La Audiencia Provincial de Sevilla absuelve a El Cuco y a su madre por mentir en su declaraci¨®n
Por reconocer su falso testimonio en el juicio contra Carca?o, una jueza en 2022 los hab¨ªa condenado a dos a?os de prisi¨®n y a una indemnizaci¨®n de 30.000 euros a los padres de Marta del Castillo
Nuevo rev¨¦s para la familia de Marta del Castillo. La Audiencia Provincial de Sevilla ha revocado la condena a dos a?os de prisi¨®n impuesta a Javier Garc¨ªa, El Cuco, y a su madre, Rosal¨ªa Garc¨ªa, por haber mentido cuando declararon como testigos en el juicio por el asesinato de la joven sevillana que se celebr¨® en 2011. Han quedado absueltos. En la sentencia, los magistrados indican que la figura de ¡°testigo coimputado¡± en la que el Cuco acudi¨® a declarar en ese proceso ¡°no se encuentra regulada¡± legalmente y que el Tribunal Supremo no ha determinado las consecuencias de faltar a la verdad en su declaraci¨®n. Respecto a la madre, la Secci¨®n Primera ha decidido absolverla porque ¡°no minti¨® en cuestiones trascendentales¡± para la resoluci¨®n del caso y tampoco fue advertida de la dispensa legal de no contestar a preguntas que pudieran perjudicar a su hijo.
En mayo de 2022, El Cuco y su madre reconocieron ante la titular del Juzgado de lo Penal n¨²mero 7 de Sevilla que ambos mintieron en el juicio de 2011 tras la muerte de Marta de Castillo por la que Miguel Carca?o fue condenado como ¨²nico autor del asesinato a 21 a?os de prisi¨®n. Garc¨ªa admiti¨® que, contrariamente a lo que declar¨® el 25 de octubre de 2011, ¨¦l s¨ª estaba en el piso de Le¨®n XIII el 24 de enero de 2009, la noche del crimen. Su madre tambi¨¦n confirm¨® que minti¨® cuando en ese mismo proceso, cuando asegur¨® que su hijo a la 1.30 de la madrugada estaba en su cama.
Cuando el Cuco declar¨® en el juicio de 2011, ya hab¨ªa sido condenado por encubrimiento de ese asesinato por un tribunal de menores, puesto que cuando sucedieron los hechos, ¨¦l era menor de edad. De hecho, la Audiencia Provincial confirmaba su condena a dos a?os y 11 meses de internamiento cinco d¨ªas antes de que acudiera como testigo al proceso en el que se juzgaba a Carca?o. En su propio juicio, el Cuco tambi¨¦n ofreci¨® otra versi¨®n, de acuerdo con el relato de los hechos probados recogido en la sentencia.
Derecho de no declarar
Por reconocer su falso testimonio, la jueza conden¨® en 2022 a El Cuco y a su madre a dos a?os de prisi¨®n, al pago de una multa de 1.440 euros y a una indemnizaci¨®n solidaria de 30.000 euros a los padres de Marta en concepto de responsabilidad civil por el ¡°dolor innegable y manifiesto¡± causado. Ahora la Audiencia de Sevilla revoca este fallo y admite el recurso de la defensa que aleg¨® que cuando el Cuco declar¨® en el juicio contra Carca?o, se vulner¨® su derecho a no declarar y a no confesarse culpable y que, por tanto, no ten¨ªa obligaci¨®n de decir verdad.
La jueza no admiti¨® la cuesti¨®n previa solicitada por el abogado defensor, pero la Audiencia Provincial ahora entiende que ¡°no se dio respuesta con la suficiencia necesaria a una cuesti¨®n jur¨ªdica tan controvertida como la planteada por el letrado de la defensa por parte de la magistrada, quien se limit¨® a indicar que resultaba irrelevante la cuesti¨®n planteada desde el momento en que el acusado hab¨ªa reconocido que hab¨ªa faltado a la verdad¡±. Para los magistrados, el reconocimiento del Cuco de que hab¨ªa mentido en el juicio de 2011 no implica que, tras haber sido condenado por su participaci¨®n en el asesinato de Marta del Castillo, al ser luego llamado a declarar en otra causa sobre los mismos hechos, no se determinara ¡°en qu¨¦ calidad compareci¨® y el alcance de su declaraci¨®n, no solo probatorio, sino de sus consecuencias¡±.
En esta l¨ªnea, la sala no cuestiona que el Cuco no pudiera ser llamado a declarar en la causa que juzgaba a Miguel Carca?o, pero s¨ª se?ala que ¡°lo que s¨ª era controvertido era su alcance probatorio¡± por la doctrina del Tribunal Constitucional sobre la valoraci¨®n de las declaraciones de los coimputados y ¡°las consecuencias de su declaraci¨®n en esa condici¨®n de testigo, entre ellas, la de incurrir en delito de falso testimonio¡±. Los magistrados tambi¨¦n recogen jurisprudencia del Tribunal Supremo que tambi¨¦n concluye que el testimonio de un imputado que ya ha sido juzgado por los mismos hechos en una causa anterior ¨Dcomo ocurri¨® en el caso del juicio de menores del Cuco¨D solo puede ser llevado a juicio en calidad de testigo y no de imputado para evitar el doble enjuiciamiento.
La sala considera que en el caso del Cuco ¡°no estamos ante un testigo al uso¡± porque en su caso, Garc¨ªa no era ¡°coacusado, ni un imputado, al haber reca¨ªdo sentencia firme por hechos iguales de enjuiciamiento, pero, en virtud del Pleno, se le cita como testigo¡± y concluye que se trata de ¡°una figura h¨ªbrida, la del testigo-coimputado, aun cuando haya sido condenado, que no se encuentra regulada en nuestra legislaci¨®n¡± y que ¡°no se extiende a otros pronunciamientos ni especifica las consecuencias de esa declaraci¨®n, por lo que no puede extenderse a las del testigo com¨²n cuando la figura creada es la de un testigo sui generis¡±.
La figura del testigo-coimputado, sin regulaci¨®n
La Audiencia concluye que ¡°la figura del testigo-coimputado no se encuentra regulada¡± y que el Supremo ¡°solo ha indicado su valor probatorio a efectos de su credibilidad en el proceso en que se emite, sin que se haya determinado si este sui g¨¦neris testigo incurrir¨ªa en el delito de falso testimonio en caso de faltar a la verdad en datos esenciales del proceso¡±. Como no se han establecido cu¨¢les son esas consecuencias, los magistrados concluyen que no se pueden extender las del falso testimonio a su declaraci¨®n.
Sobre la declaraci¨®n de Rosal¨ªa, la madre del Cuco, la Audiencia Provincial entiende que cuando minti¨® sobre las horas a las que volvi¨® su hijo a casa, no lo hizo sobre ¡°aspectos esenciales a los efectos del enjuiciamiento¡±. ¡°Nada aporta para resolver sobre la esencia del juicio, que sit¨²a horas antes la muerte de la joven y la salida del cuerpo del domicilio, por lo que su testimonio en nada afecta a la hora del fallecimiento, ni siquiera la hora en que se hace desaparecer el cuerpo¡±, se?alan los magistrados sobre su declaraci¨®n de 2011.
¡°No apreciamos en la acusada un delito de falso testimonio, al no haber inducido a error al tribunal sobre los datos que aport¨® con su declaraci¨®n al no ser esenciales para la resoluci¨®n del fondo¡± y porque tampoco elimina a su hijo de ¡°su participaci¨®n en los hechos por los que ha sido condenado¡±, concluye la sala, que tambi¨¦n llama la atenci¨®n sobre el hecho de que no se le advirtiera en su momento de su derecho a no responder a preguntas que pudieran incriminar a su hijo.
La condena por falso testimonio al Cuco y a su madre fue la ¨²nica victoria judicial de la familia de Marta del Castillo desde que, ahora hace 15 a?os, empezara el rosario de distintas versiones. A¨²n no se sabe lo que la noche del 24 de enero de 2009 pas¨® ni ¡ªlo que m¨¢s angustia a los suyos¨D d¨®nde se ocult¨® su cuerpo.
Los padres de Marta se aferran al informe pericial sobre la geolocalizaci¨®n del m¨®vil de Carca?o la noche en la que fue asesinada. Tambi¨¦n aqu¨ª vieron c¨®mo el juez negaba el an¨¢lisis de los dispositivos del resto de los implicados por haber quedado absueltos en sentencia firme. Los primeros datos que se han filtrado a la prensa no parecen arrojar novedades que ayuden a ubicar el cad¨¢ver, pero la familia espera que la Polic¨ªa Nacional pueda hallar alguna nueva pista.
En lo que va de a?o, 16 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o exparejas. Desde que arranc¨® la estad¨ªstica oficial, en 2003, son 1.260 mujeres.
El tel¨¦fono 016 atiende a las v¨ªctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del d¨ªa, todos los d¨ªas del a?o, en 53 idiomas diferentes. El n¨²mero no queda registrado en la factura telef¨®nica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. Tambi¨¦n se puede contactar a trav¨¦s del correo electr¨®nico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el n¨²mero 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al tel¨¦fono de la Fundaci¨®n ANAR 900 20 20 10. Si es una situaci¨®n de emergencia, se puede llamar al 112 o a los tel¨¦fonos de la Polic¨ªa Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicaci¨®n ALERTCOPS, desde la que se env¨ªa una se?al de alerta a la Polic¨ªa con geolocalizaci¨®n.
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