La exalcaldesa de Betanzos afronta cuatro a?os de prisi¨®n por el contrato a un profesor
Mar¨ªa Faraldo, tambi¨¦n exdiputada auton¨®mica del PP, est¨¢ acusada de prevaricaci¨®n, falsedad documental y tr¨¢fico de influencias
Casi cuatro a?os despu¨¦s de que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) abriera juicio contra la entonces alcaldesa de la localidad coru?esa de Betanzos y diputada del PP en el Parlamento de Galicia Mar¨ªa Dolores Faraldo, por lo que tuvo que dimitir de sus cargos, la Audiencia Provincial la juzga a partir de este martes de los presuntos delitos de prevaricaci¨®n administrativa, falsedad documental y tr¨¢fico de influencias.
Faraldo afronta una condena de cuatro a?os y seis meses de prisi¨®n y otros tantos de inhabilitaci¨®n para cargo p¨²blico por el delito de prevaricaci¨®n y falsedad en documento oficial, as¨ª como otros 16 meses de multa por la contrataci¨®n irregular de un profesor para el Conservatorio Municipal de M¨²sica en 2009, pese a las advertencias en contra del secretario del Ayuntamiento.
Seg¨²n la acusaci¨®n p¨²blica, Mar¨ªa Faraldo, que fue alcaldesa entre 2007 y 2014, supuestamente orden¨® la contrataci¨®n del profesor sin justificaci¨®n objetiva y creando para ello un puesto "irreal", de reparador y afinador de instrumentos musicales, tal como le hab¨ªa pedido el director del centro y a sabiendas de que era una ilegalidad.
En la primera jornada del juicio, Faraldo ha asegurado que "nunca" tuvo consciencia de que "hac¨ªa algo ilegal" y ha a?adido que el secretario municipal, con quien no manten¨ªa una buena relaci¨®n, no le advirti¨® "de nada", informa Europa Press.
En la causa est¨¢ tambi¨¦n acusado Alberto Garc¨ªa Noguerol, el profesor contratado, por delitos de prevaricaci¨®n y falsedad documental, para quien se solicita una condena de un a?o y nueve meses de prisi¨®n, y Juan Antonio Ferrer Cerver¨®, el entonces director del conservatorio, por su probable participaci¨®n en sendos delitos de tr¨¢fico de influencias y falsedad documental por los que se pide para ¨¦l una pena de tres a?os y medio de prisi¨®n.
Seg¨²n el fiscal, al inicio del curso escolar 2009-2010 el profesor acusado, ¡°con el doble prop¨®sito de impartir menos horas lectivas al tiempo que consegu¨ªa dar empleo remunerado a un antiguo alumno suyo, se propuso conseguir que el Ayuntamiento contratase un nuevo profesor de apoyo para que le ayudase en sus tareas docentes en el departamento de viento y madera, aduciendo que al aumentar el n¨²mero de alumnos no pod¨ªa simultanear las clases con la direcci¨®n y de la banda de m¨²sica¡±.
Sin embargo, este argumento era falso, ya que el n¨²mero de alumnos no solo no se hab¨ªa incrementado sino que incluso hab¨ªa descendido, para lo cual se puso en contacto con su antiguo alumno, Alberto Garc¨ªa, present¨¢ndolo en la sesi¨®n del claustro de profesores celebrada el d¨ªa 23 de septiembre de 2009 como nuevo integrante del profesorado en su calidad de asistente del departamento de viento y madera.
Una vez iniciados los tr¨¢mites administrativos, el secretario municipal comunic¨® que no se pod¨ªa acceder al alta del nuevo docente porque no constaba proceso de selecci¨®n ni tr¨¢mite alguno para su contrataci¨®n laboral, por lo que no pod¨ªa incluirse en la relaci¨®n de n¨®minas de dicho conservatorio ni darse de alta a ning¨²n efecto. Dicho puesto de trabajo tampoco constaba en la relaci¨®n de profesores que fue aprobada por resoluci¨®n de la Alcald¨ªa de 7 de octubre de 2009.
Para superar estas dificultades y dar satisfacci¨®n a sus pretensiones, Ferrer Cerver¨® se entrevist¨® con la entonces alcaldesa y esta le sugiri¨®, seg¨²n el relato del fiscal, que el contrato ten¨ªa que hacerse a trav¨¦s de una prestaci¨®n de servicios, indic¨¢ndole que en las facturas que emitiese ten¨ªa que figurar no como profesor sino como reparador y afinador de instrumentos musicales.
¡°La alcaldesa era conocedora de la ilegalidad de la contrataci¨®n al haber sido advertida expresamente por el secretario municipal, as¨ª como de la imposibilidad jur¨ªdica de llevarla a efecto al no existir plaza vacante ni presupuesto en el cap¨ªtulo de personal y sin sujetarse a proceso selectivo alguno que objetivase el m¨¦rito y capacidad del aspirante, sin que constase siquiera que tuviera alg¨²n t¨ªtulo espec¨ªfico¡±, concluye la fiscal¨ªa.
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