Calendario tributario de septiembre 2024 ?Cu¨¢les son las fechas clave para el pago de impuestos?
La DIAN ha hecho un llamado para que la ciudadan¨ªa cumpla con sus obligaciones fiscales dentro del periodo establecido
Septiembre es un mes clave para que los colombianos est¨¦n al corriente con el pago de sus impuestos. A trav¨¦s de un comunicado, la Direcci¨®n de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunci¨® las fechas importantes del calendario tributario de 2024, las cuales se definieron en el Decreto 2229 de 2023. Las autoridades recomiendan estar al pendiente de las fechas de vencimiento para evitar sanciones por extemporaneidad, que en ciertos casos representa el 5% del impuesto por cada mes de retraso.
Renta personas naturales
Las personas naturales residentes fiscales con N¨²mero de Identificaci¨®n Tributaria (NIT) con terminaci¨®n entre los d¨ªgitos 27 y 66 deben presentar su declaraci¨®n del impuesto sobre la renta entre el 2 y 27 de septiembre.
Activos en el exterior
La declaraci¨®n de activos en el exterior se realizar¨¢ entre el 2 y 27 de septiembre y, tal como la renta de personas naturales, ser¨¢ para personas cuyo NIT termine entre los d¨ªgitos 27 y 66. Este tr¨¢mite es obligatorio para aquellos con bienes en el extranjero que superen 94.130.000 pesos colombianos.
Declaraciones del IVA
Los ingresos obtenidos en el a?o gravable anterior determinan la periodicidad del pago. La declaraci¨®n bimestral se asigna cuando los ingresos brutos al 31 de diciembre de 2023 sean iguales o superiores a 3.901.904.000 (92 mil UVT). La declaraci¨®n cuatrimestral es para aquellos con ingresos brutos inferiores a la cifra antes mencionada. Las fechas de pago en ambos casos ser¨¢n del 10 al 23 de septiembre.
Retenci¨®n en la fuente
Del 10 al 23 de septiembre es el periodo para que los agentes de retenci¨®n o autorretenedores del impuesto sobre la renta y complementarios presenten la declaraci¨®n de retenci¨®n en la fuente. La fecha de vencimiento se ha establecido seg¨²n el ¨²ltimo d¨ªgito del NIT.
Impuesto Nacional al Consumo
Los prestadores de servicio de telefon¨ªa m¨®vil, del servicio de expendio de comidas, vendedores de bienes sujetos al impuesto al consumo o de veh¨ªculos usados que no tengan m¨¢s de 4 a?os, adem¨¢s de los responsables del impuesto nacional al consumo de bolsas pl¨¢sticas y cannabis deber¨¢n presentar la declaraci¨®n correspondiente al bimestre de julio y agosto de 2024 entre el el 10 y el 23 de septiembre.
R¨¦gimen Simple de Tributaci¨®n
Los contribuyentes inscritos en el R¨¦gimen Simple de Tributaci¨®n deber¨¢n cumplir con esta obligaci¨®n en el periodo del 10 al 23 de diciembre. El proceso se puede realizar desde el sitio web de la DIAN, a trav¨¦s del formulario 2593: Recibo Electr¨®nico del SIMPLE.
Gasolina y ACPM
El 13 de septiembre es la fecha establecida para que los responsables del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM presenten la declaraci¨®n correspondiente al mes de agosto de 2024. El impuesto al carbono, al patrimonio, y las bebidas azucaradas y alimentos procesados se deber¨¢ liquidar en la misma fecha.
IVA por servicios desde el exterior
Otro tr¨¢mite a completar el 13 de septiembre es para los prestadores de servicios desde el exterior, a quienes les corresponde presentar la declaraci¨®n del bimestre julio y agosto del a?o en curso.
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