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. Tambi¨¦n se puede contactar a trav¨¦s del correo electr¨®nico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el n¨²mero 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al tel¨¦fono de la Fundaci¨®n ANAR 900 20 20 10. Si es una situaci¨®n de emergencia, se puede llamar al 112 o a los tel¨¦fonos de la Polic¨ªa Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicaci¨®n ALERTCOPS, desde la que se env¨ªa una se?al de alerta a la Polic¨ªa con geolocalizaci¨®n.
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