El Constitucional admite los recursos contra la demolici¨®n del resort de lujo de Valdeca?as
La decisi¨®n del tribunal de garant¨ªas implicar¨¢ la paralizaci¨®n de la orden de derribo dada por el Supremo hasta tomar una decisi¨®n final sobre el futuro del complejo tur¨ªstico
El Tribunal Constitucional ha decidido admitir a tr¨¢mite los recursos presentados contra la orden de demolici¨®n del resort de lujo Marina Isla de Valdeca?as (C¨¢ceres) tras una ardua deliberaci¨®n resuelta por seis votos a cinco. Esto supone que ahora deber¨¢ estudiar el fondo del asunto para resolver finalmente por sentencia, dentro de unos meses, el futuro del complejo. El tribunal ten¨ªa que optar entre admitir los recursos para analizar en profundidad el caso o avalar la previa sentencia del Supremo que ordenaba devolver la zona a su estado primitivo como espacio protegido por razones ecol¨®gicas. Fuentes del Constitucional han precisado que el hecho de que se haya asumido la conveniencia de replantearse la orden del Supremo implica que no se van a efectuar las demoliciones hasta que no haya un fallo definitivo, aunque hoy no se han tomado a¨²n medidas cautelares. Los recurrentes, desde luego, consideran que deben adoptarse sin dilaciones para mantener lo edificado hasta que la sentencia definitiva.
El tribunal ha apreciado que las cuestiones planteadas en los recursos de amparo presentados por la Junta de Extremadura, las localidades de la zona y los propietarios de los chalets construidos tienen especial trascendencia constitucional. El criterio dominante ha sido que el caso puede dar ocasi¨®n al tribunal para aclarar o cambiar su doctrina, como consecuencia de un proceso de reflexi¨®n interna y, por otra, que la cuesti¨®n suscitada trasciende del supuesto concreto porque establece una cuesti¨®n jur¨ªdica de relevante y general repercusi¨®n social o econ¨®mica.
A la decisi¨®n de admisi¨®n, que adoptar¨¢ la forma de auto, han anunciado su intenci¨®n de formular voto particular los magistrados Juan Antonio Xiol, Mar¨ªa Luisa Balaguer, Ram¨®n S¨¢ez e Inmaculada Montalb¨¢n, todos ellos del sector progresista, y el magistrado del bloque conservador Ricardo Enr¨ªquez.
En el pleno del tribunal celebrado a mediados de octubre, hubo tambi¨¦n un intenso debate sobre la existencia o no de legitimaci¨®n de los recurrentes para oponerse a la citada resoluci¨®n del Supremo, entre otros extremos, y para evitar una votaci¨®n que pusiera de manifiesto la profunda divisi¨®n del Constitucional se tom¨® la decisi¨®n de encargar nuevos informes a los letrados del propio ¨®rgano de garant¨ªas sobre distintos aspectos del proceso.
Uno de los motivos que gener¨® mayor discusi¨®n fue que los recurrentes objetaron que el magistrado de la Sala de lo Contencioso del Supremo Wenceslao Olea hab¨ªa tomado parte en dos fases distintas del proceso. Olea fue el ponente del fallo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que anul¨® la concesi¨®n de los permisos para aprobar el resort de lujo, y a?os despu¨¦s form¨® parte de la Sala del Supremo que tom¨® la decisi¨®n de ordenar que se ejecutara la demolici¨®n. Los recurrentes consideraban que no debi¨® formar parte de esta segunda instancia.
De la resoluci¨®n final del Constitucional dependen decenas de millones de euros que est¨¢n en juego por las indemnizaciones que tendr¨ªan que pagarse en caso de derribarse el complejo como pidi¨® el Supremo. En el debate registrado en el tribunal sobre el complejo de Valdeca?as se pusieron sobre la mesa dos documentos que sosten¨ªan tesis contradictorias. El primero, elaborado por el letrado que inform¨® sobre el caso, se propon¨ªa la inadmisi¨®n a tr¨¢mite de los recursos, considerando que no exist¨ªan motivos de inter¨¦s constitucional para plantear recursos de amparo. En el segundo, en cambio, el proyecto de resoluci¨®n elaborado por el ponente del caso ¡ªel magistrado Enrique Arnaldo, del sector conservador¡ª s¨ª estimaba que deb¨ªan admitirse las impugnaciones, por tener legitimaci¨®n los recurrentes y por entender que el asunto s¨ª deb¨ªa encontrar cauce por la v¨ªa de unos recursos de amparo dotados de relevancia constitucional, al poder verse afectados derechos fundamentales de los perjudicados. Para tomar su decisi¨®n, el tribunal ha contado con un nuevo informe favorable a las tesis del ponente sobre la procedencia de admitir los recursos.
Los costes econ¨®micos del derribo
La orden de demolici¨®n del complejo de Marina Isla de Valdeca?as fue dada por el Supremo hace ocho meses. Contra esta decisi¨®n de la Sala de lo Contencioso presentaron peticiones de amparo la Junta de Extremadura, los propietarios de las construcciones, la promotora del complejo y los ayuntamientos afectados por el caso, los de El Gordo y Berrocalejo, que subrayaron especialmente el alto coste y los efectos econ¨®micos negativos que supondr¨ªa para la comarca del derribo completo del resort. La admisi¨®n a tr¨¢mite de los recursos supone que el Constitucional entrar¨¢ a estudiar el fondo del asunto para resolver finalmente por sentencia, dentro de unos meses, o tal vez un a?o, el futuro del complejo.
La ra¨ªz del largo conflicto judicial sobre el complejo residencial de Valdeca?as se halla en el Proyecto de Inter¨¦s Regional puesto en marcha por la Junta de Extremadura en 2007, cuyo desarrollo ha pasado por varias fases hasta llegar al Constitucional. La autorizaci¨®n para construir el resort fue cuestionada desde el principio por organizaciones ecologistas, que denunciaron sus efectos contra la preservaci¨®n del medio ambiente por afectar a terrenos incluidos en la Red Natura 2000, compuesta por ¨¢reas de conservaci¨®n de la biodiversidad de la Uni¨®n Europea.
En julio de 2020, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) autoriz¨® que la demolici¨®n del complejo tuviera solo car¨¢cter parcial y no afectase, por tanto, a las instalaciones ya construidas y en funcionamiento. El resort actual cuenta con 185 villas, de las 565 inicialmente proyectadas, a las que hay que sumar un hotel de cuatro estrellas, un campo de golf y diversas instalaciones deportivas. Esta resoluci¨®n fue recurrida por Ecologistas en Acci¨®n y Adenex ante el Supremo, que en febrero ¨²ltimo anul¨® las excepciones que el Tribunal Superior extreme?o hab¨ªa acordado para preservar las instalaciones mencionadas. ¡°No se aprecia la concurrencia de causas que justifiquen la imposibilidad material de ejecuci¨®n de las sentencias en sus propios t¨¦rminos en cuanto a la demolici¨®n de lo construido y en funcionamiento¡±, afirmaba la Sala de lo Contencioso en la mencionada resoluci¨®n.
El Supremo se apartaba as¨ª del criterio expuesto por el Tribunal Superior de Extremadura, que hab¨ªa puesto el acento en el coste de los derribos para devolver la isla de Valdeca?as a su estado natural. La resoluci¨®n cifr¨® inicialmente dicho coste en 145 millones de euros, de los que 34 millones corresponder¨ªan a las demoliciones, mientras que deber¨ªan destinarse 111 millones a indemnizaciones a los perjudicados, entre los que habr¨ªa que contar a los propietarios de viviendas y a la empresa titular del hotel.
Red Natura 2000
Frente al criterio del Tribunal Superior de Extremadura, que hab¨ªa hecho hincapi¨¦ en estas cifras, el Supremo desestim¨® el argumento de que el coste de las demoliciones iba a resultar desproporcionado en relaci¨®n con los beneficios de otro orden que supondr¨ªa para la preservaci¨®n del medio natural. La tesis del Supremo fue que la aprobaci¨®n por parte de la Junta de Extremadura del proyecto de Marina Isla de Valdeca?as fue ¡°contraria a derecho¡± desde el principio por motivos medioambientales, por situarse en un espacio de la Red Natura 2000, en un enclave de especial importancia para la protecci¨®n de las aves.
Los propietarios de las viviendas construidas, a su vez, explicaron que su decisi¨®n de recurrir ante el Constitucional se basaba entre otras razones en que se sent¨ªan ¡°plenamente respaldados¡± por ¡°el apoyo mayoritario¡± de la sociedad extreme?a. Se basan para ello en los resultados de una encuesta encargada por la propia Junta de Extremadura, seg¨²n la cual 8 de cada 10 extreme?os ¡°consideran injusta esta situaci¨®n y apoyan¡± el recurso ¡°a todas las instancias judiciales posibles¡±.
La encuesta contaba con 1.000 entrevistas, y el 80% de los consultados respald¨® la idea de que la larga duraci¨®n del proceso judicial abierto ha provocado una situaci¨®n objetiva de injusticia en la medida que el complejo de Valdeca?as ya est¨¢ habitado y en pleno funcionamiento. Frente a ello, las organizaciones ecologistas subrayaron que ya en 2019 el tribunal de garant¨ªas declar¨® inconstitucional el art¨ªculo de la legislaci¨®n del suelo en que la Junta de Extremadura se apoy¨® para considerar plenamente legal la urbanizaci¨®n de la isla de Valdeca?as.
Ahora los propietarios de las viviendas construidas estiman que se ha vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva, a lo que las mencionadas organizaciones ecologistas responden que cuando adquirieron sus casas sab¨ªan que el proyecto del resort de lujo estaba siendo cuestionado judicialmente desde 2007. En lo que coinciden ambas partes es en que la dilaci¨®n en las respuestas judiciales ha causado graves perjuicios para los implicados en el proceso.
Tras la decisi¨®n del Constitucional, la asociaci¨®n de propietarios de Isla Marina ¨Crepresentada por el letrado Luis D¨ªaz Ambrona¨C dio a conocer un comunicado en el que afirma que la resoluci¨®n ¡°refuerza¡± su convencimiento de que ¡°pudo vulnerarse el derecho a la tutela judicial efectiva¡± en el procedimiento contencioso que termin¨® con la orden de demolici¨®n dada por el Supremo. Dicha asociaci¨®n subray¨® que va a solicitar ¡°de manera inmediata¡±, como medida cautelar, la suspensi¨®n de la sentencia del Supremo ¡°que determin¨® el derribo del complejo¡±.
En paralelo, el abogado Javier Borrego, representante de dos de los ayuntamientos de la zona, los de El Gordo ¨Cgobernado por el PP¨C, y Berrocalejo ¨Cgobernado por el PSOE¨C, manifest¨® que el Constitucional, ¡°al apreciar la especial trascendencia constitucional de los amparos, ha decidido examinar el asunto en profundidad ante las irregularidades sustantivas y procesales alegadas¡±. Borrego a?adi¨® que en nombre de dichos ayuntamientos hab¨ªa pedido que el tribunal recibiera las alegaciones sobre este asunto celebrando una audiencia p¨²blica para exponer que el resort ha significado para la comarca que ¡°ahora hay puestos de trabajo, circula el dinero, se crean peque?os comercios e industrias y existe una mejor protecci¨®n del medio ambiente¡±.
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