Primer convenio colectivo de orquestas de verbena
El texto regula un sector hasta ahora "ca¨®tico" y aspira a reducir el fraude. El sueldo m¨ªnimo ser¨¢ de 1.175 euros en temporada alta
El primer convenio colectivo de las orquestas de verbena de Galicia establece condiciones salariales y de jornada laboral en un sector hasta ahora sumido en el "caos" de la desregulaci¨®n. Precisamente por ello, este documento aspira a reducir el fraude que supone el cobro 'en negro' en gran parte de las actuaciones que se celebran en infinidad de localidades de la geograf¨ªa gallega.
As¨ª lo han destacado este viernes, en rueda de prensa, los representantes de los sindicatos CC.OO., CIG, UGT y CSIF, que, junto a la asociaci¨®n patronal mayoritaria (AGO, que aseguran que representa al 90% de las orquestas), firmaron este texto "hist¨®rico" el pasado lunes, 14 de noviembre.
"Hist¨®rico", seg¨²n han subrayado, porque se trata del primer convenio colectivo para las orquestas de verbena no solo en Galicia, sino en el conjunto estatal, en un ¨¢mbito que en la comunidad aut¨®noma tiene especial incidencia. "Supone un avance brutal", han llamado la atenci¨®n.
Y es que, de acuerdo con los n¨²meros que ha trasladado Tet¨¦ P¨¦rez (CC.OO.), el documento afectar¨¢ "directamente" a 4.500 trabajadores, 3.375 hombres y 1.125 mujeres, en todas las fases de la producci¨®n. Es decir, no solo implica a los m¨²sicos, sino que es tambi¨¦n de aplicaci¨®n a t¨¦cnicos y todos aquellos trabajadores involucrados en la generaci¨®n de un espect¨¢culo de este tipo, sea al aire libre o en el interior de salas de fiestas y discotecas.
La visibilizaci¨®n de la sesi¨®n verm¨²
Raimundo M¨¦ndez, de UGT, ha valorado que, al partir de cero, el convenio colectivo firmado el pasado lunes regula cuestiones como la jornada laboral (que pasa a ser de 1.680 horas anuales), los descansos (que antes no se contemplaban), las enfermedades (con una cobertura del 85% durante los primeros 20 d¨ªas y del 100% a partir de ah¨ª) y las conocidas como 'sesi¨®n verm¨²', que antes ni se pagaban.
Las empresas tambi¨¦n tendr¨¢n la obligaci¨®n de computar los ensayos como jornada laboral, algo que hasta el momento no se hac¨ªa, ante la indignaci¨®n de la parte social; y los profesionales cotizar¨¢n "como un trabajador m¨¢s", de modo que ver¨¢n factible el acceso a las prestaciones sociales.
Enrique P¨¦rez, de CSIF, ha reivindicado que, aunque la negociaci¨®n fue "dif¨ªcil", ha llegado a "buen puerto", y ahora, en el supuesto de verse en la necesidad, un trabajador podr¨¢ acudir a los juzgados a demandar sus derechos.
Mientras, Pablo Mor¨¢n, m¨²sico de profesi¨®n, ha tenido palabras de recuerdo para Benedicto Garc¨ªa, cantante, profesor y sindicalista que estuvo vinculado al colectivo Voces Ceibes, y para ?ngel Garc¨ªa 'Gelo', actual alcalde de Oleiros (A Coru?a), por su pionera tarea en este campo.
En lo que respecta a los salarios, el texto, fijado para 2017-2018, establece seis tablas, que recoge Europa Press, en funci¨®n de la facturaci¨®n de la compa?¨ªa y de si se trata de temporada alta o baja. Las centrales han puntualizado que, aunque son unas 300 las orquestas existentes en Galicia, todav¨ªa muchas de ellas est¨¢n pendientes de constituirse como empresa, algo a lo que, desde hace dos a?os, les obliga la ley.
As¨ª, la primera tabla se estipula para sociedades con una facturaci¨®n de hasta 150.000 euros anuales y sirve tanto para temporada alta --de 1 de mayo a 31 de octubre-- como para el periodo de menos actividad --de 1 de noviembre a 30 de abril--. En este supuesto, los sueldos oscilan entre los 1.035 euros y los 1.185, distribuidos en cuatro grupos.
En un segundo caso, el de orquestas cuyo volumen de negocio llega hasta los 350.000 euros por ejercicio, los salarios, en temporada alta, van de los 1.175 a los 1.365 euros.
Las n¨®minas siguen subiendo en un tercer apartado, de empresas que facturan hasta 550.000 euros al a?o --tambi¨¦n en temporada alta--: 1.400 euros en el grupo inferior y 1.610 euros en el mayor.
Si la compa?¨ªa alcanza los 750.000 euros, en temporada alta los sueldos deber¨¢n ser, como m¨ªnimo, de 1.620 euros para el grupo cuatro, y de 1.860 para el primero.
En el escenario de m¨¢s de esa cantidad (750.000 euros en temporada alta), las cuant¨ªas que deber¨¢n percibir los trabajadores ya ascienden a 1.993 euros (grupo cuatro) y 2.188 euros (grupo uno).
Por ¨²ltimo, el salario mensual en temporada baja para todas aquellas orquestas que ganen m¨¢s de 150.000 euros anuales ser¨¢ de 1.175 euros, en el menor de los casos, y de 1.365 euros, en el mayor.
Pedro P¨¦rez, de la CIG, ha llamado la atenci¨®n sobre que estas condiciones econ¨®micas llegan a un campo en el que los profesionales estaban cobrando unos 30 euros al d¨ªa de salario bruto por cada jornada, que equival¨ªa, seg¨²n ha explicado, a cada actuaci¨®n.
Estos n¨²meros, en un contexto en el que las empresas facturan de 1.800 a 4.000 euros por espect¨¢culo, no eran cre¨ªbles, seg¨²n ha advertido el sindicalista, que se ha preguntado que "c¨®mo es posible". Al respecto, ha concluido lamentando que es sabido que en esta actividad el dinero "entra en blanco", desde las comisiones de fiesta, y "se convierte en negro".
P¨¦rez ha criticado duramente a la otra asociaci¨®n --constituidas ambas en verano--, Asevega, "minoritaria" ya que engloba a un 10% de las orquestas y que se retir¨® de la negociaci¨®n del convenio tras la pen¨²ltima reuni¨®n. Seg¨²n ha acusado, lo hizo para "torpedear" las conversaciones y mientras fomentaba "sus convenios miserables" de empresa, con esos salarios de 30 euros por jornada.
"Vamos a estar encima y nos van a tener enfrente", ha avisado, despu¨¦s de cifrar en 10 los convenios de empresa suscritos al tiempo que se negociaba. Debido a las reformas laborales, para los profesionales afectados por estos documentos no rige el convenio colectivo. Sin embargo, Tet¨¦ P¨¦rez ha esperado que en un plazo "razonable" estas compa?¨ªas tambi¨¦n se pasen al texto marco.
De hecho, el representante sindical de la CIG ha asumido que esta actividad, por sus caracter¨ªsticas, conlleva "mucha rotaci¨®n" de empresas, por lo que ha visto el contrato fijo-discontinuo como el "ideal" para dotar al trabajador de estabilidad, pero tambi¨¦n se ha referido al temporal y ha resaltado que "tambi¨¦n hay contrataci¨®n en invierno".
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