C¨®mo acceder al teletrabajo a trav¨¦s de la nueva ley de conciliaci¨®n de la vida personal, familiar y laboral en Chile
La nueva normativa beneficiar¨¢ a 360.000 trabajadores, que podr¨¢n cambiar de modalidad de trabajo si su empleo se lo permite y si est¨¢n a cargo del cuidado de otra persona
Este lunes 29 de enero, tras ser publicada en el Diario Oficial de Chile, entr¨® en vigencia la ley de conciliaci¨®n de la vida personal, familiar y laboral, una normativa que beneficiar¨¢ a 360.000 trabajadores con la posibilidad de realizar teletrabajo dependiendo de la naturaleza de su empleo y del ejercicio del rol de cuidador de una persona dependiente.
La iniciativa fue promulgada el pasado 22 de diciembre por el presidente de izquierdas Gabriel Boric, quien entre los objetivos de su Gobierno ha propuesto avanzar en un sistema de cuidados, que permita a los empleados tener el tiempo suficiente para ejercer su labor a cargo del cuidado de ni?os, adolescentes con necesidades especiales o adultos mayores, tarea realizada de manera predominante por las mujeres. ¡°Esta ley avanza tambi¨¦n en equidad de g¨¦nero, pero sabemos que eso no depende solamente de una norma, sino tambi¨¦n de un proceso de cambio cultural¡±, dijo en aquella oportunidad.
Con la entrada en vigencia se han establecido una serie de condiciones para que los trabajadores que requieran ejercer su derecho de trabajo remoto.
Qui¨¦nes son los beneficiados
La nueva ley de conciliaci¨®n de la vida personal, familiar y laboral est¨¢ dirigida a los trabajadores y trabajadoras que tengan el cuidado personal de un ni?o o ni?a menor de 14 a?os, o que tenga a su cargo el cuidado de una persona con discapacidad o en situaci¨®n de dependencia severa o moderada, sin importar la edad de quien se cuida. Estas labores no deben ser remuneradas.
Derecho al teletrabajo, a feriados y turnos
Los empleados que cumplan con los requisitos tienen el derecho a realizar su labor a distancia desde su casa, siempre y cuando la naturaleza de su trabajo se lo permita. Se puede solicitar para una parte o para toda la jornada laboral. Adem¨¢s, la normativa establece el derecho preferente para hacer uso del feriado legal durante las vacaciones definidas por el Ministerio de Educaci¨®n conforme al calendario escolar a quienes tengan el cuidado de menores de 14 a?os o un adolescente menor de 18 a?os con discapacidad o dependencia severa o moderada. Otro derecho adquirido para los cuidadores es la modificaci¨®n de los turnos, la que se debe solicitar al empleador con 30 d¨ªas de anticipaci¨®n.
Los documentos requeridos
El principal requisito para acceder a la ley es ser un cuidador no remunerado. Al momento de realizar la solicitud ante el empleador, el trabajador deber¨¢ presentar algunos documentos espec¨ªficos. En el caso de los padres cuidadores que requieran del teletrabajo, tendr¨¢n que emitir el certificado de nacimiento del menor de 14 a?os que acredite su rol de padre o madre (si se cuenta solo con la tenencia legal se adiciona la resoluci¨®n judicial). Para quienes est¨¢n a cargo de una persona en situaci¨®n de discapacidad, se tendr¨¢ que entregar un certificado de inscripci¨®n en el Registro Nacional de la Discapacidad o el documento emitido por el Ministerio de Desarrollo Social, entidad gubernamental que ratifica la condici¨®n de cuidador o cuidadora.
La incompatibilidad del teletrabajo
El beneficio del trabajo remoto no abarca a todos los trabajadores cuidadores del pa¨ªs, ya que existen algunas condiciones que est¨¢n fuera de la normativa. Entre las incompatibilidades se encuentran la realizaci¨®n de labores que requieren presencialidad; la atenci¨®n al p¨²blico; el requerimiento de otras organizaciones para su funcionamiento; la falta de condiciones de conectividad; y cuando el organismo administrador del seguro laboral determine que el lugar elegido para el teletrabajo no cumple con las condiciones de seguridad y salud adecuadas.
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